Juana Domínguez, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, en nombre de su difunto marido Diego Sánchez Jurado, y en virtud de poder para testar que le otorgó en esta villa, por la presente otorga el testamento de su marido de la siguiente manera: Manda se saquen de sus bienes 50 pesos y se entreguen al mayordomo de la cofradía del Patriarca San José de esta villa, para ayuda de las vidrieras de su nicho o para unos blandones. Declara que su marido tenía cuentas corrientes con don Dionisio Serrano y Perea, su compadre, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], como consta en su libro de cuentas; también debía a don Francisco Colchado, vecino de dicho pueblo, de unas vaquetas y jerga; asimismo, debe 5 pesos a Antonio Millán Quijada de dos frascos y medio de vino que tuvo de merma; a don Andrés de Mucha Zurra, vecino de la Veracruz, 6 pesos; a Juan Rodríguez Monzón, vecino de dicha ciudad, 10 pesos; al Licenciado don Juan Estévez de Laguarda, su compadre, algunas misas. Dijo también que su marido otorgó poder general a Antonio Moreno, su yerno, con el cual cobró sólo 500 pesos. Declara que las siguientes personas deben a su marido: don Francisco Pibot y Tapia de cargas de sal y tabaco; Luis, el tejero, debe una carga de sal en 8 pesos 6 reales y 9 pesos de dos aparejos viejos, a cuya cuenta tiene dada la teja de un corredor y un poco de ladrillo; José, el calero, debe 4 pesos y medio de un tercio de sal; Francisco Moreno 20 pesos; el Capitán don Juan Gómez Dávila, su compadre, 510 pesos y otras cuentas pendientes. Declara que hace veinte años, más o menos, que contrajeron matrimonio, al cual no llevaron caudal alguno, y han procreado a Catalina Jurado, de veinte años de edad, mujer de Diego Gil; María Jurado, de diecinueve años, mujer de Antonio Moreno; José, de diecisiete años; Bárbara, de trece años; Felipe, de doce años; Pedro, de ocho años; Joaquín, de seis años; y Nicolasa, de dos años. Dijo que su marido la nombró como albacea testamentaria y tenedora de bienes, cuyo cargo acepta, asimismo, nombró como herederos a sus hijos. Por último, se nombra como tutora y curadora ad bona de sus hijos menores.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuana Domínguez, viuda, albacea y tenedora de bienes de Diego Sánchez Jurado, su difunto marido, tutora y curadora ad bona de las personas y bienes sus menores hijos, otorga poder general al Bachiller don Juan Estévez de Laguarda, Presbítero, su compadre, para que en su nombre parezca ante cualquier juez y justicia de Su Majestad de esta villa de Córdoba y pida se hagan los inventarios de todos los bienes que quedaron por muerte de su marido, con citación de Diego Gil, marido y conjunta persona de Catalina Jurado; y de Antonio Moreno, marido y conjunta persona de María Jurado, hijas y herederas del dicho difunto; y del curador ad litem que se nombre por los demás menores herederos. Asimismo, pida se proceda a los avalúos y aprecios de dichos bienes y a la formación de la cuenta del funeral y entierro, pagos de acreedores y demás gastos de dicho difunto, como también a la división y partición de los bienes, nombrando para ello contador o tasador.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOMatías de Guzmán, vecino de esta villa de Córdoba, vende al Licenciado don Juan Estévez de Laguarda, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, medio solar de tierra en esta villa, en la calle llaman de la Lagunilla, que sale hacia el pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] y linda por una parte con solar de don Juan Dávila Barrientos; por otra, calle en medio, con casa de don Hipólito del Castillo de Altra; por la parte del norte con casa del Regidor don José de Leiva, difunto; y por el sur con casa y solar de María Simona. Dicho solar es en esquina y lo hubo y compró de Isabel Muñoz, mismo que vende con 25 de frente y 50 de fondo, al precio de 50 pesos de oro común que tiene recibidos de contado.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALEl Bachiller don Juan Estévez de Laguarda, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a Francisco Montenegro, su compadre, vecino de esta villa, para todos sus pleitos, causas negocios civiles y criminales, asimismo lo defienda en los juzgado, audiencias y tribunales superiores e inferiores. También, se le da éste para que ponga demandas y haga pedimentos, requerimientos, haga los autos y diligencias que convengan que para todo ello se le da éste con libre y general administración.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vende a don Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad y vecino de esta villa, un solar de 50 varas en cuadro que tiene en la calle que llaman el Pitiguao, que hubo y heredó entre otros del Regidor José de Leiva y doña Catalina de Esparragosa, sus padres difuntos. Dicho solar linda por una parte con casa de sus padres; por el otro lado, calle en medio, con solar del Bachiller don Juan Estévez de Laguarda; hace frente, calle en medio, con los solares de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos [roto] de Juanes de Betancur; y por el fondo con solares suyos que van por el [río]; lo vende por libre de deuda, empeño y enajenación, al precio de 50 pesos de oro común en reales.
FRANCISCO ESPIGUEL DE ÁVILA, JUEZ RECEPTOREl General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad, Teniente General en ella, Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de Primer Voto de esta villa, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero de 1717, refrendado por don José de la Cerda, su Secretario, por el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerle escritura de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Usando de dicha facultad otorgan que dan en arrendamiento al Sargento Manuel González Bautista, vecino de esta villa, caballería y media de tierra y veintidós solares más, cuadrados; que por el oriente linda con el Licenciado don Juan Estévez de Laguarda, por el poniente con la brecha de Acatengo, por el norte con Juan Íñiguez y por el sur con el arroyo de San Francisco Tlacotengo y rancho de Molina; cuyas tierras fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España. Las arriendan por nueve años que empezaron a correr y contarse desde el primero de marzo pasado del presente año, por precio de 20 pesos y medio reales, y se obligan a que será cierto y seguro y no le serán quitadas, pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar, por el mismo tiempo y precio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller Juan Estévez de Laguarda, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Licenciado don Antonio de Vargas, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y vecino de la ciudad de México, para que en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tenga con cualesquier personas hasta el día de hoy y en adelante, así demandando como defendiendo, en las audiencias, juzgados y tribunales superiores e inferiores de los fueros eclesiásticos y seculares. Para lo antes mencionado, haga los pedimentos, requerimientos, protestaciones, presente testigos, escrituras, papeles, pida términos, ofrezca y pida fianzas, oiga autos, sentencias y para su dependiente y anexo se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
JERÓNIMO DE ACOSTA, JUEZ RECEPTOREl Bachiller Diego García Calvo, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario de don Miguel Valero Grajeda, Alférez que fue de esta villa, por la presente otorga poder general, al Licenciado don Juan Estévez de Laguarda, Presbítero, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona siga, prosiga y fenezca los autos de testamento e inventarios de los bienes que quedaron por fin y muerte del difunto, para lo cual parezca ante cualesquiera jueces y justicias de Su Majestad de ambos fueros eclesiásticos y seculares, haga pedimentos, presente escritos, testigos y otros recados. También, haga todas las diligencias que judicial o extrajudicialmente convengan, por lo que se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar y sustituir.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL