El Bachiller don Diego García Calvo, Presbítero, y don Francisco Valero y Alvarado, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de don Miguel Valero Grajeda, difunto, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo que fue de esta villa, en virtud de poder para testar que les confirió, otorgan el testamento de dicho difunto de la siguiente manera: Declaran que el día 22 de julio pasado falleció dicho alférez en esta villa. Declaran que los bienes del difunto están debiendo lo siguiente: 202 pesos 2 reales a Juan Álvarez de Rivera; 159 pesos al Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Colector que fue de diezmos de la santa catedral de la ciudad de los Ángeles; 150 pesos al Licenciado don Nicolás García de Figueroa, vecino de la Puebla; 100 pesos a Pedro Pezellín Vaca, vecino de Orizaba; 332 pesos al Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Mayor de Orizaba; 225 pesos 5 reales a los bienes del General don Francisco Sigler del Rebollar, difunto; a don Francisco Rodezno, vecino de la ciudad de México, Contador del Tribunal de Alcabalas, 384 pesos de traspaso que le hizo don Sebastián de Landeta, vecino de la ciudad de Oaxaca, a quien se los debía el difunto; 212 pesos a don Francisco de Lara, vecino de Acayuca [Acayucan]; 79 pesos a Tomás Lucas de la Cruz y a Juan Lucas, hermanos, vecino del pueblo de Santa Ana; entre otros que se mencionan. Declaran que a dicho difunto le debía el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, 805 pesos que suplió para compra de las tierras del Ojo de Agua; asimismo, en virtud de poder del Ilustre Cabildo de esta villa, gastó cantidad de pesos en el pleito que siguió contra don Juan Mellado de Rivadeneira, cantidad que le suplió don Miguel Vélez de la Rea, Caballero de la Orden de Santiago. Declaran que el difunto tenía renunciado su oficio de Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa en don Diego Valero Grajeda, su hermano y que éste se había obligado a pagarle 2 000 pesos, y que sólo le cobraran 1 500 pesos porque le hacía gracia y donación de los otros 500 pesos. Declaran por bienes del difunto un rancho de labor nombrado el Piñal, de 9 caballerías de tierra, el cual tiene cargados 666 pesos 5 reales y medio a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de los Ángeles; y dos solares eriazos en la plaza Pública de esta villa. Se nombran los otorgantes como albaceas testamentarios del difunto y a Francisco Valero y Alvarado como tenedor de sus bienes. Nombra como herederos universales a sus tres hijos naturales: Agustín Valero y a Josefa Valero, mayores de veinticinco años, y a Juan Valero, dieciocho años, y nombra a Francisco Valero y Alvarado como tutor y curador ad bona de su hijo menor Juan Valero.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOAnte el Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Teniente de Capitán General en ella, compareció el Teniente General don Diego García de Herrera, vecino de la jurisdicción de Ario, en la provincia de Mechoacan [Michoacán], minero descubridor que era en el nuevo real nombrado Ynguaran [Inguarán], en dicha jurisdicción, y minero en el real nombrado villa de Cadereita [Cadereyta], jurisdicción de Talpujagua [Tlalpujahua], y residente en esta jurisdicción; y presentó un escrito en el que, como minero descubridor que es del nuevo Real del Monte, manifiesta una mina en tierra virgen, yerma y despoblada, en el camino que va del pueblo nombrado San Francisco Songolia [Zongolica] al pueblo nombrado San Andrés, por de oro, plata cobre u otros metales que Dios Nuestro Señor fuere servido darle; y dicha veta corre de norte a sur y le pone por nombre el Glorioso Patriarca Señor San José y las Benditas Ánimas del Purgatorio. Y tiene por señas dicha veta a la bajada de una loma grande en el camino que va de dicho pueblo de Songolica [Zongolica] al de San Andrés, como 2 leguas de dicho pueblo de Songolica [Zongolica], y desde la veta se ve la iglesia del pueblo nombrado San Juan, que a la parte de abajo hace un plan en el paraje del rancho viejo que llaman de los Pastores. En la misma carta, dona 8 varas al Señor Alférez Mayor don Miguel García Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa, para que las pueble según usanza de minería y disponga de ellas como cosa suya propia, con tal de que las haya de poblar y ayudar a labrar en todo lo necesario para su favor y cultivo. Asimismo, por auto solicita a dicho alcalde mayor le conceda licencia para dicha mina y se le dé registro.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO