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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0161 · Unidad documental simple · 1710/11/24
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Sebastián García de la Cuerda, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], hijo natural de Antonio García de la Cuerda y de Lucía María, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara ser mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, sita en la iglesia parroquial [roto], manda se ajusten las cuentas de cargo y data. Declara por bienes dos mulas, una escopeta de arción y una espada, la cual manda se le dé a Juan José García, su nieto, hijo de Pascual García; una casa cercada de tablas y cubierta de zacate, edificada en solar de 50 varas de frente en cuadro; dos casas en el rancho de tabaco que tiene en los propios de esta villa; cuatro siguescoles, un hacha y un machete de mano, entre otros bienes. Declara fue casado con María de Leiva, difunta, quien llevó al matrimonio como dote 100 pesos y él no tenía caudal, asimismo, dijo que procreó con ella a Pascual García de la Cuerda y a María García de Leiva. Declara que contrajo segundas nupcias con Micaela de Espinosa. Nombra como albaceas testamentarios a Pascual García de la Cuerda, su hijo, y a la dicha Micaela de Espinosa, a quien también nombra como tenedora de bienes. Nombra como herederos a sus hijos.

GASPAR RENDÓN, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANX-P-0011-PX_0011_0114 · Unidad documental simple · 13/10/1721
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Ante Don Antonio de San Cristóbal, Teniente General de esta jurisdicción, por ausencia del Capitán Don Ricardo de Guzmán, Alcalde Mayor de su Majestad en ella, Juan de los Santos y Lucía María, naturales de Tepeyahualco, de la jurisdicción de San Juan de los Llanos, remitidos por el cura ministro de esta doctrina para que, dando fianza y debajo de caución juratoria, se le entregue a Juan de los Santos dicha su mujer, por habérsele ausentado mucho tiempo. Y habiéndola hallado, la recibe de su voluntad, en cuya virtud, hizo caución juratoria de no hacerle mal ninguno. Dio por sus fiadores a Manuel de Córdoba y a Juan González.