Mostrando 18 resultados

Descripción archivística
8 resultados con objetos digitales Muestra los resultados con objetos digitales
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0006-PX_0006_0445 · Unidad documental simple · 22/12/1645
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Ana Gómez, vecina de Naolingo, por vía de codicilio declaró que por cuanto en su testamento señaló tener como bienes suyos 1 060 pesos de oro común en poder de su marido Sebastián de Acosta, dijo que en dicha cantidad entran los pesos de oro que Pedro de la Mota y Don José de Ceballos le deben.

Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0012-PX_0012_0174 · Unidad documental simple · 09/08/1685
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Sebastián de Acosta, vecino de Jalapa, dio en arrendamiento a Juan de Thormes, vecino de este pueblo de Jalapa, un molino de pan moler, de agua de dos cubos, atarjea y represa, corriente todo, y una caballería de tierra, que linda con tierras del Lic. Don Diego González; y por otra parte, con tierras arrendadas por Jerónimo del Barrio. Asimismo, con cuatro piedras de moler, por tiempo de cinco años, a partir del día 4 del presente, al precio de 155 pesos anuales.

Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0006-PX_0006_0190 · Unidad documental simple · 18/12/1641
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Ana Gómez, con licencia de su esposo Sebastián de Acosta, vecinos de Naolinco, hizo cuentas con Pedro de la Mota, de la misma vecindad, sobre los fletamientos de una recua de 40 mulas que recibió al morir el primer marido de Ana Gómez; y habiéndose hecho los cargos y admitido los descargos, la susodicha se quedó con treinta mulas aparejadas de reata abajo, seis de caballerías, un negro nombrado Pablo, de nación Angola, y con la obligación de pagar a Don Diego de Rojas, vecino de Jalapa, 180 pesos de oro común del resto de una escritura de 270 pesos que se comprometió a pagar Pedro de la Mota; los cuales, Ana Gómez y Sebastián de Acosta, se obligaron a pagar a los plazos contenido en ella.

Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0006-PX_0006_0440 · Unidad documental simple · 26/01/1646
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José de Ceballos y Burgos, residente en su ingenio nombrado Nuestra Señora de la Concepción [Almolonga], como principal deudor, y Sebastián de Acosta y Pedro de la Mota, vecinos de esta jurisdicción, como sus fiadores, dieron su poder cumplido a Don Alonso Gutiérrez de Ceballos y a Luis González, vecinos de esta provincia, para que en sus nombres y a su dita y crédito tomen de la persona o personas que les quieran dar 1 500 pesos de oro común en reales, plata, u oro; y los obliguen a la paga de los mismos, en los plazos y términos que concertaren.

Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0008-PX_0008_0136 · Unidad documental simple · 12/07/1647
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Testamento de Sebastián de Acosta, vecino de Naolinco, natural de la villa de Oconde, en el reino de Portugal, hijo legítimo de Antonio de Acosta y de María Hernández.

Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0010 · Unidad documental simple · 20/02/1713
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Bachiller Miguel Pérez de Medina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, y Sebastián de Acosta, de la misma vecindad, dijeron que Elena Rodríguez, su madre, los dejó como herederos a ellos y otros hermanos, en cuya virtud otorgan poder a Bernabé Pérez, vecino del pueblo de Teziutlán, a quien nombran como tercer contador para que haga la partición y división de los bienes que quedaron por su fin y muerte, adjudicando a cada uno la parte y cantidad que le pertenece.

Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0044 · Unidad documental simple · 30/09/1713
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Sebastián de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que el 20 de febrero de este año, otorgó poder juntamente con el Bachiller Miguel Pérez de Medina, Cura difunto, a Bernabé Pérez, vecino del pueblo de Teziutlán, para que le pudiese consentir en la adjudicación que se hiciera de la hacienda de ganado mayor que quedó por muerte de Elena Rodríguez, su suegra, con el consentimiento de los interesados y dado que es necesario otorgar otro poder por la muerte del Bachiller Miguel Pérez, lo otorga al Bachiller Miguel Pantaleón Díaz de Acosta, su hijo Presbítero Domiciliario, asimismo lo nombra como tercer contador, para que en su nombre administre los bienes que quedaron por muerte de Sebastiana de los Reyes, su legítima mujer y madre de todos sus hijos.

Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0004 · Unidad documental simple · 1715/01/12
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

[El Capitán] Sebastián de Acosta, residente en esta villa, vecino del lugar de Santa Cruz de Tenerife, una de las islas de la Gran Canaria, hijo de Salvador de Acosta y Juana [roto], otorga su testamento en la forma siguiente: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco en donde acaeciere su muerte y sepultado en el convento de San Francisco, y sino en la iglesia parroquial de dicho lugar. Señala es casado con Inés María de Cámara y Murga, quien no llevó nada al matrimonio y él tenía sólo el menaje de casa y una casita de piedra y barro en el lugar que llaman Las Norias, y han procreado cinco hijos. Tiene cuentas y 100 cargas de trigo con su hermano, don Jerónimo de Acosta, a quien le dio orden de venderlas para que se paguen sus deudas y el resto se lo entregue a sus albaceas. Deja varios bienes en poder de Andrés Morera y otros con don Felipe Fernández de Viveros, vecinos de la Veracruz. Tiene echa remisión a la ciudad de San Cristóbal de la Habana de la cantidad de 12 000 pesos y 6 reales los cuales pertenecen a diferentes interesados de las islas Canarias [roto], por conocimiento y carta que tiene de don Manuel de Mirallas de haber recibido y quedar asegurado en su poder. Declara que a don Juan José de Fao, vecino de la ciudad San Cristóbal de la Laguna, le trajo diferentes efectos que vender de su cuenta [a la ciudad de Maracaibo] cuya cantidad le trajo en cacao, y de su liquidación le pertenecen 4 500 pesos. Declara que dejó orden a don Juan de Vera, vecino de la ciudad de Maracaibo, para que cobrase dos mil noventa millares de cacao pertenecientes al señor Fao, para que cobrados los remitiese a la Veracruz a entregar a don Gaspar Sáenz Rico para que su neto producto lo tenga a la orden de dicho don Juan José de Fao. Declara que, de cuenta de don Juan Puldon y Ángel Ginori, vecinos del puerto de la Otava [Orotava], se les entregue lo que conste en su libro de cuentas. Declara que, de cuenta del Muy Reverendo Padre Fray Juan de Neda, de la Orden de San Francisco, se le entreguen 200 pesos. Señala que de la cofradía de Nuestra Señora Regla tiene 30 pesos que manda se entreguen a don Juan González Cabrera; también, tiene 45 pesos de los cuales la mitad pertenecen a Nuestra Señora de los Afligidos [roto] hospital de la Laguna y la otra mitad a la cofradía de las Benditas Ánimas del puerto de Santa Cruz. Tiene en su poder cantidades de pesos que pertenecen a diferentes personas que se debe entender que en este su testamento han de ser pagadas y satisfechas de acuerdo con las cuentas y memorias de su libro de los 12 000 pesos y 6 reales que están en poder de Mirallas en la Habana. Manda que de sus bienes se den 100 pesos a su cuñado don Antonio de la Cámara. Nombra por sus albaceas a don Gaspar Sáenz Rico, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, y al Capitán de Artillería don Jerónimo de Acosta, su hermano, y por su falta a don Manuel de Mirallas, para que recoja y aperciba los efectos que de su cuenta llevare y constare por conocimiento y en el puerto de Santa Cruz y Tenerife; y a la dicha su mujer por tenedora de bienes y tutora y curadora de sus hijos. Nombra por únicos herederos a sus hijos. Tiene un pendiente en la ciudad de México con don Juan Jerónimo de Tolosa, de una escritura de 3 900 pesos pertenecientes a su compadre don Juan José de Fao, manda a sus albaceas recauden dicha cantidad y la remitan a su dueño, rebajando todos los costos, y en caso de dicho otorgante fallezca saquen los autos y se remitan para que por ellos y por la información se reconozca que dicha cantidad pertenece a él.

FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0014-PX_0014_0274 · Unidad documental simple · 27/03/1706
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Sebastián Díaz de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que habiendo quedado como albacea de su tío el Licenciado Diego González, Presbítero patrono de la capellanía de misas que instituyeron Diego González y Mariana de Astudillo, padres de Diego González y abuelos maternos de Sebastián de Acosta, a cuyo título su tío ascendió al sacro presbiterato y cuya propiedad la cedió al Bachiller Miguel Pantaleón de Acosta también presbítero, quedando grabados cuantiosos bienes que corresponden los 1000 pesos de su principal a favor de Alonso García de la Torre, sobre las tierras y molino de pan moler, como se expresa en la escritura de fundación, y habiendo fallecido Pascuala González, hija de los instituyentes y última poseedora de las casas en la Calle Real puesta en público pregón y almoneda, se celebró remate como consta en la escritura a la cual se remite. Es así que a pedimento del Síndico del Convento del Señor San Francisco en la presentación del convento, por el que le tocare los 1000 pesos de principal a favor de Alonso García de la Torre, ganaron despacho, en cuya virtud por lo que le toca como poseedor de la casa como patrono, otorga poder especial al Bachiller Miguel Pantaleón Díaz de Acosta, su hijo, para que en su representación parezca ante el Juez General de este Obispado y ante las demás justicias que con derecho deba para que haga los pedimentos, requerimientos del desembargo y secuestro de bienes, asimismo pida el amparo y posesión de los bienes vinculados a la capellanía.

Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0013-PX_0013_0090 · Unidad documental simple · 23/09/1694
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Hernández, vecina de Xicochimalco, viuda de Antonio González, dio su poder cumplido a Sebastián de Acosta, vecino de Jalapa, y a Mateo Jácome, su hermano, vecino de Xicochimalco, para que en su nombre puedan parecer ante las justicias de Su Majestad, y asistan a la partición que se hiciere de los bienes y hacienda que quedaron por fin y muerte de su marido, entre la susodicha y sus hijos; y cobre todos los reales, pesos, bienes muebles y raíces que por dicha partición le cupiesen.