Juan Morera de Silva, vecino de esta villa de Córdoba, Escribano del Rey Nuestro Señor, otorga poder general a don Juan Francisco de las Navedas y la Concha, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, movidos y por mover, que tenga con cualquier persona. Y para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor, su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y pida y gane las reales provisiones que fueran necesarias a su favor, presentando para ello pedimentos, memoriales y demás recaudos que convengan.
ANTONIO DE LEIVA ESPARRAGOSA, JUEZ RECEPTORJuan Morera de Silva, vecino de esta villa de Córdoba, Escribano del Rey, dijo que por cuanto el 13 de abril pasado, ante el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, como Juez Receptor, otorgó poder general a don Juan Francisco de las Navedas y la Concha, para todos sus pleitos; ahora por la presente revoca dicho poder y lo otorga a don Basilio de Rivera, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, movido y por mover, que tenga con cualquier persona. Y para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor, su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y pida y gane las reales provisiones que fueran necesarias a su favor, presentando para ello pedimentos, memoriales y demás recaudos que convengan.
Don Juan Francisco de las Navedas y la Concha, residente en esta villa de Córdoba, otorga haber recibido de Marcos Fernández, vecino de esta villa de Córdoba, a saber 46 pesos 7 reales y medio, los mismos que le paga como fiador de José Ibarra, quien se los debía al otorgante y consta de los autos que ha seguido sobre esta razón; y de la dicha cantidad se da por entregado, por lo cual otorga carta de pago y recibo en forma, asimismo, le da poder a Marcos Fernández para que haya, reciba y cobre de José Ibarra los 46 pesos 7 reales y medio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Morera de Silva, vecino de esta villa de Córdoba, Escribano del Rey, dijo que por cuanto el 13 de abril pasado, ante el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa actuando como Juez Receptor, otorgó poder general a don Juan Francisco de las Navedas y la Concha, para todos sus pleitos; ahora por la presente revoca dicho poder y lo otorga a don Basilio de Rivera, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, movido y por mover, que tenga con cualquier persona. Y para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor, su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y pida y gane las reales provisiones que fueran necesarias a su favor, presentando para ello pedimentos, memoriales y demás recaudos que convengan.
JERÓNIMO DE ACOSTA, JUEZ RECEPTOREl General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, su partido y jurisdicción por Su Majestad, Teniente de Capitán General en ella, otorga poder general a don Juan Francisco de las Navedas y la Concha, su sobrino, residente en la ciudad de México, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, patrimonial y vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, Alcalde Ordinario en ella por Su Majestad, otorga poder general a don Juan Francisco de las Navedas y la Concha, residente en esta villa y próximo para la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor y señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y en el Superior Gobierno del Excelentísimo Señor Duque de Linares, Virrey Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y presente la Real Provisión en la que Su Majestad declaró los privilegios, excepciones y fueros que gozó el Regidor don José de Leiva, su difunto padre, como hijo legítimo que fue de Juan de Miranda y Leiva, primer poblador de esta villa; y el otorgante por ser nieto legítimo del dicho Juan de Miranda, pida se sirva Su Majestad de declarar los fueros, privilegios y excepciones que goza como tal nieto de poblador de esta villa, en virtud de las Reales Cédulas de Su Majestad de la aprobación de esta villa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga poder general a don Juan Francisco de las Navedas y la Concha, residente en esta villa y próximo para la ciudad de México, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares que al presente o en adelante tenga.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO