Don Dionicio Serrano y Perea, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] de esta jurisdicción, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo del Sargento Mayor don Rodrigo Serrano y de doña Bernarda de Perea, difuntos; y doña Nicolasa Blanco, su legítima mujer, vecina y natural de dicho pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], hija legítima del Capitán Marcos Blanco, difunto, y de doña Micaela Ramos; se otorgan poder el uno al otro para que después del fallecimiento de alguno de los dos, el que quede vivo haga y ordene el testamento del otro. Declaran que hace ocho años más o menos contrajeron matrimonio, y que Nicolasa Blanco llevó de dote 5 500 pesos y Dionicio Serrano 1 100 pesos; y durante dicho matrimonio han procreado a doña Antonia Serrano, de cinco años de edad; y a don Cayetano Serrano, de tres años de edad. Se nombran uno otro albacea testamentario y tenedor de bienes. Nombran como herederos a sus hijos.
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MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0080
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1709/06/22
Parte de Archivo Notarial de Córdoba
MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0031
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1718/05/27
Parte de Archivo Notarial de Córdoba
Don Dionisio Serrano y Perea, vecino de este pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de esta villa de Córdoba y residente en ella, padre y administrador de la persona y bienes de doña Antonia Serrano, su hija, menor de veinticinco años, y de doña Nicolasa Blanco. Por la presente, otorga poder especial a Antonio de Ledezma, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre y en el de su hija venda una mulata su esclava, nombrada Juliana, que será de dieciocho años poco más o menos, misma que hubo y compró de don Francisco Molina Mones, vecino y mercader de la ciudad de los Ángeles. La venda al precio que se ajustare al contado o al fiado, y de ello entregue escritura de venta que le fuere pedida.
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