Don Nicolás Ramírez de la Cuesta, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que contrajo matrimonio con doña Juana Merodio, hija legítima de Domingo Merodio y de doña Juana Franco de Guzmán, el cual tuvo efecto el 6 de enero de este año, y al tiempo y cuando se efectuó el matrimonio su suegro le prometió por dote la cantidad de 1 697 pesos 7 reales, por lo cual, otorga haber recibido de Domingo Merodio, su suegro, los 1 697 pesos 7 reales en ropa, reales, esclavos, joyas y otras cosas que fueron valuadas por personas de ciencia y conciencia. Declara que dicha cantidad no corresponde a su legítima paterna ni materna, por haberla heredado del Capitán Martín Martínez de [roto], con quien tenía Juana Merodio tratado contraer matrimonio y por el fallecimiento de éste no tuvo efecto. Asimismo, manda a su mujer en arras propter nuptias, en honra de su virginidad y pureza, la cantidad de 500 pesos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Jerónimo de Laesa, don Francisco Valero y Alvarado, don Felipe José Fonte de las Cuevas, Sargento Manuel González, Ignacio Díaz de Aday Perdomo, Alférez don Nicolás Rodríguez Ruano, José Hernández, Teniente don Esteban de Naval y Pintos, Francisco Rodríguez, Sebastián Morán, José Moreno, Sargento Antonio de Villavicencio, Juan Antonio Ramírez de Aguilera, Antonio de Brito Lomelín, Salvador de Brito Lomelín, Alférez don José de Tembra y Simanes, Pascual de Molina, Juan Hernández, Alférez Bernardo de Reina, Cristóbal Infante, Juan de Figueroa, Diego Carretero, Sebastián Briones, Juan Rodríguez del Pulgar, Gregorio Pérez, Lucas de Tejeda y Gregorio Merodio, todos vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de rancho de labor de tabacos, juntos de mancomún y por los demás dueños por quienes prestan voz, otorgan poder general a don Nicolás Ramírez de la Cuesta, vecino de esta villa, para que siga y acabe cualquier pleito, causa y negocio civil y criminal que tenga con cualquier persona, por lo que se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, tachar, abonar, sustituir y relevar.
Domingo Merodio, vecino de esta villa, otorga poder a don Nicolás Ramírez de la Cuesta, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona venda a quien le pareciere y por el precio que hallare, dos esclavos, uno nombrado Cristóbal, casta Loango, que hubo y compró de don Felipe Fernández de Viveros, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz; y la otra, una negra nombrada Isabel, casta Loango, mujer del susodicho, que asimismo hubo y compró de Gaspar Rendón. De dicha venta entregue escrituras que le fueren pedidas, en caso de contienda de juicio parezca ante cualesquier señores y jueces y justicias de Su Majestad, y para su dependiente se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL