Diego Sánchez Jurado, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de Cádiz en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Pedro Sánchez Jurado y Antonia del Castillo, difuntos; y Juana Domínguez, natural de esta villa, hija legítima de Blas Domínguez y de Isabel de los Reyes, difuntos, estando buenos del cuerpo y sana la voluntad en todo su libre juicio, buena memoria y entendimiento natural, otorgan que dan su poder para hacer el uno por el otro y el otro por el otro su testamento en la manera en que se lo tienen comunicado. Declaran que habrá tiempo de veinticinco años poco más o menos que contrajeron matrimonio, durante el cual han procreado por hijos legítimos a Catalina Jurado de dieciocho años, casada con Diego Gil; María Jurado de dieciséis años, casada con Antonio Moreno; José de quince; Bárbara de diez; Felipe de nueve; Pedro de seis; Joaquín de cuatro; y Nicolasa de tres meses. Y para cumplir las mandas del testamento se nombran el uno al otro y el otro al otro en compañía del Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, su compadre, por albaceas testamentarios; y nombran por único y universales herederos a sus hijos trayendo a partición lo que han llevado al matrimonio las dichas Catalinas y María.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0118
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Unidad documental simple
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1708/11/24
Parte de Archivo Notarial de Córdoba