Juan de Cueña, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, natural de las montañas de Obiedo [Oviedo] en los reinos de Castilla, hijo de Domingo de Cuello y de Dominga de Cueto, difuntos, otorga su testamento en el que señala: Manda sea amortajado con el hábito de San Francisco y sepultado en la iglesia de esta villa. Manda se digan misas por su alma y una misa por el cristo del Buen Viaje del Calvario de la Nueva Veracruz. A las mandas forzosas y acostumbradas Casa Santa de Jerusalén, venerable Gregorio López, y el alma de Juan de Palafox y Mendoza. Debe a su compadre el Alférez don Ambrosio Vidal. Le deben cantidades de pesos por diferentes conceptos Pedro Melo, José Ramírez, el Capitán Miguel Guerrero Salamanca y otras personas. Se casó con Francisca Monteagudo, quien no llevó dote alguna al matrimonio y él tendría como 2 000 pesos poco más o menos, durante éste procrearon a María Antonia y a Juan José. Por bienes suyos declara: tres negros nombrados Juan Ignacio, Antonio e Isabel; y un amasijo de panadería con sus aperos. Nombra por albaceas a Francisca Monteagudo y al Alférez don Ambrosio Vidal, por lo que toca a la Nueva ciudad de la Veracruz, y en esta villa nombra a Nicolás de Alarcón, su tío y por tenedora de sus bienes y tutora de sus hijos a Francisca. Nombra por herederos a sus hijos, manda se den 2 pesos al santuario de Nuestra Señora de Guadalupe de la ciudad de México.
Sem títuloDon Lucas de Contreras, vecino de esta villa de Córdoba, marido y conjunta persona de Josefa de Meza y Ascanio, hija y heredera de doña Juliana de Villar y Estrada; otorgan haber recibido de su padre, don Juan de Meza y Ascanio, vecino de esta villa, 2 706 pesos 5 reales y medio en una libranza sobre el Alférez don Ambrosio Vidal, a favor del otorgante, dada por el dicho don Juan de Meza y Ascanio, su fecha en la esta villa a 18 de agosto de 1713, cuya cantidad es la misma que le tocó a doña Josefa de Meza y Ascanio por legítima materna.
Sem títuloDon Lucas de Contreras y doña Josefa de Meza y Ascanio, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, como una de las hijas y herederas de doña Juliana de Villar y Estrada, su difunta madre, otorgan haber recibido de don Juan de Meza y Ascanio, su padre, vecino de esta villa, 2 706 pesos 5 reales y medio de oro común en reales, los mismos que le cupieron a doña Josefa de Meza y Ascanio por razón de su legítima materna. Declaran que el 19 de agosto pasado otorgaron otro recibo por la misma cantidad en una libranza contra el Alférez don Ambrosio Vidal, vecino de la Nueva Veracruz, y por tener en su poder dicha cantidad se dan por entregados para que no valga tal recibo.
Sem títuloDon José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor de la Inquisición de este reino, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en la jurisdicción de esta villa de Córdoba, vecino de ella, otorga poder especial a don Ambrosio Vidal, vecino de la ciudad de la Veracruz, para que en su nombre otorgue ahorría y libertad por la cantidad que tiene comunicada por las cartas misivas a Domingo, negro su esclavo, que hubo y heredó entre otros bienes del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, difunto, su padre.
Sem títuloEl Capitán José de Carvajal y Contreras, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, en voz y en nombre del Alférez Ambrosio Vidal, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, y en virtud del poder que de él tiene otorgado, señala que se vende a sí mismo, para sus herederos y sucesores, una esclava negra de su propiedad nombrada María, casta Congo, que será de veintiocho años poco más o menos. La vende por esclava cautiva sujeta a perpetuo cautiverio y servidumbre, libre de empeño e hipoteca, sin enfermedad, ni vicios, al precio de 250 pesos de oro común.
Sem títuloDon Juan de Meza y Ascanio, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Alférez don Ambrosio Vidal, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre como tutor y curador ad bona de sus hijos menores y de doña Juliana de Villar y Estrada, su difunta mujer, cancele la escritura de obligación que a favor de dicho don Juan de Meza otorgó doña María Margarita de Villar y Estrada, viuda de don Juan Vidal Saavedra, de la venta de la hacienda de ganado mayor nombrada del Paso del Toro por la parte que le tocó al otorgante, que quedó por bienes del Capitán Juan Domingo de Villar y doña María Díez de Estrada, sus difuntos padres, por la cantidad de 4 000 pesos resto de 10 000 pesos, de lo cual otorgue recibo, carta de pago, finiquito y cancelación.
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