Doña Ana María de Leiva, viuda de Juan Díaz de Ceballos, su albacea testamentaria, de esta vecindad, exhibió un testimonio que otorgó el día de ayer en esta villa, por la que se manifiesta que en 7 de diciembre de 1774 presentó testimonio de la disposición testamentaria que en virtud del poder para testar le confirió su marido, y otorgó en su nombre para que se procediera a los inventarios de todos los bienes que dejó. Asimismo, se cita que después de haberse practicados los inventarios, procedió a solicitar su adjudicación de todos ellos, bajo la obligación de enterarles a sus hijos lo que les tocare de su legítima herencia paterna, por lo que el 4 de junio de 1776 le fue realizada la adjudicación con la expresada obligación. Por tanto, se dio por entregado y se obligó a satisfacer a sus hijos don Pascual y doña María Ignacia Díaz que se hallan habilitados, como a don Manuel Díaz que tiene edad competente, y a los demás menores que lo son don José, don Antonio, don Rafael, doña María Gertrudis y doña Ana María Díaz de Ceballos, la cantidad de pesos que se le entregasen a cada uno de ellos, como igualmente a doña María Inés Díaz, igual hija y heredera de dicho difunto, mujer legítima de don Rodrigo Díez de Bedolla, de esta vecindad, siempre que conste de dicha cuenta el corresponderle más de 3 000 pesos que le tiene entregado en cuenta de sus herencias paternas, y a los dichos menores luego que se habiliten, y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento, lo que ha convertido y está haciendo en sus alimentos; y para seguridad del pago y sus réditos hipotecó las haciendas de hacer azúcar nombradas San Miguel y la otra San José de Abajo.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0236
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Unidad documental simple
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1777/11/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba