Don José de Silva, vecino de ella, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió testimonio de una escritura a efecto de que se registre en este libro, su data a 11 del presente mes y año; en él consta haberla otorgado doña Juana de Garaita, de esta vecindad, viuda del Regidor don Fernando de Carvajal, hija y heredera de don Manuel de Garaita, su albacea testamentaria y tenedora de sus bienes; y en conformidad de la voluntad de doña María Álvarez Ricardo, su madre, que del remanente del quinto de los bienes que se verificaron por caudal suyo en correspondiente cuenta de división y partición de ellos anexa a la de dicho don Manuel de Garaita, impuso, situó y cargó a censo principal redimible, la cantidad de 149 pesos 2 reales 4 granos y un quinto, sobre el valor y precio de una casa de cal y canto, cubierta de teja y madera, que tiene y posee en esta villa, para que gozando la susodicha todo el tiempo de su vida el rédito se conviertan por su fallecimiento en una capellanía o memoria de misas por el alma de dicha doña María Álvarez, por la de la Reverenda Madre Ana Micaela de la Santa Trinidad, su hija, que murió monja profesa en el convento de la Santísima Trinidad de la Puebla, obligando a sus herederos a pagar la cantidad de 7 pesos, 3 reales 1 gramo y 3 quintos a la parte que le fuere legítima.
Zonder titel
MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0153
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Stuk
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1752/09/13
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