Don Andrés Miguel Pérez de Velasco, exhibió un testimonio de una escritura en el cual se percibe que doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda del Capitán don Lope Antonio de Iribas, hallándose residente en la ciudad de los Ángeles, procedió a instituir una capellanía de misas rezadas por su alma y las de su intención con la pensión de cierto número de misas y en ella nombramiento de patrones y capellanes, y le asignó por principal y dote la cantidad de 3 000 pesos de oro común que aplicó y destinó sobre el valor y precio de una hacienda de hacer azúcar nombrada de San Miguel, ubicada en esta jurisdicción.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Licenciado don Andrés Miguel Pérez de Velasco, Clérigo Presbítero de este obispado, vecino de esta villa, exhibió el testimonio de una escritura para que se registre en el libro corriente de cabildo, su data en la Puebla a 25 de octubre de 1747, del cual se percibe que el presente otorgante en nombre de doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, se obligó a pagar a la Madre María Antonia Estefanía de San Nicolás y al convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, 5 000 pesos de principal, por el remate que se le hizo en su nombre de la hacienda de San Miguel Acecenal [Azezenatl], de cual la dicha reverenda madre era acreedora por un legado que le dejó su tío Nicolás Blanco.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Licenciado don José Jacinto de Bolaños, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de esta villa, uno de los albaceas testamentario del Licenciado don Diego Calderón Velarde, Cura que fue de esta villa, exhibió una escritura para su registro en el libro corriente, su data de 29 de diciembre del año pasado, y en ella se percibe que doña Luciana Gómez Dávila, mujer legítima de don Bernardino de Tovar y Sotelo, ambos de esta vecindad, otorgó haber recibido del Licenciado don Andrés Miguel Pérez de Velasco, Presbítero, albacea testamentario del citado don Diego Calderón Velarde, 1 000 pesos en reales de contado, los cuales impuso a censo redimible sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Licenciado don José Jacinto de Bolaños, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de esta villa, uno de los albaceas testamentario [del Licenciado don Diego Calderón Velarde], Cura que fue de esta villa, exhibió una escritura para su registro en este libro corriente su data en 15 de diciembre del año pasado, y de ella se percibe el que doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, vecina de esta villa, viuda del Factor don Lorenzo de la Torre, confesó haber recibido del Licenciado don Andrés Miguel Pérez de Velasco, Clérigo Presbítero de este obispado, albacea testamentario del citado Licenciado Diego Calderón, 1 000 pesos de oro común, obligándose a pagarlos a la parte que lo fuere por la capellanía de misas que mandó instituir el referido Diego Calderón.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOVicente Gómez, exhibió dos copias testimoniadas de una propia escritura para que se registren en este libro y de ellas se manifiesta que, en esta referida villa a 6 del corriente, doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, viuda del Factor don Lorenzo de la Torre, habiendo precedido el que el Ilustrísimo señor obispo de la ciudad de la Puebla le concedió a su pedimento la licencia necesaria conmuto la fundación que intentó hacer en esta villa de un convento de religiosas dominicas recolectas con el principal de 60 000 pesos, de lo que en virtud de su poder otorgó la escritura el Licenciado don Andrés Miguel Pérez de Velasco, en la ciudad de la Puebla en 24 de octubre de 1746, en un Colegio de Niñas educadas en esta villa; por lo que en uso de dicha licencia otorgó la citada fundación del mencionado colegio, aplicando y señalando una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, que posee en esta villa, en una de las esquinas que hace frente a su plaza Pública, gravada solamente a 3 000 pesos en favor de la capellanía que se relaciona igualmente para los gastos de la construcción de la casa y demás oficinas anexas a dicho colegio, manutención y vestuario de las niñas, como de rectora y ministros necesarios para su dirección y gobierno, y la misma de los 60 000 pesos para que se conviertan y distribuyan en dicho destino; expresando que los darán y pagarán a dicho obispo parte legítima, Juan de Segura y Ceballos y don Manuel de Segura y Ceballos, su hermano, los que se obligaron en la referida escritura; don Juan a dar 30 000 de los 49 932 pesos medio real que le está debiendo a la referida doña Ana, de la venta que le celebró de su hacienda de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe; y el referido don Manuel los otros 30 000 pesos a cumplimiento de los 60 000 pesos, de los 37 775 pesos por razón de la venta de la hacienda de San Joseph [José] Omealca que le celebró en ésta a don Francisco José de Segura y Ceballos “de la que era actual poseedor el dicho don Manuel”. En dicha escritura nombró por primer patrono al obispo. Y estando presente don Juan y don Manuel se obligaron en ella a dar y pagar al obispo los 60 000 pesos, por los cuales se obligaron con sus bienes.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO