Doña Anastasia de Betancur, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Bartolomé de Estrada, otorga arrendamiento al Alférez don José de Tembla y Simanes, vecino de esta villa, un rancho que está de la otra banda de río Seco en jurisdicción de esta villa, que se compone de 2 caballerías de tierra poco más o menos, mismo que hubo y heredó de Juan de Betancur, su padre, asimismo, 2 casas de tabaco viejas con 11 aposentos. El arrendamiento lo hace por tiempo de cinco años, que empiezan a correr y contarse desde hoy día de la fecha, en precio de 12 pesos anuales, y le vende las 2 casas en precio de 20 pesos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon José Manuel de Castro, vecino de esta villa, marido y en conjunta persona de doña Juana Teresa de Soto Noguera, hija y heredera del Alguacil Mayor don Juan de Soto Noguera. Señala haber recibido de don José de Tembra y Simanes, vecino de esta villa, 266 pesos y 5 tomines de oro común en reales, mismos que paraban en su poder, pertenecientes a Juana Teresa, sobre la casa que posee el susodicho por cuenta de su legítima paterna y materna. Cantidad que recibió y entregó carta de pago y recibo.
Don Jerónimo de Laesa, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hijo de don Jerónimo de Laesa y de doña Juana de Arrue, difuntos, ordena su testamento en la forma siguiente: Manda su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Tercera Orden es hermano y sepultado en la iglesia junto a la pila de agua bendita. Declara por sus bienes un rancho de labor de tabaco fundado en tierras de esta villa, con dos casas grandes y dos chicas, en cuyas tierras tiene sembrado como 150 000 matas poco más o menos de tabaco. Rancho en el que tiene lo siguiente: machetes, agujas de fierro de ensartar tabaco, hachas, bestias mulares de carga, cajas con ropa, y otras más que se mencionan en esta escritura. Declara debe a Francisco Monge, a José de Tembra y Simanes, a don Francisco de Tapia, al Señor General don Francisco Espiguel de Ávila, a sus mozos y a otras personas, lo cual manda a su albacea se pague. Nombra por su albacea a Marcos Fernández. Nombra por única heredera a [roto] Suárez, su sobrina, y nombra por tutor y curar de ella a Marcos, relevándole de fianza y otro seguro.
JOSÉ DE SEGURA CEBALLOS, JUEZ RECEPTORDon Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento al Alférez don José de Tembra y Simanes, vecino de esta villa, una caballería de tierra de las pertenecientes a los propios de esta villa, que por oriente linda con Salvador de Brito Lomelín; por occidente con una laguna y con el Licenciado don Diego García Calvo; por el norte con el dicho Salvador de Brito, con Marcos Trujillo y Molina; y por el sur con Nicolás del Monge. Dicho arrendamiento lo hace por nueve años y 12 pesos 4 reales anuales, con las condiciones de no sembrar en dichas tierras caña dulce, sólo tabaco, y no construir casas firmes, entre otras que se mencionan.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Ignacio de Tembra y Simanes, vecino de esta villa de Córdoba, electo Alcalde Mayor por Su Majestad de la provincia de Chalco, marido y conjunta persona de doña Juana Rodríguez Romano, viuda que fue de Benito Rendón, difunto, otorga poder general a don José de Tembra y Simanes, su hermano, vecino de esta villa, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban al otorgante y a dicha su mujer. Asimismo, para que rija, gobierne y administre todos los bienes que el otorgante y su mujer poseen en esta villa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don José de Carvajal y Contreras, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, vende a Juan Hernández, vecino de esta villa, un solar de 50 varas en cuadro en esta villa, en la calle que de la plaza Pública sale para el camino de la Nueva ciudad de la Veracruz, el cual linda por el poniente con casa y solar de Pascual de Molina; por el oriente con casa de don José de Tembra y Simanes, calle en medio; por el sur, calle en medio, con casa del Capitán don Ignacio de Tembra y Simanes; y por el fondo linda con casas y solares de los herederos del Capitán don Tomás López de Sagade. Lo vende con la piedra suelta que en él hay y un pozo con su brocal de cal y canto, en precio de 400 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon José de Tembra y Simanes, presentó un testimonio y de él consta y parece haber impuesto y cargado el dicho don José de Tembra y doña Catalina de Soto Noguera, su legítima mujer, 1 000 pesos de oro común, con obligación de réditos en favor de la capellanía de misas rezadas que por sus almas, la de sus padres y de su intención fundaron los susodichos, y nombraron por primer capellán propietario e interino de ella al Licenciado don José Javier de Tembra y Simanes, su hijo, Clérigo de menores órdenes de este obispado, y para que conste de su gravamen se registró dicha escritura en este pueblo de censo.
BERNARDINO DE TOVAR Y SOTELO, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOManuel Álvarez, vecino de esta villa de Córdoba, como principal deudor; Manuel del Corro y Juan de Arévalo, vecinos de esta villa, como sus fiadores y principales pagadores; otorgan que deben y se obligan de pagar a don José de Tembra y Simanes, vecino de dicha villa, o quien en su poder hubiere, la cantidad de 106 pesos en reales de oro común de ocho reales de plata; cantidad que Manuel Álvarez, como principal, tiene recibidos en calidad de préstamo, mismos que pagará en dos años y medio sin pleito, con sus costas de cobranza y obligan cada uno, sus personas y bienes habidos y por haber.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALFrancisco Machado, vecino de esta villa de Córdoba, vende a don José de Tembra y Simanes, vecino de esta villa, una negrita esclava suya nombrada Martina, criolla nacida en su casa, que será edad de doce años poco más o menos. La vende por libre de deuda, empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurarla de ninguna tacha, enfermedad pública ni secreta, en precio de 200 pesos en reales.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALDon Jerónimo de Laesa, don Francisco Valero y Alvarado, don Felipe José Fonte de las Cuevas, Sargento Manuel González, Ignacio Díaz de Aday Perdomo, Alférez don Nicolás Rodríguez Ruano, José Hernández, Teniente don Esteban de Naval y Pintos, Francisco Rodríguez, Sebastián Morán, José Moreno, Sargento Antonio de Villavicencio, Juan Antonio Ramírez de Aguilera, Antonio de Brito Lomelín, Salvador de Brito Lomelín, Alférez don José de Tembra y Simanes, Pascual de Molina, Juan Hernández, Alférez Bernardo de Reina, Cristóbal Infante, Juan de Figueroa, Diego Carretero, Sebastián Briones, Juan Rodríguez del Pulgar, Gregorio Pérez, Lucas de Tejeda y Gregorio Merodio, todos vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de rancho de labor de tabacos, juntos de mancomún y por los demás dueños por quienes prestan voz, otorgan poder general a don Nicolás Ramírez de la Cuesta, vecino de esta villa, para que siga y acabe cualquier pleito, causa y negocio civil y criminal que tenga con cualquier persona, por lo que se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, tachar, abonar, sustituir y relevar.