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MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0022 · Stuk · 1719/03/26
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Hipólito del Castillo de Altra, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de los Ángeles, hijo de don Hipólito del Castillo de Altra y de doña Juana Mejía y Moscoso, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco, de cuya Tercera Orden es hermano, en el convento de San Antonio en esta villa delante del altar de Nuestra Señora de los Dolores. Manda se entreguen 50 pesos a una hija de Francisca Portes, a una que cuando se crio él llamaba hija, pero no se acuerda de su nombre. Declara por sus bienes un trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora del Pilar de Saragosa [Zaragoza] que tiene arrendado a don Juan del Castillo de Altra, su hijo, con declaración que en el monto y valor del trapiche no está cargado el valor de las tierras, licencia de trapiche y todo lo demás que así faltare. En dicho trapiche están situados dos capellanías una de 3 000 pesos que sirve el Licenciado don Pablo José Bocarando y Espinosa y otra de 800 pesos que en el ínterin sirve don Juan de Godoy, y 500 pesos a favor de la fiesta que hace a la Virgen del Pilar, con más otros 1 000 pesos que manda a don Gaspar [del Monge y Mendoza] y doña María Altamirano, sus padres, para la fábrica de un [colateral] a la Señora del Pilar en la iglesia de San Antonio. Asimismo, están en el trapiche las legítimas maternas de Hipólito, María Teresa, Antonia María y Nicolás del Castillo de Altra, sus hijos. También son suyos 3 000 pesos que están a censo redimible sobre la hacienda y comedero de [Acatengo] y a su seguridad está hipotecada la del Ojo de Agua. Asimismo, cinco años de réditos desde 1714, además de un esclavo nombrado Jerónimo y su mujer María de la Candelaria, y una mulata nombrada Antonia de Espinosa, 93 pesos que le debe don José de Vera y Escallar, Alcalde Mayor de Tehuacán, por resto de un mulato. Señala le debe el Licenciado don Miguel del Castillo de Altra, su sobrino. Declara que de la herencia paterna y materna que le tocó no está enterado en toda la cantidad de las hijuelas de división que le [roto] y falta para el debido cumplimiento más de 2 000 pesos. Él debe a Francisco Montero y Francisco, indio boyero. Señala que su padre, don Gaspar del Monge y Mendoza, debía a un galleguito de lo cual le hizo cargo para su paga, pero habiendo éste pasado a las islas Filipinas no ha podido localizarlo, por lo que manda se digan misas por su alma y en caso de que estuviere vivo manda se le pague. Debe distintas dependencias que constan de una memoria y cree pasan de 5 000 pesos. Su hijo Juan del Castillo le debe algunas cantidades de pesos por el arrendamiento de la hacienda de Nuestra Señora del Pilar, también le tiene enterado de su legítima materna porción de pesos y sólo le resta debiendo 600 pesos. Declara fue albacea de don Gaspar del Monge y Mendoza, su padre, y de doña Nicolasa del Monge, cuyos testamentos quedaron en su cargo y de lo cual tiene cumplido la mayor parte. Es su voluntad que la mulata Pascuala, mujer de José Congo, por haberle servido se le dé libertad y si ella por el amor de los hijos y de sus amos no quisiere salir de la hacienda, manda a sus hijos la mantengan como a personal que ha servido la casa y la tengan entre los domésticos de ella, y si se vendiere la hacienda que se la lleve el que quisiere de sus hijos con la misma obligación, y manda que para su título de libertad se le dé testimonio de esta cláusula. Manda se liberte a María de la Candelaria, mujer de Jerónimo, su esclavo, con el mismo cargo y condiciones que la anterior y testimonio de la cláusula. Declara es casado con doña Nicolasa del Monge y Mendoza, quien llevó de dote al matrimonio como 6 000 pesos y después por muerte de don Gaspar del Monge y Mendoza y de doña María Altamirano, heredó la cantidad de 13 300 pesos; y él llevó de la misma legítima la cantidad de 13 000 pesos; durante dicho matrimonio procrearon a doña Gertrudis María, Josefa María, don Juan, Hipólito, doña María Teresa, doña Antonia, doña Nicolasa del Castillo de Altra. Tiene entregado a doña Gertrudis María, que se casó con don José de Carvajal y Contreras, más cantidad de dinero de la que le corresponde de legítima materna, por cuya razón renunció la herencia. Señala que doña Josefa María contrajo matrimonio con don Francisco Pibot y Tapia, al cual le tiene enterado la parte materna que le tocó como consta en carta de dote. También declara que don Juan del Castillo contrajo matrimonio con doña Ana Francisca de Carvajal y Contreras, difunta, y se le entregó dinero. Nombra por albaceas a don Diego de Altamirano y a don Francisco Pibot y Tapia y don [roto] del Castillo de Altra. Como tutor de sus menores hijos nombra a Diego de Altamirano, y nombra herederos a sus hijos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0013 · Stuk · 1720/02/08
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Parecieron de una parte don Juan del Castillo de Altra y de la otra parte el Capitán don José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición en este reino, marido y conjunta persona de doña Gertrudis María del Castillo de Altra, hijos legítimos y herederos de don Hipólito del Castillo de Altra, difunto, [roto] don Juan del Castillo de Altra nombra como juez árbitro al Señor Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa; y don José de Carvajal y Contreras nombra como juez árbitro al Capitán de Caballos de Coraza don Juan Valero Grajera, Regidor Perpetuo de esta villa; para que con los autos de dicha [materia], cada uno puesto en los derechos y acciones de sus partes, determinen para dicho artículo [y den] su sentir; y en caso de discordia, nombran todos [los otorgantes] por [tercero] al Muy Reverendo Padre Predicador [Fray Miguel Zapata, Guardián] del convento de del Señor San Antonio de esta villa, para [que determine] lo que fuere justicia; asimismo, se obligan a estar y pasar por dicha determinación [roto] y en caso de que alguno falte a ella, se impone desde luego por pena convencional 500 pesos para la fábrica de la iglesia parroquial de esta villa.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0037 · Stuk · 1727/12/24
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Miguel Navarro, vecino de esta villa, en nombre de doña Gertrudis María del Castillo de Altra, exhibió un testimonio de obligación de don Juan Antonio de Vera, vecino y mercader de la ciudad de los Ángeles, que en voz y nombre de dicha doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda del Capitán José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor que fue del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, se obligó a favor del aniversario que mandó fundar el Señor Licenciado don Bartolomé [roto] y Olorsa, Prebendado que fue de la santa iglesia catedral de dicha ciudad de los Ángeles, de 2 000 pesos de principal que se obligó a pagar en tiempo de cuatro años, y para ello hipotecó su hacienda de hacer azúcar que tiene en jurisdicción de esta villa nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora y un rancho de labor y tierra a él agregadas, y una casa que tiene en esta villa en la calle del convento del Señor San Antonio, y para que conste la registra en el presente libro del becerro.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0121 · Stuk · 1748/01/16
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Don Miguel de la Barreda, Clérigo Presbítero de este obispado, vecino de esta villa, hizo presentación del testimonio de una escritura y en él se percibe que doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda de don Miguel Navarro, que antes lo fue del Capitán don José de Carvajal y Contreras, en conformidad de haber don Gregorio Martínez de Solís y Rivadeneira, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, cedido y traspasado en la venerable [ilegible] Concordia y Oratorio de San Felipe Neri, un censo de 2 000 pesos de principal a que se hallan afectas cinco caballerías de tierra poco más o menos que en la contigüidades de la hacienda de fabricar azúcar que en esta jurisdicción pertenecen a la susodicha, vendió con el expresado gravamen a dicho José de Carvajal el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís, padre de don Gregorio, reconociendo en favor de la mencionada venerable concordia los 2 000 pesos de principal a censo redimible sobre dichas tierras, obligándose a pagar a dicha concordia o a quien por ella fuere, con hipoteca de las tierras.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0139 · Stuk · 1750/09/01
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El Licenciado don Miguel Rodríguez Serrano, Cura interino y Juez Eclesiástico, hizo presentación del testimonio de una escritura, su data el día de ayer, por el cual consta que doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda de don Miguel Navarro, que antes lo fue del Capitán don José de Carvajal y Contreras, reconoció en favor del convento de Santa Teresa 2 000 pesos de principal a censo redimible sobre sus tierras y su hacienda, obligándose a pagar a su actual mayordomo el que en adelante lo fuere su correspondiente rédito de 5 por ciento en cada un año.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0052 · Stuk · 1733/01/07
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El Teniente de Infantería don José Mateos Navarro, vecino de esta villa, en nombre del Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, vecino y labrador en la provincia de Thehuacan [Tehuacán], en virtud de su poder registró una escritura otorgada por don Miguel Navarro y doña Gertrudis María del Castrillo de Altra, su mujer, vecinos de esta villa, por la cual parece que los susodichos impusieron y cargaron a censo principal redimible en favor de dicho Capitán don Francisco de Meza 776 pesos y 2 reales de oro común, sobre sus bienes y especialmente sobre una casa de piedra y madera, que posee en esta villa, la cual se le adjudicó juntamente con la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada la Limpia Concepción de Nuestra Señora a doña Gertrudis María del Castillo de Altra en los autos del juicio divisorio de los bienes del Capitán don José de Carvajal y Contreras, su primer marido, por los derechos de su dote, arras y mitad de multiplico y con la obligación de pagar a sus hijos menores sus porciones hereditarias y legítimas paternas a las cuales se hallan afectas así dichas casas como la referida hacienda. La escritura fue otorgada en esta villa el 3 de febrero de 1730.

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MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0012 · Stuk · 1720/02/08
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Parecieron por una parte don Francisco Pibot y Tapia, marido y conjunta persona de [roto], por si y en voz de [roto] hijos legítimos y herederos de don Hipólito del Castillo de Altra, difunto; y de la otra parte el Capitán don José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición en este reino, marido y conjunta persona de doña Gertrudis María del Castillo de Altra; y dijeron que por bienes de dicho difunto quedó una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, en jurisdicción de esta villa, que en arrendamiento tiene don Juan del Castillo de Altra, de la que se hicieron inventarios junto con otros bienes, habiéndose formado artículo por el dicho Capitán don José de Carvajal, pretendiendo nuevos avalúos además de los hechos para dicho arrendamiento y otros derechos. Y porque los pleitos son difíciles y sus fines dudosos, y acrecientan muchos costos y gastos, y porque algunas personas han intervenido a que extrajudicialmente se ajusten por personas peritas e inteligentes para dicha materia; por la presente don Francisco Pibot y Tapia, don Juan del Castillo de Altra y don Manuel Francisco de Urquía, nombran por juez árbitro al Señor Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa; y don José de Carvajal y Contreras, por su parte, nombra como juez árbitro al Capitán de Caballos de Coraza don Juan Valero Grajera, Regidor Perpetuo de esta villa; para que con los autos de dicha materia, cada uno puesto en los derechos y acciones de sus partes, determinen por dicho artículo y den su sentir; y en caso de discordia, nombran todos los otorgantes por tercero al Muy Reverendo Padre Predicador Fray Miguel Zapata, Guardián del convento de del Señor San Antonio de esta villa, para que determine lo que fuere justicia; asimismo, se obligan a estar y pasar por dicha determinación o determinaciones y en caso de que alguno falte a ella, se impone desde luego por pena convencional 500 pesos para la fábrica de la iglesia parroquial de esta villa.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0184 · Stuk · 1763/09/14
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Juan Dávila Barrientos y doña Juana Carvajal y Contreras, su legítima mujer, hicieron exhibición de un testimonio con inserción de varias diligencias hechas por el referido don Juan en la ciudad de los Ángeles, por el que consta que en virtud de escrito que presentó ante el señor juez de obras pías y capellanías de este obispado, pidió que los 3 000 pesos del principal de la capellanía que mandó fundar doña Gertrudis María del Castillo de Altra se le entregasen a censo redimible, con la calidad de reconocerlos sobre una finca que posee por suya propia en la esquina de esta plaza Pública, en la calle que pasa de esta villa al camino que va al pueblo de San Juan Coscomatepec, y con la condición de obligarse dentro de un año a mejorarla en un 1 000 pesos de los que necesitase para su mayor esplendor y a reconocerlos sobre los demás sus bienes; y en vista del dictamen del referido juez, se declaró por idónea la referida finca para reportar los dichos 3 000 pesos de la capellanía que se ha de fundar. Por tanto, el otorgante y en nombre de su consorte otorgó recibo de los 3 000 pesos y se obligó a pagarlos con expresa hipoteca de la mencionada finca en plazo de cinco años, con los réditos de 5 por ciento en cada uno.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0192 · Stuk · 1765/09/06
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Pedro Ignacio de Andrade, de esta vecindad, apoderado del Capitán don Nicolás de Carvajal y Contreras, de esta propia vecindad, hizo testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que el citado Capitán don Nicolás de Carvajal se obligó a pagar a doña Ana Eusebia de Avilés, mujer legítima de don Gregorio Lili, vecino y del comercio de la Nueva ciudad de la Veracruz; a don Juan de Avilés y a doña María de Avilés, viuda del Teniente don Pedro Jiménez, como hijos legítimos y herederos de don Luis de Avilés y doña María Teresa de Vargas, difuntos, vecinos que fueron de la citada ciudad; la cantidad de 1 046 pesos 1 y medio real de líquido del suplemento de mayor cantidad que le hizo dicho difunto don Luis de Avilés a don Miguel Navarro, vecino que fue de esta, como marido y conjunta persona de doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda de primeras nupcias del Capitán don José de Carvajal y Contreras, su padre, y que por hacerle buena obra le prestó con obligación de réditos para el avío de la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que al presente posee el citado don Nicolás de Carvajal. Y para mayor seguro del principal el expresado don Nicolás hipotecó su hacienda con todo lo que le pertenece.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0211 · Stuk · 1771/07/13
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Mariano José Almería, de esta vecindad, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de él consta que en la hacienda del beneficio de hacer azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, en esta jurisdicción, en 10 del corriente, el Capitán don Nicolás de Carvajal y Contreras, dueño de hacienda expresó que en esta dicha villa en 3 de septiembre de 1765 celebró escritura en la que se obligó a pagar a doña Ana Eusebia de Avilés, mujer legítima de don Gregorio Lili, vecino y del comercio de la ciudad de Veracruz, a don Juan y doña María de Avilés, viuda del Teniente don Pedro Jiménez, como hijos legítimo y herederos de don Luis de Avilés y doña María Teresa de Vargas, difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, 1 046 pesos uno y medio reales, que de líquido de los suplementos que de mayor cantidad le hizo dicho difunto don Luis de Avilés a don Miguel Navarro, vecino que fue de ésta, como marido y conjunta persona de su madre doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda de primeras nupcias que fue del Capitán don José de Carvajal y Contreras, su padre; para el avío de la citada hacienda, con más 749 pesos 4 y medio reales de réditos devengados; y respecto que liquidaron en 20 de julio del año pasado, quedó debiendo la cantidad líquida de 1 000 pesos y se obligó a satisfacerlos a los citados tres herederos interesados, y en el ínterin no se verifica la paga darán el correspondiente 5 por ciento, entendiéndose corren éstos desde el citado 20 de julio de 1770, y para su mayor seguro hipotecó la expresada hacienda.

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