Juan Manuel Terrones, vecino de esta villa, otorga poder especial a don Diego Cortés del Águila y Castro, vecino del pueblo de Quichula [Quechula], para que en nombre y en representación de su persona pueda parecer ante el señor cura beneficiado por Su Majestad del pueblo de Quichula [Quechula], y presente la información, haciendo los pedimentos, autos y demás diligencias que convengan al casamiento que él pretende contraer con doña Francisca Cortés, oyendo para ello autos y demás diligencias. Para lo dicho y su dependiente, anexo y concerniente le da éste con libre y general administración con facultad enjuiciar, jurar y sustituir.
Zonder titelJosé García Valero, Francisco García Valero y Micaela de la Rosa, vecinos de esta villa de Córdoba, en nombre del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, difunto, vecino y Regidor perpetuo que fue de esta villa, en virtud del poder que para testar les confirió, otorgan su testamento como se los dejó comunicado. Declaran que su cuerpo fue amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla del Señor San José. Señalan que dicha hacienda del beneficio de azúcar, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe en esta jurisdicción, tiene cargados varios censos, entre ellos destacan: 3 000 pesos de principal y por ellos [150] pesos de rédito anuales de la capellanía que mandó fundar el Licenciado Juan Valero Grajeda, del que es capellán propietario el Licenciado don José Valero Grajeda, y de esta capellanía se están debiendo 1 500 pesos; 2 000 pesos de principal y por ellos 100 de rédito anual a favor de la Madre Isabel de Jesús de Nazareno, a quien se le deben 1 100 pesos de réditos; 400 pesos de principal impuestos por el Licenciado don Juan Valero Grajeda para que con sus réditos se celebrase en la iglesia de esta villa la fiesta de Nuestra Señora de los Dolores; 2 000 pesos impuesto a favor del convento de religiosas de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de los Ángeles, a la que se le están debiendo los réditos de 200 pesos. Asimismo, declaran que el difunto debía diferentes cantidades, entre ellas: 2 300 pesos a la iglesia catedral de la Puebla, cuyos plazos están cumplidos; 3 000 pesos a favor de la capellanía de [Diego Cortés del Águila y Castro] por tiempo de 6 años, que empezaron a correr desde el año pasado, a quien se le están debiendo 600 pesos de réditos; 1 500 pesos por escritura que otorgó a favor del convento de religiosas de Santa Catarina de Sena de la ciudad Oaxaca, a la que se le están debiendo 670 pesos de réditos; 600 pesos a favor de la fábrica de la iglesia catedral, más réditos que se debían hasta su otorgamiento, los cuales tiene librados en el cofre de dicha iglesia. También, dijeron que por muerte de su hermano el Doctor don José Valero, quedó una casa en la ciudad de Los Ángeles gravada a los censos de dos capellanías, una impuesta por Francisco García Caballero de 2 500 pesos de principal y la otra a favor de la capellanía que impuso Domingo Maseda de 2 000 pesos de principal. Además, declaran que el difunto debía diferentes cantidades al Tribunal de la Santa Inquisición, a la iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles, a don Francisco Valero y Alvarado, al Capitán Pedro de Bárcena, al Capitán Gaspar Rendón, a don Juan Marcos Rendón, a Diego Ruiz Calero, vecino de esta villa y maestro de barbero, y a otras personas más que se citan en esta escritura. Declaran que [estaba debiendo 1 800 pesos]de la compra del rancho El Piñal, que sacó en pública almoneda, compuesto de 9 caballerías de tierra, cuyo remate se efectuó en el juzgado del comisario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, quien lo remató por débito que tenía el Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda con el Santo Oficio; cuyo remate fue en cantidad de 4 300 pesos de contado, de los cuales se entregaron 2 500 pesos al Comisario de la Santa Inquisición, y dichas tierras tienen sobre si el gravamen de 600 pesos de censo a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la Puebla, y rebajarse a su misma cantidad de 500 pesos que dicho Alférez don Miguel Valero Grajeda debía de los bienes del Doctor don José Valero, su hermano, más otros 1 620 pesos que le entregó don Diego Valero a su hermano Miguel, como consta de memoria donde se hallarán las partidas que componen dicha cantidad, y siendo como es cláusula del remate reintegrar todo lo a ello anexo y por su defecto deberse rebajar del valor de dicho rancho lo que en el faltare, lo declaran para que conste. También, señalan que el difunto renunció al oficio de Alférez Mayor y Regidor a favor del Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, con la calidad y condición de que se hará de componer con los herederos del Alférez Mayor don Miguel Valero, su hermano. Por otro lado, declaran por bienes del difunto: la hacienda de beneficio de azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, compuesta de 17 caballerías de tierra con sus casas, cañas, esclavos y demás aperos, asimismo, el rancho nombrado El Piñal, que se compone de 9 caballerías de tierra y sus anexos, además, un rancho nombrado Quichapa [Cuichapa], que se compone de 27 caballerías de tierra con las casas, cañas, esclavos y demás aperos. Declaran que el difunto mandó sacar 1 000 pesos de sus bienes para que se entreguen a Juana de San Agustín y a Josefa de los Dolores Valero, niñas reclusas en el convento de San Jerónimo de la ciudad de los Ángeles, que están en compañía de su hermana, la Madre Isabel de Jesús de Nazareno. Usando del poder que tienen otorgado del difunto, se nombran por sus albaceas testamentarios y a la dicha Micaela de la Rosa por tenedora de sus bienes. Asimismo, nombran herederos a José García Valero, María Rafaela, Gertrudis, Teresa, Ana, Miguel, hijos suyos y naturales; y dicha Micaela de la Rosa, como tutora, curadora de dichos hijos naturales y suyos.
Zonder titelFrancisco García Valero, José García Valero y Micaela de la Rosa, albaceas testamentarios de don Diego Valero Grajeda, difunto, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo que fue de esta villa de Córdoba, la susodicha como tenedora de bienes, y Manuel Francisco de Urquia, curador de las personas y bienes de los menores hijos del alférez mayor; otorgan que vende al Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta jurisdicción y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar, una hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, en jurisdicción de esta villa; la cual linda por una parte con tierras del trapiche del Capitán don Mateo de Garay; por el otro lado con tierras del trapiche de don Francisco Pibot y Tapia; por otro lado con río Blanco; y por otro lado con tierras del rancho que compró el Capitán don Gaspar Rendón, por bienes del difunto, nombrado Quichapa [Cuichapa]. Dicha hacienda se compone de 26 caballerías de tierra, cañas, esclavos y demás aperos que constan de avalúo, con todas sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, montes y pastos, por libre de deuda, empeño, hipoteca u otra enajenación. La venden por precio de 26 804 pesos, de los cuales 23 961 pesos constan en el avalúo de la hacienda y 2 843 restantes que dicho capitán paga por adelantado por la hacienda. El comprador se obliga a pagar en la manera siguiente: 3 000 pesos de principal que quedan sobre dicha hacienda de capellanía a favor del Licenciado don José Valero Grajeda; 2 000 pesos de principal que están sobre la hacienda a censo pertenecientes a la Madre Isabel de Jesús Nazareno, Religiosa del convento de Señor San Jerónimo de la ciudad de Los Ángeles; 2 000 pesos que están sobre la hacienda a censo a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de Los Ángeles; 400 pesos de principal pertenecientes a la fiesta de Nuestra Señora de los Dolores de la iglesia parroquial de esta villa; 3 000 pesos de principal de capellanía a favor del Licenciado don José Morales; 3 000 pesos de principal de otra capellanía a favor de Diego Cortés del Águila y Castro; 1 500 pesos por escritura a favor de las religiosas de Santa Catharina de Sena de la ciudad de Oaxaca; 2 700 pesos de escritura a favor de la iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles; cantidades que suman e importan 17 500 pesos que junto con 9 304 pesos que el Capitán don Lope Antonio tendrá a disposición del Alcalde don Manuel de Rosas, para la hijuela y partición que se hará entre los herederos y para la paga de algunos acreedores, que todo junto hacen el total de 26 804 pesos de la venta de la hacienda.
Zonder titelJuan Manuel Terrones y doña Francisca Cortés, vecinos de esta villa de Córdoba, marido y mujer, otorgan poder especial a Antonio Cortés y en segundo lugar a Diego Cortés del Águila y Castro, vecinos del pueblo de Quichula [Quechula], para que en nombre y en representación de sus personas demanden, reciban y cobren judicial y extrajudicialmente de las personas a cuyo cargo estuvieren las dotes que dejó impuestas el Licenciado don Juan Francisco Álvarez Ricardo, especialmente 430 pesos que cupieron a la dicha Francisca.
Zonder titelEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, poderhabiente de Diego Cortés del Águila y Castro, vecino de la ciudad de los Ángeles, exhibió una escritura de capellanía de 3 000 pesos de principal que el Alférez Mayor don Diego [Valero Grajeda], difunto, situó y cargó sobre su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe en jurisdicción de esta villa, su fecha 6 de mayo de 1715, cuya cantidad había pasado en poder del Doctor don José Valero Grajeda, su hermano difunto, y recaía en poder de dicho Alférez don Diego Valero Grajeda, como su albacea testamentario y heredero, y dicha capellanía mandó fundar de sus bienes Antonio Rincón y nombró por capellán propietario e interior a Pedro Manuel Cortés, vecino de dicha ciudad de los Ángeles, con el número de misas en ellas señalados; cuya hacienda recayó en el dicho Capitán don Lope Antonio de Iribas por venta que de ella se le hizo por muerte del citado Alférez don Diego Valero, con diferentes capellanías y censos, en que don Sebastián de Guevara y Lucio su parte pidió se le haga espera por tiempo de seis años para hacer obligación de dichos 3 000 pesos al dicho Diego de Cortés, como padre legítimo y administrador del citado Pedro Manuel Cortés, y dicha espera se la concedió el señor juez de testamentos, capellanía y obras pías, con cargo de que se hubiese de registrar dicha espera en este libro de censos, como con efecto va registrado.
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