El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vende a don Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad y vecino de esta villa, un solar de 50 varas en cuadro que tiene en la calle que llaman el Pitiguao, que hubo y heredó entre otros del Regidor José de Leiva y doña Catalina de Esparragosa, sus padres difuntos. Dicho solar linda por una parte con casa de sus padres; por el otro lado, calle en medio, con solar del Bachiller don Juan Estévez de Laguarda; hace frente, calle en medio, con los solares de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos [roto] de Juanes de Betancur; y por el fondo con solares suyos que van por el [río]; lo vende por libre de deuda, empeño y enajenación, al precio de 50 pesos de oro común en reales.
Sem títuloDon Juan del Castrillo de Altra, vecino de esta villa de Córdoba, vende al Licenciado don Pedro de Montenegro, Clérigo Presbítero vecino de esta villa, un esclavo negro nombrado Benito que será de edad de catorce años, criollo, que nació en la casa y compañía del Capitán Hipólito del Castillo de Altra, su padre, quien se lo dio en cuenta y parte de pago de su legítima materna. Lo vende por precio de 200 pesos horros de alcabala.
Sem títuloDoña María Hurtado de Mendoza y Arriola, doncella, vecina de esta jurisdicción de la villa de Córdoba, albacea testamentaria y tenedora de bienes del [Provincial] Don Francisco Cruzado, otorga poder general al Licenciado don Pedro de Montenegro, Presbítero, para que en su nombre y representación se encargue de todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tenga o tuviere con cualesquier personas por motivo de dicho albaceazgo. Asimismo, para que demande, reciba y cobre todas y cualesquier cantidades de pesos, de lo que cobrare que entregue recibos de pago y demás instrumentos, que para todo lo concerniente y dependiente se le delibera el presente con libre y general administración con facultad de enjuiciar y jurar.
Sem títuloEl Bachiller don Pedro de Montenegro, Presbítero, y don Hipólito del Castillo de Altra, vecinos de esta villa de Córdoba, como albaceas testamentarios nombrados por doña Nicolasa del Monge y Mendoza, difunta, mujer que fue de dicho Hipólito, en el testamento que otorgó en esta ciudad de los Ángeles el 29 de julio de 1709; dijeron que por cuanto en una cláusula del testamento de la susodicha ordena la fundación de una capellanía al servicio de Dios Nuestro Señor por el bien y sufragio de las Benditas Ánimas del Purgatorio y por el aumento del divino culto; siendo su voluntad que de los 6 000 pesos que están impuestos sobre el trapiche nombrado Nuestra Señora de la Pura y Limpia Concepción, alias Acatengo, jurisdicción de esta villa, que posee Juan de los Santos Cubillos, 3 000 pesos de ellos se aplicaran para dote y fundación de dicha capellanía; de la cual nombró por capellanes propietarios a sus hijos, nietos y descendientes legítimos, prefiriendo del mayor al menor y al hijo de varón que al de hembra. Por lo cual, otorgan que instituyen y fundan dicha capellanía con la dote, número de misas y capellanes, propietarios e interinos, y con las condiciones siguientes: Nombran como primer capellán propietario a don Hipólito del Castillo de Altra, hijo de doña Nicolasa del Monge y don Hipólito, para que a su título pueda ordenarse; y por su falta nombran al hermano de éste, Juan del Castillo de Altra; y por falta de ambos, a los nietos y descendientes de la difunta y don Hipólito. Nombran por capellán interino al Bachiller don Pedro de Montenegro, vecino de esta villa, Presbítero Domiciliario del obispado de Santiago de Cuba, compadre de don Hipólito y de la difunta. Ordenan que dichos capellanes digan veinte misas rezadas en la parte y lugar en que se encuentren, cada año, aplicándolas por el alma de la difunta y de don Hipólito y de más personas de su intención, en los días siguientes: a Nuestra Señora del Pilar, a Nuestra Señora del Rosario, a Nuestra Señora de la Defensa, a San Nicolás Obispo, a San Diego de Alcalá, a San Antonio de Padua, a Nuestro Padre San Francisco, a San Miguel, a Señor San José, al Santo Ángel Custodio, los Cinco Señores, San Francisco Javier, Nuestra Señora del Carmen, Nuestra Señora de la Caridad, Nuestra Señora de la Merced, San Pedro Nolasco, San Ramón, San Vicente Ferrer, San Judas Tadeo, el Señor San Dimas y Santa Gertrudis. Por otro lado, Juan de los Santos Cubillos se obliga a pagar 150 pesos de réditos cada año.
Sem títuloEl Licenciado don Antonio Manuel de Ortiz, Presbítero Domiciliario de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Antequera valle de Oaxaca, hijo natural de don Bartolomé de Ortiz, Marqués de Altamira, y de doña Inés Grijalba y Escobar, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea amortajado con las vestiduras sacerdotales y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de las Ánimas. Declara debe a don Jerónimo de Laesa, Benito Arias, José Álvarez, Alonso de Espinosa y al Licenciado don Pedro de Montenegro. Asimismo, declara le deben las siguientes personas: el Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Vicario de esta villa, y don Francisco Mayorga Cervantes. Señala ser hermano de la congregación del Señor San Pedro de la Concordia de la ciudad de los Ángeles. Declara por bienes los que se hallaren en el menaje de casa, ropa de vestir y blanca. Nombra por sus albaceas testamentarios al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Vicario de esta villa, y al Capitán don Gaspar Rendón, su compadre, por tenedor de bienes. Por herederos nombra a sus albaceas.
Sem títuloEl Bachiller Pedro de Montenegro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, tutor y curador de don Juan Ignacio y José Prudencio Cruzado, menores hijos y herederos del Provincial don Francisco Cruzado, asimismo, en voz y en nombre de doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, tía de los menores, y en virtud del poder que de ella tiene; otorga que se obliga de pagar a don Juan Hurtado de Mendoza, vecino de esta villa, la cantidad de 7 951 pesos y un real, porque aunque eran 8 951 pesos y un real en que alcanzó a la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Santa Cruz de las Palmillas, los 1 000 pesos se los dio de contado, los mismos que el susodicho tiene suplidos y prestados como tutor que fue de los menores al dicho trapiche que quedó por bienes de dicho difunto y pertenece a los susodichos. Cuya cantidad pagará en la forma siguiente: 1 000 pesos para la pascua de navidad del presente año, un año nuevo que empezará a correr y contar desde el primero de enero del año de 1715 en adelante, y después 1 000 pesos en cada uno de los años siguientes, contándose a partir del primero de enero de 1716 en adelante, y en el último año el resto de la cantidad cumplimiento a los 7 951 pesos y un real; y para seguridad hipoteca la hacienda de dichos menores junto con 6 400 pesos que doña María Hurtado de Mendoza tiene prestados a dicha hacienda para su avío.
Sem títuloDiego Jerónimo Leal, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz y natural de la ciudad de Sevilla en los reinos de Castilla, hijo de nuestra santa madre iglesia expuesto en la cuna de la ciudad de Sevilla; otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea amortajado con el hábito de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa en la forma de entierro y acompañamiento que pareciere a sus albaceas. Declara hace más de veintitrés años contrajo matrimonio con doña Gertrudis de Ledezma y Quintanilla, ninguno de los dos llevó cosa alguna al matrimonio porque eran pobres, procrearon cinco hijos entre los que se encuentra María, que está casada con Juan Alegre. Señala debe a Gertrudis de Gatica y a los mozos que asisten en la tienda que era de Amaro Díaz, en la ciudad de Veracruz. Declara ha tenido cuenta corriente con don Juan Gómez Dávila, vecino de dicha villa y dueño de hacienda de azúcar, de más de 42 000 pesos que de cuentas y encomiendas ha tenido con el susodicho, de resto y ajustamiento de todas ellas le es deudor de 1 600 pesos que no ha podido cobrar, manda se cobren por su albacea como bienes suyos y se pague lo que él debiere. Por bienes, declara una mulata nombrada Leonor y el menaje de su casa. Nombra por sus albaceas a Gertrudis, su esposa, y al Licenciado Pedro de Montenegro. Nombra por herederos a sus hijos y por tutora y curadora de ellos a la dicha su esposa, también, la nombra como una de sus albaceas y tenedora de bienes por lo que corresponde a los que se hallaren en la ciudad de Veracruz, y por los que se hallaren en esta villa nombra al dicho Licenciado don Pedro de Montenegro.
Sem títuloEl Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, residente en esta villa y vecino de la ciudad de los Ángeles, por propio interés como albacea y tenedor de bienes que quedaron de doña Gertrudis Jaimes Navarro, difunta, viuda que fue del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, tutor y curador de las personas y bienes de sus menores hijos y herederos. Por la presente, otorga poder general al Bachiller don Pedro de Montenegro, Presbítero, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente, las cantidades de maravedíes de oro y plata, obras pías, esclavos, mercadurías y otras cosas que se le estuvieren debiendo a él, como a los bienes de la difunta en virtud de escrituras, cédulas, libranzas y otras cualesquiera causas. De lo que recibiere y cobrare, entregue recibos, carta de pago, finiquito y demás instrumentos que le sean pedidos, de manera que por falta de poder no deje de hacer todo cuanto se ofrezca, porque debajo esta generalidad queda comprendida cualquier especialidad, por lo que se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
Sem títuloDoña Nicolasa del Monge y Mendoza, vecina de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], hija legítima del Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza y de doña María Altamirano, difuntos, otorga poder a don Hipólito del Castillo de Altra, su marido, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Ordena ser sepultada con hábito y cuerda de San Francisco en el convento de San Antonio de esta villa. Manda se le den 100 pesos a doña Manuela de Altamirano, su tía, como manda graciosa por el amor que le tiene. Declara que hace diecinueve años contrajo nupcias con don Hipólito del Castillo de Altra, y que ella trajo al matrimonio como 6 000 pesos y después del fallecimiento de sus padres otra cantidad que consta en la hijuela de partición, y su marido trajo 8 000 pesos. Declara que durante su matrimonio han procreado a doña Gertrudis María del Castillo de Altra, mujer legítima del Alguacil Mayor don José de Carvajal y Contreras; a doña Josefa María del Castillo de Altra, de catorce años de edad; don Juan del Castillo de Altra, de doce años de edad; a don Hipólito del Castillo, de diez años; doña María Teresa, de siete años; doña Antonia del Castillo, de cinco años; doña Nicolasa del Castillo, de tres años; y doña Juana Águeda del Castillo, de año y medio. Nombra como albaceas testamentarias a don Hipólito del Castillo, a don Miguel José del Castillo de Altra, al Bachiller don Pedro de Montenegro, su compadre, y al Capitán don Pedro Fernández Ronderos, vecino de la ciudad de los Ángeles. Nombra como tenedor de bienes de sus menores hijos a su marido. Nombra como herederos universales a sus hijos. Nombra como tutor y curador ad bona de las personas y bienes de sus hijos menores a dicho su esposo.
Sem títuloEl Bachiller don Pedro de Montenegro, Presbítero, residente en esta villa, exhibió una escritura de imposición de capellanía de 2 000 pesos de principal y por ellos 150 pesos de réditos en cada un año, que situó y cargó sobre la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, alias Acatengo, que posee el Capitán Juan de los Santos Cubillos, dicha capellanía la fundó doña Nicolasa del Monge y Mendoza, difunta, mujer legítima que fue de Hipólito del Castillo de Altra, en donde nombró por capellán propietario a sus hijos, nietos y descendiente legítimos, asimismo nombró por capellán interino al presente otorgante don Pedro de Montenegro. En la escritura mandó que con la renta se digan veinticinco misas rezadas a Nuestra Señor de Tlaxcala, Señor San Antonio de Padua, San Francisco, San Miguel, San José, Santo Ángel Custodio, San Francisco Xavier, Nuestra Señora del Carmen, San Pedro, Nuestra Señora de la Caridad, Nuestra Señora de la Merced, San Ramón, San Vicente Ferrer, San Judas Tadeo, San Dimas y Santa Gertrudis. Nombró por patrón a don Hipólito del Castillo de Altra, la cual dicha escritura la exhibió para su registro en este libro del becerro. La escritura fue otorgada el 18 de diciembre de 1711.
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