Benito Gómez Salguero, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la Puebla de Guzmán en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Benito Gómez y de doña Constanza Ramírez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser casado con María de la Calle, vecina de esta villa, durante su matrimonio han tenido por hijos a Domingo de cuatro años, Manuel de dos y María de cuatro meses. Declara por sus bienes un rancho de tabaco en tierra de esta villa, de que hace reconocimiento con dos casas de palos y zacate, una cocina y corral de gallinas, cuatro siguiscoles, dos machetes, una hacha y diez agujas de ensartar tabaco, todo de fierro, dos caballos ensillados y enfrenados, una fanega de frijol de sembradura y tres cuartillas de maíz, un plantanar [sic] de ciento veinte pies, una escopeta con su funda, una espada [ilegible], cinco mil cabezadas de tabaco en pila y abriéndose, tres pieza de calzones, dos armadores blancos uno de coleta y otro con encajes y botones de estaño, un capote de paño, dos gabanes, dos piezas de medias, una caja de cedro y en ella la ropa blanca; una asa de cal y canto cubierta de teja. Declara que le deben las personas siguientes: José Márquez, Francisco Carrillo, Marcos Alejo, Diego de Osses, Francisco Velázquez, Francisco Porrúa y Peña y el Capitán don Lope de Iribas. Declara les debe a las siguientes personas: al Capitán Juan José Fernández, Juan de la Cuadra, General Francisco Sigler [del Rebollar], Diego de Rojas, Alonso Bueno, Nicolás Rodríguez, José Rodríguez, Miguel Limón y a Bartolomé de Estrada. Nombra albaceas testamentarios a su mujer María de la Calle y al Sargento Antonio de Villavicencio, y como tenedora y albacea testamentaria a su mujer. Por último, nombra como herederos a su mujer e hijos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan de la Cuadra y José Ramírez, residentes en esta villa de Córdoba y vecinos del pueblo de San Andrés Chalchicomula de la jurisdicción de la ciudad de Tepeaca, dueños de mulas de arria, se obligan de pagar a José Hernández Navarro, vecino de esta villa, 325 pesos de oro común en reales de contado. Cantidad que pagarán a vuelta del viaje que harán en el presente año, llanamente y sin pleito alguna pena a la ejecución y costas de la cobranza. Para seguridad de esta deuda, hipotecan dieciocho mulas aparejadas de lazo y reata que no venderán hasta que la deuda esté pagada.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Manuel de Garaita, vecino y mercader de esta villa, otorga haber recibido de Juan de la Cuadra, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] de esta jurisdicción, 300 pesos de oro común en reales, los mismos que se obligó a pagar Benito Gómez Salguero y María de la Calle, su mujer, por escritura hecha en esta villa el 11 de octubre de 1709, por lo cual otorga carta de pago, recibo, finiquito y cancelación de dicha escritura, además, otorga carta de lasto a Juan de la Cuadra para que cobre dicha cantidad de Benito Gómez Salguero y su mujer, por haberlos pagado de su caudal como fiador que es de los susodichos.
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