Benito Gómez Salguero y María de la Calle, su legítima mujer, y don Manuel de Garaita, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto Benito Gómez Salguero desde hace tres años ha contraído débitos con algunas personas de esta villa y fuera de ella, entre los cuales se encuentra don Manuel de Garaita, a quien debe 200 pesos que ocupó para sembrar algunos tabacales, “y mediante la divina voluntad de Dios Nuestro Señor fue servido de quitármelos con los temporales de fuego y hielo, viento y granizo de que padeció esta villa y su jurisdicción como fue público y notorio”, quedando destruido, debiendo y sin caudal alguno. Habiendo solicitado a sus deudores le prestasen hasta cantidad de 100 pesos para volver a recuperar [roto] una siembra de tabaco, obligándose a pagar con la cosecha. Por lo cual, otorgan se obligan a pagar a don Manuel de Garaita la cantidad de 300 pesos de oro común en reales, de los cuales 100 pesos corresponden al préstamo que ahora les ha hecho y los 200 pesos restantes que ya les tenía prestado desde hace un año.
Sans titreDon Manuel de Garaita, vecino y mercader de esta villa, otorga haber recibido de Juan de la Cuadra, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] de esta jurisdicción, 300 pesos de oro común en reales, los mismos que se obligó a pagar Benito Gómez Salguero y María de la Calle, su mujer, por escritura hecha en esta villa el 11 de octubre de 1709, por lo cual otorga carta de pago, recibo, finiquito y cancelación de dicha escritura, además, otorga carta de lasto a Juan de la Cuadra para que cobre dicha cantidad de Benito Gómez Salguero y su mujer, por haberlos pagado de su caudal como fiador que es de los susodichos.
Sans titreBenito Gómez Salguero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Nicolás de Armenta, vecino de esta villa, una casa baja de cal y canto, cubierta de teja, que tiene en esta villa de Córdoba, en la calle que sale de la plaza Pública para el camino de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], se compone de una sala, cuarto en esquina y recámara, fabricada en 50 varas de solar de frente y 50 de fondo, que linda por el oriente con solar que fue de María de las Vírgenes y por el otro lado con solar de Pascuala de Espinosa calle en medio, por el norte con solar de Juan Vázquez y por el sur calle en medio con solar de los herederos de don Diego Dávila Barrientos; dicha casa es la misma que se le remató por ejecución que se siguió contra Juan Vázquez y su mujer Teresa de Cala, por cantidad de 1 400 pesos que debían a los herederos de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco. La vende con el cargo de 500 pesos de principal que sobre ella están cargados a censo redimible de que es capellán el Bachiller don Pedro Rubio de Gaviria, en precio de 1 210 pesos, los 500 de dicho censo que se ha de obligar a pagar sus réditos y los 710 pesos que le ha pagado en reales de contado.
Sans titreBenito Gómez Salguero, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la Puebla de Guzmán en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Benito Gómez y de doña Constanza Ramírez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser casado con María de la Calle, vecina de esta villa, durante su matrimonio han tenido por hijos a Domingo de cuatro años, Manuel de dos y María de cuatro meses. Declara por sus bienes un rancho de tabaco en tierra de esta villa, de que hace reconocimiento con dos casas de palos y zacate, una cocina y corral de gallinas, cuatro siguiscoles, dos machetes, una hacha y diez agujas de ensartar tabaco, todo de fierro, dos caballos ensillados y enfrenados, una fanega de frijol de sembradura y tres cuartillas de maíz, un plantanar [sic] de ciento veinte pies, una escopeta con su funda, una espada [ilegible], cinco mil cabezadas de tabaco en pila y abriéndose, tres pieza de calzones, dos armadores blancos uno de coleta y otro con encajes y botones de estaño, un capote de paño, dos gabanes, dos piezas de medias, una caja de cedro y en ella la ropa blanca; una asa de cal y canto cubierta de teja. Declara que le deben las personas siguientes: José Márquez, Francisco Carrillo, Marcos Alejo, Diego de Osses, Francisco Velázquez, Francisco Porrúa y Peña y el Capitán don Lope de Iribas. Declara les debe a las siguientes personas: al Capitán Juan José Fernández, Juan de la Cuadra, General Francisco Sigler [del Rebollar], Diego de Rojas, Alonso Bueno, Nicolás Rodríguez, José Rodríguez, Miguel Limón y a Bartolomé de Estrada. Nombra albaceas testamentarios a su mujer María de la Calle y al Sargento Antonio de Villavicencio, y como tenedora y albacea testamentaria a su mujer. Por último, nombra como herederos a su mujer e hijos.
Sans titreEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, como Síndico del convento de Señor San Antonio de religiosos Descalzos, dijo que Diego Saúl, vecino que fue de esta villa, por escritura que otorgó en ella el 17 de noviembre de 1699, cargó 500 pesos sobre la casa de la morada de Juan Vázquez, vecino que fue de esta villa, y que hoy posee Nicolás de Armenta, ubicada en la calle que sale de la plaza Pública para el camino de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec]; y linda por el sur y el poniente con solar de los herederos de Juan de Espinosa, calle en medio; y por otra parte con medio solar de Agustín de Alcalá. Cuyos réditos del principal de 500 pesos, que son 25 pesos, ordenó se convirtieran en veinticinco misas rezadas por la pitanza de 8 reales cada una, 13 misas en los días lunes en la santa iglesia parroquial de esta villa, en el Altar de las Benditas Ánimas del Purgatorio y las doce restantes en la iglesia de Señor San Antonio de esta villa, en el Altar de la Virgen de Ánima, todas las misas aplicadas por las Benditas Ánimas del Purgatorio. Siendo voluntad de Diego Saúl, que las misas las dijera el Licenciado don Pedro Rubio de Gaviria, Presbítero, ya difunto, y en su lugar el Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, y por falta de éste el que nombre el dicho síndico del convento de Señor San Antonio. [roto] Otorga que instituye la dicha capellanía con la dote principal de 500 pesos a censo redimible sobre la casa mencionada. Nombra capellán al Bachiller don Rafael de [Olivera], Clérigo de Menores Ordenes, natural de esta villa, hijo legítimo de Antonio de Olivera, difunto, y de Ana Franco de Guzmán, vecina de esta villa; para que a su título pueda ordenarse, ascendiendo al santo presbiterato; y por falta o muerte de éste nombra a Pedro Joaquín [y Miguel] Trillo de Figueroa, naturales de esta villa, [hijos legítimos] de Pedro Trillo de Figueroa, [roto]. Don Lope Antonio de Iribas se nombra patrono de dicha capellanía, asimismo, nombra a los síndicos de dicho convento que le sucedan en dicho sindicato.
Sans titreBenito Gómez Salguero, vecino de esta villa, dijo que por cuanto el 9 de mayo del presente año le fue rematada una casa baja de cal y canto, cubierta de teja, que tiene de frente 25 varas, en solar de 50 de frente y 50 de fondo, en la calle que va de la plaza Pública para el camino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], que fue de Juan Vázquez y doña Teresa de Cala, su mujer difunta, en precio de 1 210 pesos, los 500 de principal de capellanía que están situados sobre dicha casa que es capellán el Bachiller Pedro Rubio de Gaviria, Presbítero, de que se obliga el otorgante a realizar reconocimiento; y los 710 pesos de contado. Por otra parte, el compareciente otorga que reconoce por dueño de los 500 pesos de principal al Bachiller don Pedro Rubio de Gaviria y a pagarle sus réditos en fin de cada un año.
Sans titreBenito Gómez Salguero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Francisco Porrúa y Peña, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], de esta jurisdicción, una casa baja de cal y canto, cubierto de teja, que posee en esta villa, en la calle que sale de la plaza Pública para el camino del dicho pueblo, se compone de una sala en esquina y una recámara, fabricada en 50 varas de frente y 50 de fondo, linda por el oriente con solar de María de las Vírgenes y por el otro lado con solar de Pascuala de Espinosa calle en medio, por el norte con solar de Juan Vázquez y por el sur la calle Real con solar de los herederos de don Diego Dávila Barrientos; dicha casa es la misma que se le remató por ejecución que se siguió contra Juan Vázquez y su mujer Teresa de Cala, por cantidad de 1 400 pesos que debían a los herederos de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco. La vende con el cargo de 500 pesos de principal que sobre ella están cargados a censo redimible de quien es capellán el Bachiller don Pedro Rubio de Gaviria, en precio de 1 210 pesos, los 500 de ellos que se ha de obligar a pagar los réditos y los 710 pesos restantes que le ha dado y pagado en reales de contado.