Juan Morera de Silva, Escribano [de Su Majestad] y vecino de esta villa de Córdoba, que al presente asiste el despacho público y de cabildo de ella [como] teniente del Capitán Juan Jiménez, su propietario, en virtud de mandamiento del superior gobierno de esta Nueva España, otorga poder general al Bachiller don Francisco Fiallo Pimienta, Presbítero, y al Capitán don Pedro Ignacio Rodríguez, vecinos de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre parezcan ante cualquier juez y justicia de Su Majestad, audiencias, tribunales de ambos fueros eclesiásticos y seculares, y sus comisarios y delegados, y pidan se declare pertenecerle cualquier bien que hubiere quedado por fin y muerte de Manuel Morera de Silva, su hermano, hijo legítimo de Antonio Morera de Silva y Pascuala Díaz, difuntos.
FRANCISCO DE LA CONCHA Y CUEVA, JUEZ RECEPTORJuan Morera de Silva, Escribano del Rey y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a Francisco Leandro, Procurador del Número de la Audiencia Ordinaria de la Nueva ciudad de la Veracruz y vecino de ella, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, movido y por mover, que tenga con cualquier persona y como heredero de Manuel Morera de Silva, su difunto hermano.
FELIPE LÓPEZ DEL CASTRILLO, JUEZ RECEPTORLos Capitanes don Antonio de Leiva Esparragosa y don Nicolás Rodríguez Dávila, dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en jurisdicción de esta villa de Córdoba, y Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad, vecinos de esta villa, otorgan poder general en primer lugar a Domingo Bosques, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz; y en segundo al Capitán Juan Alonso Camacho, residente en dicha ciudad, para que en sus nombres obliguen a dicho Juan Morera de Silva como principal, y a Antonio de Leiva Esparragosa y Nicolás Rodríguez Dávila como sus fiadores y principales pagadores, a que pagarán a Su Majestad y en su nombre a su Juez General de Bienes de Difuntos de esta Nueva España, en su Real Caja, la cantidad de pesos que deba pagar a dicho tribunal el mencionado Juan Morera de Silva, por razón del quinto y costas generales de los bienes que quedaron por muerte de Manuel Morera de Silva, su hermano, quien falleció intestado, en virtud de que Juan Morera está declarado por dicho Juez General como su único y universal heredero, otorgando para ello la escritura de obligación y fianza que le sea pedida.
JERÓNIMO DE ACOSTA, JUEZ RECEPTORJuan Morera de Silva, Escribano del Rey y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Pedro Ignacio Rodríguez, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona venda casas altas de piedra y madera que tiene y posee en la dicha Veracruz. Una de ellas está en la calle que va del convento de Nuestra Señora de las Mercedes al del Señor Santo Domingo, misma que hubo y heredó de Antonio Morera de Silva y Pascuala Díaz, sus padres difuntos, y Manuel Morera de Silva, su hermano difunto; y la otra, en la calle que viene de la que llaman de la Condesa a la marina, que hubo y heredó de Adrián Díaz, su tío. Las venda a las personas y precios que ajustare al contado o fiado, entregando las escrituras de venta y de empeño, declarando los censos que sobre ellas están impuestos a favor del convento de Santo Domingo, de manera que por falta de poder, requisito y solemnidad, no deje de hacer cuanto se ofrezca, por lo que se le da éste con libre y general administración.
JUAN DE OSORIO, ESCRIBANO DE CABILDOManuel Morera de Silva, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, otorga poder general a don Francisco Félix Díaz Hidalgo, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para todos sus pleitos, causas, negocios civiles y criminales que tenga contra cualquier persona.
LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTORJuan Morera de Silva, Escribano por Su Majestad y vecino de esta villa de Córdoba, como único y universal heredero de su difunto hermano, Manuel Morera de Silva, nombrado como tal por despacho del señor juez general de bienes de difuntos de esta Nueva España, y que tiene presentado ante la Real Justica de la Nueva ciudad de la Veracruz para que se le entreguen los bienes que quedaron por muerte de su hermano; por lo cual, otorga poder genera al Capitán don Pedro Ignacio Rodríguez, residente en esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, próximo a realizar viaje a la Nueva Veracruz, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos causa y negocios, civiles y criminales, que tenga con cualquier persona. Asimismo, para que demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban. También para que pida y tome cuentas de los bienes de dicho su hermano y arrendamiento de las casas.
FELIPE LÓPEZ DEL CASTRILLO, JUEZ RECEPTOR