El Sargento Esteban de Naval y Pintos, vecino de esta villa de Córdoba, natural del lugar de San Miguel de Marcón en el arzobispado de Santiago de Galicia en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan de Naval y María de Pintos, vecinos de dicho lugar; y María de Madrid, su mujer legítima, vecina de esta villa y natural del pueblo de Orizaba, hija legítima de Tomás de Madrid y de Josefa Pizarro, sus padres difuntos, dijeron que las cosas del descargo de sus conciencias y bien de sus almas se las tienen comunicadas el uno al otro y el otro al otro, por tanto, en aquella vía y forma se otorgan el poder que se requiere para hacer su testamento. Mandan 2 pesos de limosna a Nuestra Señora de Guadalupe y Nuestra Señora del Carmen. Declaran que son casados y durante el cual han tenido por hija legítima a María Eugenia Naval, niña que será de edad de un año. Y para cumplir y pagar su testamento se nombran el uno al otro y el otro al otro por albaceas testamentarios, asimismo, nombran por albaceas al Cabo escuadra Juan [roto]; y nombran por su única y universal heredera a su hija.
Sem título
MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0121
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1706/11/22
Parte de Archivo Notarial de Córdoba