Bernabé de Castro, vecino de esta villa de Córdoba, y natural del puerto de Santoña, de las montañas de Burgos en los Reinos de Castilla, hijo de Bernabé de Castro y de María Magdalena de Collado, otorga su testamento en la forma siguiente: Declara deberle a Juan, el mozo que sirve a Domingo Murzio, a Fernando de Betancur y a Magdalena de Torres. Ítem declara como sus deudores a diferentes personas que aparecen en un libro de cuentas, manda se cobren. Ítem declara por sus bienes una casa de madera y barro, cubierta de tejas; un solar con cargo y gravamen de 120 pesos de principal de censo y 6 de renta anuales; una tienda de géneros que está en la dicha casa; y un caballo. Ítem declara que la dicha Magdalena de Torres se intitula Magdalena de Castro, presuponiendo ser su hija, lo cual no es cierto, respecto a serlo de Hernando de Torres, lo declara para descargo de su conciencia. Ítem declara estar casado con María de Herrera, quien llevó de dote la cantidad de 500 pesos, durante dicho matrimonio procrearon un hijo que falleció en edad pupilar. Ítem declara que tiene un hijo natural, llamado Francisco de Castro. Nombra albaceas a María de Herrera, su mujer, y a Juan Álvarez de Ribera [Rivera]. Por último, nombra como heredera a su mujer, enterado el dicho su hijo natural de la parte que le tocare, conforme el derecho dispone, que es la sexta de sus bienes, para que los hayan cada uno.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0012
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Unidad documental simple
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1695/08/12
Parte de Archivo Notarial de Córdoba
MX UV.USBIX ANX-P-0006-PX_0006_0076
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Unidad documental simple
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27/06/1634
Parte de Archivo Notarial de Xalapa
Alonso Pérez, residente en el ingenio de Nuestra Señora de la Concepción, en esta jurisdicción, dio su poder cumplido a su primo Hernando de Torres, vecino de la ciudad de Los Ángeles, para que en su nombre haga información de cómo es cristiano viejo, descendiente de tales, y de que es soltero en esta Nueva España y en otros reinos de Castilla, y pueda tomar el hábito que más le convenga.