El Bachiller Alonso Rodríguez de Herrera, presbítero, cura y vicario de esta provincia, dio su poder cumplido a Simón de Oliva, el mozo, Teniente de Alcalde Mayor en la antigua ciudad de Veracruz, para que en su nombre reciba y cobre de los albaceas y herederos de Inés Ramírez, morena libre, vecina que fue de la dicha ciudad, 50 pesos de oro común que le quedó debiendo la susodicha de sus salarios y costas personales, en la causa criminal que contra ella siguió el fiscal del Obispado de Tlaxcala.
Cédula Real para evitar que haya confusión en los reinos, por razón de los muchos escribanos ignorantes en el ejercicio de dicho oficio. Se ordena que en adelante no se dé título de Escribano Público a persona alguna, salvo que fuera conocida y examinada por el Consejo de su Majestad y hallado que es hábil e idóneo para ejercer tal oficio, y que la carta de escribanía fuera firmada en sus espaldas, por lo menos de cuatro de los integrantes del consejo, debiendo firmar el acta hasta después del consentimiento del rey. Se ordena que únicamente los escribanos públicos del número sean los que puedan usar el dicho oficio, y que ante éstos puedan realizar contratos de entre partes, obligaciones y testamentos, no teniendo fe ni prueba las escrituras que no pasen por dichos escribanos. Se ordena que los escribanos que no sean del número no se entrometan a recibir tales contratos, so pena de 20 000 maravedís y prisión de su oficio. Se ordena que todos los autos judiciales, protocolos y escrituras públicas hechas por escribanos sean entregados a Francisco Miguel Ferrera, Escribano Público de la jurisdicción de Orizaba, para que los tenga en guarda y fiel custodia en su archivo.