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MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0023 · Item · 1719/03/29
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que el 23 de octubre de 1709 él y el Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, albacea y tenedor de bienes de doña Gertrudis Jaimes Navarro, difunta, tutor y curador de las personas y bienes de sus menores hijos, otorgaron escritura de transacción y concierto por la cual él se obligó a pagar al bachiller como tal tutor, la cantidad de 2 054 pesos, que paraban en su poder del resto de las legítimas de los menores. Cantidad que pagaría a tiempos y plazos, de los que tiene satisfechos 562 pesos 4 reales y 100 pesos que ha de entregar por cuenta del Bachiller a doña Isabel Dávila Barrientos, mujer de don Antonio de Ugalde Aróstigui, por los mismos que le legó y mandó doña Nicolasa de Carvajal y Navarro al susodicho, y solo le restan 1 428 pesos de dicha escritura. Y ahora el Bachiller le ha pedido otorgue nueva escritura del resto, por lo cual, el Capitán don José de Carvajal y Contreras señala debe y se obliga a pagar al Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, la cantidad de 1 428 pesos, de la siguiente manera: primeramente, se obliga a entregar dicha cantidad al bachiller en la ciudad de los Ángeles para el último del mes de junio venidero del presente año; 409 pesos y 3 reales con sus réditos desde primero de febrero próximo pasado del presente año y junto con los réditos de los 1 018 pesos y 5 reales de toda la cantidad y el bachiller le entregará recibo jurídico de la paga. También es condición, que de los 1 018 pesos y 5 reales que quedan en su poder, entregará 509 pesos en la ciudad de los Ángeles en el momento que se los pida el Bachiller don Nicolás, para cuando le avise que doña María Teresa o profesa en religión o se casa. Asimismo, es condición que pagados los réditos y principal de 409 pesos y 3 reales, los que en adelante fueren corriendo de los 1 018 pesos y 5 reales, los irá remitiendo a la ciudad de los Ángeles al Bachiller don Nicolas Ruiz por sus tercios. Otra condición, es que si no se cumpliera alguna de las calidades, ya sea la paga de principal o los réditos en la ciudad de los Ángeles, se entienda por válida toda la cantidad y él se obligará a pagar el principal y sus réditos corridos hasta el día de la paga, además, el que faltare al cumplimiento de esta escritura se entienda por cumplida toda la cantidad.

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MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0064 · Item · 1708/07/06
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Isabel Dávila Barrientos, mujer legítima de don Antonio de Ugalde Aróstigui, vecinos de esta villa de Córdoba, una de las hijas y herederas del Capitán don Diego Dávila Barrientos, difunto, con licencia expresa de su marido, otorga que vende a Nicolás [roto], vecino de esta villa, medio de solar de 25 varas de frente y 50 de fondo ubicado en la calle que sale de la plaza Pública para el camino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], en el cual está fabricada una casa baja cercada de tabla de pino y techada de paja, y linda por una parte con otro medio solar y casa de don Francisco Dávila Barrientos, y por el otro lado calle en medio con casa y esquina de Gaspar Rendón, y hace frente calle en medio con casa del dicho comprador. Y dicho solar lo recibió en donación, junto con su hermano, de doña Margarita Jaimes Alfonso, su madre y ahora lo vende en precio de 140 pesos con su pozo, pila de piedra y una carretada de piedra seca.

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MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0017 · Item · 1707/02/10
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Margarita Jaimes Alfonso, viuda de don Diego Dávila Barrientos, difunto, dijo que habrá tiempo de siete años que su marido falleció, debajo del poder que le otorgó para testar; por cuyo motivo procedió a otorgar su testamento, según se lo había comunicado nombrando defensores y curadores de don Francisco Alonso, don Diego, don Juan, doña Agustina y doña Isabel Dávila Barrientos y otros sus hijos legítimos y herederos del citado difunto; sobre cuyos autos se formaron concursos de tenedores a dichos bienes por cantidades de pesos que quedó debiendo el difunto y se están siguiendo en el oficio público. Y por cuenta de consentimiento y sabiduría de los acreedores y verse imposibilitada le han dejado el uso de una casa baja, techada de paja, fabricada en solar de 50 varas en cuatro, para su habitación. Y es el caso que debiendo como debe infinitas obligaciones dignas de mayores remuneraciones en la asistencia personal que en su casa tienen los dichos Isabel Dávila Barrientos, mujer legítima de don Antonio de Ugalde Aróstigui y don Francisco Dávila Barrientos, sus hijos, por tanto, en aquella vía y forma, otorga que les hace donación de dicho solar y casa, el cual está valuado en 100 pesos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0097 · Item · 1718/11/26
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Nicolás de Armenta y Francisca Ruiz de Moscoso, marido y mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, ella con licencia del susodicho, venden a Pascual de Molina, vecino de esta villa, una casa de piedra y madera, cubierta de teja, en la calle que sale de la plaza Pública para el pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] de esta jurisdicción. Fabricada en solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, mismo que hubo y compró de doña Isabel Dávila Barrientos, mujer de don Antonio de Ugalde Aróstigui. Por una parte, linda con solar de don Francisco Dávila Barrientos; por otro lado, calle en medio, con casa de don Gaspar Rendón; y por otro lado, hace frente con casa de los vendedores. La venden con todas sus entradas y salidas, uso y costumbres, derechos y servidumbres, al precio de 650 pesos de oro común.

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MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0093 · Item · 1719/09/02
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Rafael de Leiva, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, se obliga de pagar al Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, tutor y curador de las personas y bienes de don Antonio y doña María Teresa Carvajal, hijos menores y herederos del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y de doña Gertrudis Jaimes Navarro, y como albacea de doña Nicolasa de Carvajal y Navarro, difunta, también hija y heredera de los susodichos; a saber 6 100 pesos de oro común, cantidad que importó el valor de la casa que se le remató en almoneda por bienes del Capitán don Nicolás [Rodríguez] Dávila, sobre la cual estaban las tutelas [de dichos menores] y réditos que se le debían, y los 100 pesos restantes [roto] dicho tutor en litis y embarazar su paga dicho capitán don Nicolás Rodríguez [Dávila] moviendo nuevo artículo[roto]. De los 1 000 pesos se da por entregado [ilegible]; 600 pesos de ellos quedan en su poder; los 300 de ellos para los tres hijos menores de doña Ana Jaimes Navarro, vecina del pueblo de San Lorenso Serralvo [San Lorenzo Cerralvo] de esta jurisdicción; 200 pesos para don Antonio de Carvajal, hijo de don Gaspar y doña Gertrudis; y 100 pesos para doña María de Ugalde, hija de don Antonio de Ugalde Aróstigui y de doña Isabel Dávila Barrientos, cantidades que le legó por cláusula de testamento doña Nicolasa de Carvajal y Navarro, difunta, ínterin que tomen estado o tengan la edad competente. Y los 481 pesos y 5 reales los pagará para enero de 1721 en poder y por mitad a favor de don Antonio y doña María Teresa de Carvajal, por cuenta y pago de sus legítimas, y se les entregará para cuando tengan la edad competente o tomen estado, y solo de los 6 000 pesos pagará réditos que empezaron a correr desde el día de [roto] del presente año a razón de [5 por ciento] anuales, hipoteca por ello su casa grande que tiene en esta villa.

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MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0045 · Item · 1706/05/07
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Margarita Jaimes Alfonso, viuda del Capitán don Diego Dávila Barrientos, don Antonio de Ugalde de Aróstigui, marido legítimo de doña Isabel Dávila Barrientos, una de las hijas y herederas del dicho Capitán Diego Dávila y de la citada Margarita Jaimes, y los tres de mancomún acuerdo dijeron que el citado difunto ganó mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey, Gobernador y Capitán General que fue de este reino, el 17 de septiembre de 1696, para que en su virtud se le hiciese merced de un sitio de tierra para ganado mayor, a la linde de un trapiche que tuvo en jurisdicción de la Antigua Veracruz. Asimismo, dijeron que al presente don Juan Dávila Barrientos, hijo de Margarita y hermano de Isabel, como uno de los herederos del citado difunto, por lo que le toca, pretende conseguir dicha merced para el uso de dichas tierras y en su efecto les pidió su beneplácito; quienes a su vez le informaron que no tenían intención de cultivar ni poblar dichas tierras. Por tanto, en aquella vía y forma, otorgan que dan su poder y es necesario al citado Juan Dávila Barrientos para que se presente ante el Excelentísimo Señor, Oidores de su Real Audiencia de esta Nueva España, y pida se sirva de hacerle merced de las tierras [que se citan] en dicho mandamiento, mandándole despachos, título real, para que pueda tomar posesión.

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MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0002 · Item · 1710/01/03
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Juan de Ugalde Aróstigui, residente en esta villa y vecino de la ciudad de Tehuacán, como apoderado de doña Isabel Dávila Barrientos, mujer legítima de don Antonio de Ugalde Aróstigui, vecinos de dicha ciudad, otorga haber recibido del Capitán don José de Carvajal y Contreras, albacea, tenedor de bienes y uno de los herederos del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, difunto, la cantidad de 91 pesos 2 reales correspondientes a la manda y obra pía que dejó ordenada don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, la cual originalmente era de 100 pesos pero sólo cupieron en el quinto de sus bienes los dichos 91 pesos y 2 reales, por lo tanto, otorga carta de pago y recibo en forma.

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