Francisco Rodríguez de Olmedo, vecino de la jurisdicción de la villa de Córdoba, natural de la ciudad de la Palma, una de las de Gran Canaria, hijo legítimo de Pedro Rodríguez y Margarita González, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda 50 pesos a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial; 20 pesos a la cofradía del Señor San José de esta iglesia. Declara deber 6 pesos a la mujer de Francisco Machado; manda se ajuste cuenta con Isabel de Rojas, Gaspar Rendón y Juan Rodríguez Calado. Declara debe a los herederos de Benito Rendón, José Tas, Domingo Martín, José Tiburcio Valeriano, a los bienes de Blas Francisco de Oropeza y a don Juan Medrano y Avendaño. Declara por sus bienes una casa de piedra y madera en la villa de Córdoba, sobre la cual está un censo de 260 pesos; un medio solar que linda con Isabel Vázquez; y una hacienda de hacer azúcar con dos suertes de tierras. Nombra a Juan Rodríguez, su nieto, y a Juan de Acosta su sobrino, albaceas testamentarios. Nombra como herederos universales de todos sus bienes a Juan Rodríguez que será de veinte años, a Francisco Rodríguez que será de diecinueve años, a Marcos Rodríguez de dieciséis años, a José Rodríguez de catorce años, a Rafaela Rodríguez de trece años, a Antonia Rodríguez de once años, a Sebastiana Rodríguez de seis años, a Bartolomé Rodríguez de tres años y a Juana Rodríguez de dos años, sus nietos legítimos, hijos de Sebastián Rodríguez y María de Pineda.
Sem títuloFrancisco Rodríguez y María de Pineda, vecinos de esta villa de Córdoba, en nombre de Sebastián Rodríguez, hijo del primero y esposo de la segunda compareciente, vecino y natural que fue de esta villa, en virtud de su poder para hacer testamento lo otorgan como sigue: Declaran que les comunicó que pagaran de sus bienes las cantidades de pesos a las personas siguientes: a Benito Rendón, al Licenciado don Diego García Calvo, a Gaspar Rendón e Isabel de Rojas, al colector que cobra los diezmos de esta jurisdicción, a los bienes de Blas Francisco de Oropeza, a Dionisio Núñez, Andrés Manito, Domingo Martín y a Juan Antonio Ibello, al Capitán Antonio Borria, a Antonio Millán Quijada, Juan Hernández y Antonio de Pineda, a los mozos que han servido en el trapiche nombrado San Sebastián, a Juan Rodríguez Calado, Tomás, Juan de Acosta y José González Moreno, a los propios de esta villa y al Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos. Ítem, les comunicó que den al Santo Cristo de Otatitlán dos velas y una miza rezada. Ítem, declaró el dicho su parte que fue casado con la susodicha María de Pineda, vecina de esta villa, durante su matrimonio tuvieron por hijos legítimos a Juan Rodríguez de edad de dieciocho años, a Francisco de quince, a Marcos de doce, a José de diez, a Rafaela [roto], a Antonio de nueve, a Sebastiana de cinco, a Bartolomé de dos y al póstumo o póstuma de que se halla preñada la citada María de Pineda. Y en virtud del poder los nombró por sus albaceas y tenedores de bienes. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes nombró por sus universales herederos a todos sus hijos, y debido a que son menores de edad nombró a dicho Francisco Rodríguez por tutor y curador ad bona de las personas y bienes de los menores.
Sem títuloEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa y dueño hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que el 12 de mayo de 1708, el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa el entregó por escritura de venta una hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, nombrada Señor San José, en precio de 36 000 pesos en que se incluyen 1 350 pesos de principal que sobre dicha hacienda están a censo, con otros a favor del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, difunto, por razón de las tierras donde está fabricada dicha hacienda; habiendo otorgado, el día 27 de febrero de 1711, escritura de reconocimiento de los 1 350 pesos a favor de los herederos del dicho Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira. Y por cuanto, la parte del convento de señoras religiosas de Santa Clara de la ciudad de la Puebla de los Ángeles le ha mostrado una escritura, con fecha en dicha ciudad a 16 de abril de 1711, otorgada por doña Francisca de Guzmán, viuda de dicho Rivadeneira, en la cual se hace cesión de dichos 1 350 pesos a favor de dicho convento, y en virtud de que el Capitán Juan Rodríguez Calado, Mayordomo actual de los propios y rentas de dicho convento, le ha pedido su reconocimiento y obligación; otorga por la presente que reconoce por dueño y señor de los 1 350 pesos a dicho convento y se obliga a pagar sus réditos del 5 por ciento anual.
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