Juan Rodríguez, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo de Sebastián Rodríguez y María de Pineda, difuntos, otorga su testamento en el que señala lo siguiente: manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco, sepultado en la iglesia parroquial de esta villa delante del altar de Nuestra Señora del Rosario, la forma de acompañamiento y entierro lo deja a voluntad de sus albaceas. Manda se den 10 pesos de sus bienes a Nuestra Señora de Guadalupe del pueblo de Orizaba. Debía a Miguel, del que no sabe su apellido, sobrino del padre Villar. Declara no haber sido casado ni tener hijos legítimos ni naturales. Por bienes suyos señala solamente sus legítimas paterna y materna que están en poder del Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, parte de ella con sus réditos, porque lo demás lo tiene cobrado, asimismo, la parte de su abuelo que está proindiviso y que manda que sus albaceas las ajusten y cobren por sus bienes. Nombra por sus albaceas al Capitán don Gaspar Rendón y Cristóbal Hidalgo, su cuñado, y por tenedor de bienes sólo al Cristóbal Hidalgo y del remanente de sus bienes nombra por herederos a Rafaela y a Antonia Rodríguez, sus hermanas.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Dionisio Serrano y Perea, residente en esta villa, vecino del pueblo de San Juan de Coscomatepeq [Coscomatepec], Comisario del Real Estanco de la Pólvora en esta villa, otorga haber recibido de Cristóbal Hidalgo y Rafaela Rodríguez, su mujer, vecinos de esta villa, por mano del Capitán don Gaspar Rendón, a saber 375 pesos de oro común en reales, los mismos que por escritura se obligaron a pagar al otorgante, de lo que entregó carta de pago, finiquito y cancelación.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOCristóbal Hidalgo, vecino de esta villa de Córdoba, y Rafaela Rodríguez, su mujer, con licencia del susodicho, ambos en mancomún, se obligan de pagar a don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], residente en esta villa, o a quien en su poder hubiere, a saber 375 pesos procedidos de diferentes porciones de pólvora que Cristóbal ha vendido en dieciocho meses que ha administrado el Real Estanco de ella. Cantidad que tienen en su poder y pagarán el día último del mes de junio del presente año, los cuales están en una caja cerrada con llave que es de Francisco Fernández de Sayas, que hoy se haya en la ciudad de la Puebla. Quedando Dionisio obligado en todo tiempo a pasarles en cuenta y data lo que constare haber pagado por sus libranzas luego que le sean demostradas, cuya paga por el tiempo asignado y en la conformidad expresada harán sin pleito alguno. Estando presente Dionisio, aceptó la presente escritura y se obligó a que cada y cuando Cristóbal Hidalgo le entregare las libranzas de su letra y firmada de su mano pagarle en cuenta lo que por ellas hubiere dado y pagado.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALDon Gaspar Rendón, vecino de esta villa de Córdoba, como albacea y tenedor de bienes del difunto Francisco Rodríguez de Olmedo, otorga poder a Cristóbal Hidalgo, marido y conjunta persona de Rafaela Rodríguez, una de las nietas y herederas del difunto, para que en nombre y en representación de su persona siga, prosiga, fenezca y acabe por todas las instancias la demanda que está siguiendo como tal albaceas contra el Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa, sobre el procedido del trapiche que quedó por bienes del difunto, nombrado el Señor San Sevastian [Sebastián], alías el Cortadero. Asimismo, le da poder para que siga y acabe por todas las instancias cualquier pleito, causa y negocio civil y criminal que tenga con cualquier persona, por lo que se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, tachar, abonar, sustituir y relevar.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOSebastián Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba y natural de ella, hijo legítimo de Francisco Rodríguez, vecino de esta villa, y de Sebastiana Hernández Laboracha [sic] difunta, dijo que por cuanto los descargos de su conciencia los tiene comunicados con Francisco Rodríguez su padre y con María de Pineda su mujer, por tanto, en aquella vía y forma otorga que da su poder para que realicen su testamento con todas las cláusulas que les tiene comunicadas. Declara ser casado con María de Pineda, de cuyo matrimonio tiene por hijos a Francisco Rodríguez de quince años, a Marcos Rodríguez de doce años, a José Rodríguez de diez años, a Rafaela Rodríguez de once años, a Antonia Rodríguez de nueve años, a Sebastiana Rodríguez de cinco años, a Bartolomé Lázaro de dos años y al póstumo o póstuma que naciere por hallarse la susodicha encinta. Nombra albaceas testamentarios a Francisco Rodríguez su padre, a su mujer María de Pineda y a su hijo Juan Rodríguez. Por último, nombra por sus universales herederos a todos sus hijos y como curadora de sus personas y bienes a María de Pineda.
ANTONIO LORENZO DE RIASCOS, JUEZ RECEPTORFrancisco Rodríguez de Olmedo, vecino de la jurisdicción de la villa de Córdoba, natural de la ciudad de la Palma, una de las de Gran Canaria, hijo legítimo de Pedro Rodríguez y Margarita González, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda 50 pesos a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial; 20 pesos a la cofradía del Señor San José de esta iglesia. Declara deber 6 pesos a la mujer de Francisco Machado; manda se ajuste cuenta con Isabel de Rojas, Gaspar Rendón y Juan Rodríguez Calado. Declara debe a los herederos de Benito Rendón, José Tas, Domingo Martín, José Tiburcio Valeriano, a los bienes de Blas Francisco de Oropeza y a don Juan Medrano y Avendaño. Declara por sus bienes una casa de piedra y madera en la villa de Córdoba, sobre la cual está un censo de 260 pesos; un medio solar que linda con Isabel Vázquez; y una hacienda de hacer azúcar con dos suertes de tierras. Nombra a Juan Rodríguez, su nieto, y a Juan de Acosta su sobrino, albaceas testamentarios. Nombra como herederos universales de todos sus bienes a Juan Rodríguez que será de veinte años, a Francisco Rodríguez que será de diecinueve años, a Marcos Rodríguez de dieciséis años, a José Rodríguez de catorce años, a Rafaela Rodríguez de trece años, a Antonia Rodríguez de once años, a Sebastiana Rodríguez de seis años, a Bartolomé Rodríguez de tres años y a Juana Rodríguez de dos años, sus nietos legítimos, hijos de Sebastián Rodríguez y María de Pineda.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO