Don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que tiene por su esclavo a José Andrés, mulato, de edad de catorce años, hijo legítimo de Miguel de Hinostroza y de Tomasa de Sandoval, asimismo, mulata esclava que fue de doña Ana González de Velilla Blanco, su madre que ya es difunta, de quien hubo y heredó, y por los buenos servicios que le asiste y por hacerle bien y buena obra, otorga que desde ahora y para siempre jamás ahorra y liberta graciosamente a dicho José Andrés del cautiverio y servidumbre a que está sujeto.
Sem títuloDon Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto hoy día de la fecha otorgó escritura de libertad a José Andrés, hijo legítimo de Miguel de Inostroza y de Tomasa de Sandoval, mulata esclava que fue de doña Ana González de Velilla Blanco, su madre difunta, el cual ha sido y es inclinado a aprender el oficio de carpintero, y para que lo consiga por la presente otorga que pone a dicho José Andrés por tal aprendiz con Salvador Pérez, maestro de carpintero, vecino de esta villa, por tiempo y espacio de cinco años. Durante ese tiempo lo ha de tener en su casa y compañía, sustentándole y enseñándole el oficio de carpintero, y al final de dicho tiempo lo ha de dar oficial suficiente para que gane lo mismo que otro que lo es. Y estando presente Salvador Pérez, habiendo escuchado la presente escritura, otorga que la acepta según como en ella se contiene.
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