Don Pedro [de Aguilar], vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: pide ser sepultado en la iglesia parroquial de esta villa en la capilla de Nuestra Señora de la Soledad. Manda que se den 2 reales a cada una de las mandas forzosas acostumbradas, a la Casa Santa de Jerusalén; para la beatificación del Señor Juan de Palafox y al venerable Gregorio López, que la limosna se pague de sus bienes. Declara que es casado con doña Pascuala de los Reyes. Declara como bienes trece mulas de carga; un caballo ensillado; 25 pesos que le debe Antonio de Robles; una casa de su vivienda que es de madera cubierta de zacate y con el solar que tiene, ésta les pertenece a sus nietos. Nombra por su albacea testamentario y tenedor de bienes al Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, para que entre en ellos, los venda y remate en almoneda o fuera de ella. Y en el remanente que quedara de todos sus bienes, nombra por sus únicos y universales herederos a Ana García de Acevedo, su madre y a Josefa de Aguilar, a Pedro de Aguilar, a Gertrudis de Aguilar, a Mariana y a Lucas de Aguilar, sus nietos; y a Pascuala de los Reyes, su mujer, la mitad de los bienes que tiene.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0088
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Unidad documental simple
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1704/12/17
Parte de Archivo Notarial de Córdoba