Doña Catalina de Esparragosa, viuda de José de Leiva, difunto, y el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, su hijo, vecinos de esta villa de Córdoba, albaceas testamentarios fideicomisarios, en virtud del poder para testar que otorgó su difunto marido, por la presente otorgan y hacen su testamento en la manera siguiente: primero declaran que el dicho José de Leiva falleció en esta villa y fue sepultado en la forma que les ordenó. Ítem, mandó que se dijeran 500 misas rezadas por su alma, 500 misas por el alma de sus padres, entre otras que se mencionan en el acta. Les comunicó que dieran 6 pesos de limosnas a todas las cofradías sitas en la iglesia parroquial de esta villa y en especial a la cofradía de San Juan de las Casillas. Ítem, fue su voluntad que se dieran 400 pesos para la conclusión del colateral para la capilla de Nuestra Señora del Carmen que está en la iglesia parroquial de esta villa; 300 pesos para mandar hacer una campana de plata para la capilla de Nuestra Señora del Carmen; 500 pesos para ayuda de hacer el colateral del altar mayor de la iglesia parroquial de esta villa; 150 pesos para la obra material de esta iglesia parroquial; 150 pesos para la obra del convento de San Antonio; y 350 pesos para la Tercera Orden de Penitencia y su capilla. Ítem declara que dicho difunto ordenó que se sacasen 2 000 pesos y que los pusieren en renta en finca segura, a razón del 5 por ciento, para que, con los réditos, se acudiese a dos de sus hijas religiosas profesas, bajo las condiciones se mencionan en el acta. Ítem, declaró dicho difunto que al tiempo y cuando se casó con la presente otorgante, uno ni otro tenían ni trajeron caudal, durante el matrimonio tuvieron como hijos legítimos a las madres Nicolasa Teresa de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, Religiosas profesas en el convento de Santa Clara en la ciudad de los Ángeles; al Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, difunto, que fue casado con Agustina Jaimes Dávila Barrientos; al Capitán José de Leiva Esparragosa, difunto soltero con hijos naturales; a María de Leiva Esparragosa, difunta, fue casada con don José Gómez Dávila; a don Antonio de Leiva Esparragosa, casado con Margarita Jaimes Dávila. Ítem, les comunicó dicho difunto sus deudas y deudores, como consta de su libro de cuentas. Y en cumplimiento de la última voluntad de dicho difunto, otorgan que en el remanente que quedara de dichos sus bienes, nombran por únicos y universales herederos a sus hijos y nietos, nominados ya en este testamento y nombrados en dicho poder para testar. Así como también les comunicó dicho difunto nombrasen al dicho Antonio de Leiva, por tutor y curador ad bona de las personas y bienes de sus hijos y nietos menores; y de esta manera piden a los señores, jueces y justicias de Su Majestad use y discierna dicho cargo, sin pedirle ninguna fianza. Y del remanente que quedara del quinto de sus bienes se distribuyese y gastase por manos de sus albaceas en hacer un altar o colateral en la iglesia parroquial de esta villa, dedicado al Santo Sepulcro en las condiciones que se mencionan en el acta.
Sans titreJosé de Leiva, vecino de esta villa de Córdoba y natural de ella, hijo legítimo de Juan de Miranda y Leiva y de Ana de Burgos Durán, difuntos, otorga poder para testar a doña Catalina de Esparragosa, su legítima mujer, y a Antonio de Leiva Esparragosa, su hijo legítimo, para que en su nombre hagan, otorguen y ordenen su testamento con todas las cláusulas, mandas, declaraciones, advertencias y legados que les tiene comunicado. Asimismo, declara que es su voluntad que cuando fallezca, sea sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, en el altar de la capilla de Nuestra Señora del Carmen; ordena que se paguen de sus bienes 4 reales a las mandas forzosas y acostumbradas. Declara que es casado con doña Catalina de Esparragosa y durante dicho matrimonio han procreado por hijos a Nicolasa Teresa de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, monjas profesas en el convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, difunto, casado con doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos quién dejó dos hijos menores; al Capitán don José de Leiva Esparragosa, difunto soltero, dejó tres hijos naturales, dos niña y un niño; a doña María de Leiva Esparragosa, difunta, que fue casada con don José Gómez Dávila, también difunto de cuyo matrimonio dejó a tres hijos menores; y don Antonio de Leiva Esparragosa, casado con Margarita Jaimes Dávila. Además, dijo que al tiempo y cuando casó a dichos sus hijos e hijas les dio por cuenta de las legítimas las porciones y cantidades correspondientes. Nombra por albaceas testamentarios a doña Catalina de Esparragosa, su mujer y a Antonio de Leiva, su hijo, y como herederos universales a todos sus hijos y nietos. Y usando de la patria protestad y valiéndose de las leyes que lo permiten nombra por tutor y curador de las personas y bienes de sus nietos en los que se hayan en edad de minoría al dicho Capitán don Antonio de Leiva, su hijo, pide y suplica a los señores jueces y justicia de Su Majestad que le disciernan el cargo.
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