Ignacio de Loyola Fuentes, residente en el pueblo de Jalapa, natural del ingenio nombrado El Chico, hijo legítimo de Nicolás de Fuentes y de María de los Santos, difuntos, otorga su testamento donde declara tener entre sus bienes heredados por sus padres lo que tiene en su poder su padrastro Salvador Jiménez, vecino de la Jurisdicción de La Antigua Veracruz. Declara ser soltero, que no debe nada y a él le debe 2 yeguas Juan Maldonado, vecino de Coatepec, a 4 pesos cada una a cuya cuenta tiene recibidos 5 pesos. Nombra como albacea al Capitán Bartolomé de Castro y como heredera a Teresa de Jesús, su hermana.
Doña María Manjarrez Azañón, natural de la ciudad de los Ángeles y vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Alférez Juan Maldonado, hija legítima de Francisco Manjarrez y de doña Inés de Azañón, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que fue casada con el Alférez Juan Maldonado, que llevó por dote 5 000 pesos y durante dicho matrimonio procreó a doña Josefa Maldonado, mujer del Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa. Para mayor justificación de los bienes que tiene, hace inventario de ellos, entre los que destacan: piezas de plata, muebles, ropa de cama, ropa y artículos personales, un almirez con su mano, un negro nombrado Félix, criollo de treinta años más o menos. Ordena que las piezas de plata se le den a Francisco, su nieto que será de edad de trece años, queden en poder del Capitán Pedro López del Castrillo, padre de su nieto, para que se las entregue cuando tenga edad de administrar. Y para cumplir y pagar este testamento nombró por albacea y tenedor de bienes al dicho Capitán Pedro López del Castrillo; y del remanente de sus bienes nombra por su única y universal heredera a doña Josefa Maldonado, su hija.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Joseph de Segura y Sevallos [José de Segura y Ceballos], vecino de esta villa, otorga que debe a doña María de Manjarres [María de Manjarrez Azañón], viuda del Alférez Juan Maldonado, vecina de esta villa, 500 pesos de oro común en reales que por buena obra le ha prestado y se obliga a pagar dicha cantidad, los 250 de ellos para fin de año y los restantes para el mes de junio del año entrante.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán Pedro López del Castrillo y doña Josefa Maldonado su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto es su intención fundar una capellanía de misas rezadas para su alma, las de sus padres y las demás de su intención, por lo que reduciendo a escritura, otorgan que instituyen la capellanía con la dote, número de misas, nombramientos de capellanes propietarios, patronos, con las calidades, condiciones y cláusulas siguientes: Lo primero, dotan la capellanía en 3 000 pesos de oro común de principal que aplican y sitúan en el valor y precio de todos sus bienes, en dos haciendas de trapiche de hacer azúcar nombradas la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora y el otro nombrado San Francisco de Padua [Paula], ambos valuados en precio de 56 311 pesos y 4 reales; y especialmente y señaladamente sobre las casas altas de su morada de piedra y madera, cubiertas de teja, que la dicha doña Josefa Maldonado heredó de su padre Juan Maldonado, ubicadas en el camino que va para el camino Real de la Veracruz, apreciada en precio 9 653 pesos de oro común; por lo que se obligan a que durante sus vidas pagarán al capellán 150 pesos de censo tributo y rédito en cada un año desde el día en que se haga colación. Como instituyentes y fundadores de esta capellanía nombran por primer capellán al Bachiller Pedro Pablo López del Castrillo, su hijo, que se halla estudiando en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y por su fin y muerte nombran por capellanes propietarios a Juan, Jerónimo, Nicolás y Antonio Romualdo López del Castrillo, asimismo sus hijos legítimos; por falta de los susodichos nombran por capellanes propietarios a don Miguel, [roto] y don Bernardo de Valero y Grajeda, sus nietos, hijos legítimos de don Juan Valero Grajeda y de doña Gertrudis López del Castrillo, su hija; y por falta de los citados nombran capellanes propietarios a los parientes más cercanos; los cuales dichos capellanes y cada uno en su tiempo, han de tener obligación de celebrar perpetuamente veinticinco misas rezadas en el punto y lugar que les pareciere por la limosna de 6 pesos cada una en los días que les pareciere. Y como instituyentes de esta capellanía se nombra el dicho Pedro López del Castrillo por primer patrono de ella y por su muerte se nombra la dicha doña Josefa Maldonado por tal patrona, y después de sus días la han de suceder los capellanes que fueron nombrados, cada uno en su tiempo y lugar. Es su voluntad que el capellán lleve la renta y diga las veinticinco misas desde el día que se hiciere colación de esta capellanía. Finalmente, piden y suplican al ilustrísimo señor obispo de este obispado, venerable cabildo sede vacante de la santa iglesia catedral de la Puebla de los Ángeles, admita la capellanía y erija su principal en bienes espirituales y beneficio eclesiástico colativo para su mayor perpetuidad.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Roballo, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que ha recibido de Joseph [José] Rodríguez, vecino de esta dicha villa, 160 pesos de oro común, por otros tanto que el susodicho como principal, y Agustín [Ruiz de] Villanueva como su fiador, le estaban debiendo por escritura de obligación; en razón de ello cancela dicha escritura.
JUAN MALDONADO, JUEZ RECEPTORMartín del Pino, moreno libre, maestro de albañil, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta villa de Córdoba, dijo que a pedimento del Doctor Joseph [José] Valero [de] Grageda [Grajeda], Cura por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico en esta villa y su jurisdicción, ha llegado a esta villa a ver y reconocer la obra material de la iglesia parroquial de ella, ya empezada a hacer, para que ajustándose con Su Merced continúe en acabarla. También declara que en la presente fecha acordó con su Merced para efecto de asistir a trabajar en dicha obra, y por tanto en aquella vía y forma otorga que se obliga a trabajar en dicha obra y acabar el crucero de la iglesia parroquial de esta villa, dándole para ello todos los materiales necesarios; y acabada que sea, dicho cura ha de pagarle 700 pesos de oro común, a cuyo cumplimiento se obliga con su persona y bienes habidos y por haber. Finalmente, señala que de la dicha cantidad se le han de dar en la ciudad de la Nueva Veracruz, 100 pesos de contado para el avío de venir a esta villa a trabajar en la obra; y los 600 pesos restantes se le darán conforme “le cupiere a cada pieza que [sobre] cuatro bóvedas grandes, dos chicas y el cimborrio”.
JUAN MALDONADO, ALCALDE ORDINARIOAgustín Ruiz de Villanueva, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto en la cárcel pública de ella está preso Joseph [José] Rodríguez, por cantidad de 160 pesos de oro común que le está debiendo a [Juan] Roballo, vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda de los Reinos de Castilla, residente en esta villa, quien le ha pedido salga como su fiador; por lo que a través de la presente se obliga de dar y pagar a Roballo, dentro de veinte meses, que empiezan a contarse desde hoy día de la fecha en adelante, a cuya firmeza obliga su persona y bienes habidos y por haber.
JUAN MALDONADO, ALCALDE ORDINARIOJuana Hernández, vecina de esta villa de Córdoba, a nombre propio y en el de sus hijos y herederos, otorga que vende a Bartolomé Moyano, vecino de esta villa, medio solar que posee en esta villa, junto a la lagunilla, que hubo y compró de Nicolás Gómez, vecino de Orizaba; dicho solar tiene 25 varas de frente y 50 de fondo, que por la parte del oriente linda con casa y solar suyo, calle en medio, por el poniente con casa y solar del Alguacil Mayor Francisco de Solís y por el sur con otro medio solar de Matheo [Mateo] Valero, vecino de esta villa. Lo vende libre de censo, empeño e hipoteca, en precio de 31 pesos de oro común, que tiene recibidos de contado.
JUAN MALDONADO, ALCALDE ORDINARIOMiguel de Paz, hijo legítimo de Juan de Paz y María Rodríguez, difuntos, vecinos que fueron de la isla de Garachico, de donde es natural, vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se den limosnas a los lugares santos de Jerusalén; y 6 pesos a Nuestra Señora de Cosamaluapa [Cosamalopan]. También declara que tiene deudas con Juan García de Miranda, Lorenzo de Guzmán, el Regidor Francisco Valero [Grajeda], el Ministro Luis de Ulloa y Miguel de Leyva. Por otra parte, señala que a él le deben Joseph [José] de Padilla, Tomás Becerra, Pascual, negro mayoral de hacienda, Joachín [Joaquín] de Mora, todo lo cual manda se cobre. Menciona que está casado con Juana Dorantes, quien no llevó nada al matrimonio y él tenía de capital 200 pesos, no han procreado hijos. Por sus bienes señala una casa de vivienda cercada de palos y barro, cubierta de tajamanil, con el solar en que está construida, la cual dicha casa fundada en medio solar se la deja a su mujer; y el otro medio solar lo deja para que con lo que valiere se ayude a pagar este testamento. También señala por sus bienes caballos, dos sillas jinetas, yeguas, dos aderezos de espadas y daga; herramienta de su oficio de barbero; el menaje de su casa del que manda sus albaceas hagan inventario. Nombra por sus albaceas al Licenciado [Antonio] de Santa Marina, [Pedro García de Meza] y a la dicha Juana Dorantes, su mujer; por únicos herederos nombra a la dicha su mujer y a Francisca, niña que él y su mujer han criado en su casa, como su hija.
JUAN MALDONADO, ALCALDE ORDINARIOMaría Fernández de [la Fuente], vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Gaspar González Navarro, por ella y en nombre de sus herederos otorga que vende a Joseph [José] de Amaya, vecino de esta dicha villa, medio solar eriazo, que tiene en esta villa, de 25 varas de frente y 50 de fondo, el cual linda por la parte del oriente con medio solar de los herederos de Domingo Antonio Gomes [Gómez]; por el poniente con solar de Marcos Blanco; por el norte con casas de doña Gertrudis de Gatica; y por el sur con solar de Lorenzo de Guzmán. Dicho solar lo heredó del citado Gaspar González, su marido, que le compró de Juan Serrano, vecino del pueblo de Tehuacán. Lo vende por precio de 60 pesos de oro común.
JUAN MALDONADO, JUEZ RECEPTOR