Affichage de 8 résultats

Description archivistique
Sans titre
MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0052 · Pièce · 1714/04/21
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Antonia Clara de Rivadeneira, vecina de esta villa de Córdoba, mujer del Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, residente en la ciudad de la Puebla de Los Ángeles, otorga poder para que en nombre y en representación su persona imponga una capellanía de 3 000 pesos de principal en la finca que le pareciere, para que con el título de ella se pueda ordenar el Bachiller don Gaspar López de Sagade Bugueiro, su hijo, que se encuentra cursando estudios en la citada ciudad.

Sans titre
Sans titre
MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0016 · Pièce · 1717/03/27
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Don José de Segura y Ceballos, natural y vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el 26 de noviembre de 1716 contrajo matrimonio con doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, hija del Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro y de doña Antonia Clara de Rivadeneira, y al tiempo de dicho matrimonio se le prometieron en dote 8 000 pesos en reales, incluyendo 400 pesos en el valor de una negra nombrada María de la Cruz. Y ahora, por la presente a solicitud de los padres de su mujer, otorga haber recibido [roto] incluyendo a la negra, y entrega recibo en forma y el escribano dio fe de ello y señaló haber visto la entrega [roto] que junto con 6 000 pesos que el otorgante señala [roto] dicha su mujer en arras propter [roto] de su virginidad y limpieza hacen 14 000 pesos, mismos que se obliga a tener en su poder en la mejor forma y mejor parados de sus bienes y los devolverá [roto] y los entregará a su mujer o a sus padre sin pleito alguno, para lo cual obliga sus bienes habidos y por haber.

Sans titre
Sans titre
MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0104 · Pièce · 1719/10/14
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Don Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder especial a don Antonio Díez de Bustamante, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en nombre y representación de persona lo obligue a favor del convento de señoras religiosas de la Santísima Trinidad de dicha ciudad, a que pagará cada año a dicho convento la cantidad de pesos que se regulare deber, por razón del piso en dicho convento de doña Jerónima [Sagade] y Isabel de Sagade, niñas, sus hijas legítimas y de doña Antonia Clara de Rivadeneira, su mujer difunta, en razón de ello entregue la escritura de obligación que le fuere pedida.

Sans titre
Sans titre
MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0002 · Pièce · 1720/01/03
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Don Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de doña Antonia Clara de Rivadeneira, su legítima mujer, en virtud del poder para testar que le otorgó en la ciudad de los Ángeles, bajo el cual falleció, otorga por la presente el testamento de su mujer según y cómo se lo dejó comunicado: Declara que su cuerpo fue sepultado en la iglesia del convento de la Santísima Trinidad, debajo de la lámpara del Santísimo Sacramento. Ordena se dé una mantellina de tisú al Patriarca Señor San José de la parroquia de esta villa. Manda se imponga una renta sobre sus fincas para menesteres y chocolate de sus hijas, la Madre Antonia de San José y la Madre María de la Santísima Trinidad, Religiosas que son del convento de la Santísima Trinidad de la ciudad de los Ángeles. Declara para que conste, que al tiempo que fundaron las capellanías de 3 000 pesos cada una, que gozan el Licenciado don José López de Sagade Bugueiro y don Gaspar López de Sagade Bugueiro, sus hijos, habían de ser del quinto de los bienes de cada uno y cinco del demás caudal o del remanente del tercio donde cupieran. Es su voluntad que la alfombra grande se le diese al dicho convento de la Santísima Trinidad para que sirviese en las funciones de su iglesia. Declara haber sido casada con el otorgante, quien recibió de dote 3 000 pesos y él tenía otros 3 000 pesos; y durante dicho matrimonio procrearon al Licenciado don José de Sagade, Presbítero, de veintisiete años de edad; a don Gaspar López de Sagade Bugueiro, Presbítero, de veintiséis años; a la Madre Antonia de San José y a la Madre María de la Santísima Trinidad, Religiosas Profesas de Velo y Coro de dicho convento, la primera de veintidós años y la segunda de veinte; a doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, de diecisiete años, mujer legítima de don José de Segura y Ceballos; a doña Clara [López de Sagade Bugueiro], de doce años; a doña Jerónima[López de Sagade Bugueiro], de diez años; y a doña Isabel López de Sagade Bugueiro, de ocho años. Nombra herederos a sus hijos don José, don Gaspar, doña Gertrudis, doña Clara, doña Jerónima y doña Isabel López de Sagade; declara que no instituye como herederas a sus dos hijas religiosas porque en los testamentos que otorgaron al tiempo de sus sagradas profesiones, hicieron renuncia de sus legítimas a favor de sus padres. Se nombra el otorgante como tutor y curador ad bona de sus menores hijas.

Sans titre
Sans titre
MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0008 · Pièce · 1717/02/12
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Don José de Segura y Ceballos, vecino de esta villa de Córdoba, marido y conjunta persona de doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, hija del Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro y de doña Antonia Clara de Rivadeneira, otorga poder al Licenciado don Antonio de Bustamante para que en nombre y en representación de su persona, demande y cobre judicial o extrajudicialmente de la persona o personas en cuyo poder paren los 200 pesos de la obra pía que dejó para la susodicha e instituyó José Ibáñez de Zubiate, vecino que fue del valle de Tecamachalco, como consta del testimonio que le será remitido de los autos hechos en razón de lo que en él se contiene, dado por José Monte y Gallo, Notario Público del Juzgado de Causas Decimales y Obras Pías, a los 25 de noviembre de 1716. De lo que recibiere entregue los instrumentos que se le pidan, y si por dicha cobranza fuere necesario contienda de juicio parezca ante los señores jueces y justicias de Su Majestad, haga pedimentos, requerimientos [roto].

Sans titre
Sans titre
MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0088 · Pièce · 1707/06/25
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Capitán don Tomás López de Sagade y de doña María de Brito Lomelín, difuntos; y doña Antonia Clara de Rivadeneira, su legítima mujer, natural del pueblo de Tecamachalco de la jurisdicción de la ciudad de Tepiaca [Tepeaca], hija legítima del Capitán don Francisco de Rivadeneira y de doña Leonor de Zubiate y Arévalo, vecinos de dicho pueblo, dijeron que por cuanto las cosas del descargo de sus conciencias y bienes de sus almas se las tienen comunicadas el uno al otro y el otro al otro; por tanto, en aquella vía y forma otorgan poder el uno al otro y el otro al otro para que puedan hacer y otorgar su testamento con el número de misas, mandas, legados, declaraciones, obras pías y las demás cosas que se tienen comunicado. Declaran que habrá tiempo de dieciséis años que contrajeron matrimonio, en el tiempo en que se efectuó dicho matrimonio tenía el citado Alonso López 4 000 pesos y doña Antonia Clara llevó de dote 3 000 pesos, durante él han tenido por hijos legítimos a José que será de edad de quince años, a Gaspar de catorce, doña Antonia de doce, doña María de diez y doña Gertrudis de cinco. Y para cumplir y pagar este testamento nombran el uno al otro y el otro al otro por albacea y tenedor de bienes, y en el remanente que quedare de sus bienes nombran por universales herederos a los citados sus hijos. Finalmente, dijeron que debido a que sus hijos son menores se nombraban el uno al otro y el otro al otro como tutores y curadores ad bona de sus personas y bienes.

Sans titre
Sans titre
MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0105 · Pièce · 1719/10/16
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Don Alonso López de Sagade, vecino de esta villa de Córdoba y natural de ella, hijo del Capitán don Tomás López de Sagade Bugueiro y de doña María de Brito Lomelín, difuntos, otorga poder para testar al Bachiller don José López de Sagade Bugueiro y al Bachiller don Gaspar López de Sagade Bugueiro, sus hijos, para que en nombre y en representación de su persona en los términos que dispone la ley 33 de Toro, puedan hacer y otorgar su testamento. Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco, la forma de entierro y acompañamiento deja a voluntad de sus albaceas. Declara habrá tiempo de veintiocho años poco más o menos contrajo matrimonio con doña Antonia Clara de Rivadeneira, difunta, quien llevó de dote y propio caudal 3 000 pesos y él tenía 1 000 pesos, durante su matrimonio procrearon a los Bachilleres don José y don Gaspar; a doña Antonia y a María, Religiosas Profesas de Velo y Corona; a doña Clara, Jerónima e Isabel que, asimismo, se hallan reclusas en el convento de la Santísima Trinidad de la ciudad de los Ángeles; y a doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro. Señala que al tiempo que se casó su hija Gertrudis le dio en dote 8 000 pesos. Nombra por sus albaceas a don José y Gaspar, sus hijos, y por herederos a todos sus hijos. Usando de la patria potestad de sus menores hijas, les nombra por sus tutores y curadores a los Bachilleres José y Gaspar.

Sans titre
Sans titre
MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0095 · Pièce · 1703/06/25
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Antonia Clara de Rivadeneira, vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima de don Alonso López de Sagade Bugueiro, también vecino de ella, con licencia de éste, otorga poder a dicho su marido para que la obligue juntamente con él, a favor de cualesquiera conventos, tribunales, capellanías, obras pías, cofradías o persona particulares que le quieran dar hasta en cantidad de 3 000 o 4 000 pesos de oro común, los cuales los imponga, constituya y cargue a censo redimible sobre sus personas y bienes, especialmente, sobre una hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción Toluquilla, en la jurisdicción de esta villa.

Sans titre