Diego de Palma, vecino de esta villa de Córdoba, marido y conjunta persona que fue de doña Teresa de Jáuregui, su mujer difunta, quien le otorgó poder para testar su fecha en esta villa a 20 de octubre de 1696; dijo que usando de dicho poder y conforme a lo que le comunicó la susodicha, hace y dispone su testamento en la siguiente manera: Declara que fueron casados y al tiempo que contrajeron matrimonio su mujer trajo como dote 400 pesos en reales, los cuales entraron en su poder y durante dicho matrimonio no procrearon hijos. También, le comunicó su mujer que le diese a Serafina de Aguilar, su sobrina, hija del Alférez Juan de Aguilar y de María Rodríguez, difuntos, vecinos que fueron de esta villa, 100 pesos luego que tome estado o tenga veinticinco años cumplidos. Asimismo, le diese 300 pesos a Bernarda, niña de diez a once años, hija de Luis Fernández de Andrade y de doña Juana de Jáuregui, vecinos de esta villa, luego que tome estado o tenga veinticinco años cumplidos. Declara que su mujer ordenó separar 1 000 pesos de sus bienes para la obra que secretamente le comunicó. Se nombra como albacea testamentaria y tenedor de bienes de su mujer, asimismo, se nombra como su heredero universal.
Sans titre
MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0079
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Pièce
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1703/06/08
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba