Domingo Martín, vecino de esta villa de Córdoba y natural de las islas Canarias en la de Lanzarote y villa de Tiguissa [Teguise], hijo legítimo de Sebastián Fernández y de María Martín, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que hace veinte años, poco más o menos, contrajo matrimonio con Melchora de los Reyes, no llevando caudal alguno por ser pobres, de cuyo matrimonio procrearon a Melchora María, de quince años de edad; Ángela Martín, de once años; Diego Martín, de 10 años; Sebastián Martín, de ocho años; Domingo Martín, de siete años; Esteban Martín, de cinco años; Juana Martín, de dos años; y María Josefa, de diez meses. Declara por bienes la casa de su morada, edificada en medio solar y en él un pozo y pila, frontera al mesón, por la parte del norte; por la del sur con casa de Ignacio Díaz; por el poniente con casa de Felipa Martínez Carenzo; y por el oriente con casa de José Gómez de Arévalo. Declara tener en dicha casa una tienda de géneros de España y de la tierra y menudencias, que valdrá como 250 pesos más o menos. Declara tener un poco de tabaco en pila, que será como 1 200 cabeceados. Declara tener un rancho en el monte de Totutla, en tierras de esta villa, que tiene arrendado a Francisco Rodríguez. Nombra por albaceas a la dicha Melchora de los Reyes y a Francisco de Lugo, su compadre, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec]; y por tenedora y curadora ad bona de bienes a dicha su mujer. Nombra como herederos a sus hijos.
Sans titreDomingo Martín, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que compró Lorenzo de Guzmán, vecino de esta villa, un solar con unas paredes de cal y canto y un pozo con su brocal de piedra, en cantidad de 300 pesos, de los cuales 100 pesos pagó al contado y el resto en tiempos y plazos que se obligó a pagar, y habiéndose cumplido el plazo en que debió pagar dicha cantidad, no lo hizo por hallarse sin ella, por cuya razón Lorenzo de Guzmán presentó escrito pidiendo le pagase dicha cantidad y por defecto se ejecutase su persona y bienes, lo cual se puso en ejecución. Y para excusar semejante daño y seguimiento, ha convenido con Lorenzo de Guzmán devolverle dicho solar, paredones y pozo en la conformidad que estaba, perdiendo los 100 pesos que le había dado al contado, volviendo a poder de Guzmán dicho solar para que disponga de él como le parezca.
Sans titreFrancisco Rodríguez de Olmedo, vecino de la jurisdicción de la villa de Córdoba, natural de la ciudad de la Palma, una de las de Gran Canaria, hijo legítimo de Pedro Rodríguez y Margarita González, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda 50 pesos a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial; 20 pesos a la cofradía del Señor San José de esta iglesia. Declara deber 6 pesos a la mujer de Francisco Machado; manda se ajuste cuenta con Isabel de Rojas, Gaspar Rendón y Juan Rodríguez Calado. Declara debe a los herederos de Benito Rendón, José Tas, Domingo Martín, José Tiburcio Valeriano, a los bienes de Blas Francisco de Oropeza y a don Juan Medrano y Avendaño. Declara por sus bienes una casa de piedra y madera en la villa de Córdoba, sobre la cual está un censo de 260 pesos; un medio solar que linda con Isabel Vázquez; y una hacienda de hacer azúcar con dos suertes de tierras. Nombra a Juan Rodríguez, su nieto, y a Juan de Acosta su sobrino, albaceas testamentarios. Nombra como herederos universales de todos sus bienes a Juan Rodríguez que será de veinte años, a Francisco Rodríguez que será de diecinueve años, a Marcos Rodríguez de dieciséis años, a José Rodríguez de catorce años, a Rafaela Rodríguez de trece años, a Antonia Rodríguez de once años, a Sebastiana Rodríguez de seis años, a Bartolomé Rodríguez de tres años y a Juana Rodríguez de dos años, sus nietos legítimos, hijos de Sebastián Rodríguez y María de Pineda.
Sans titreDomingo Martín, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de la dicha villa, una esclava negra nombrada María Josefa, que es la misma que hubo y compró del Capitán don Damián Pereira de Araujo, Factor que fue del asiento de negros esclavos; la vende por esclava cautiva en precio de 350 pesos de oro común.
Sans titreDon Diego Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba, Regidor en ella por Su Majestad y Procurador de ella por su Muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, con facultad de arrendar sus tierras de propios, otorgar escrituras, cobrar sus rentas, otorgar recibos y seguir sus pleitos, por la presente otorga en arrendamiento a Melchora de los Reyes, vecina de esta villa, viuda de Domingo Martín, 2 caballerías de tierra pertenecientes a los propios de esta villa, en el monte de Totutla, por tiempo de nueve años a partir del primero de enero de este año, a razón de 12 pesos 4 reales anuales que se obliga a pagar al Ilustre Ayuntamiento de esta villa. Dichas tierras lindan desde la ceiba que corre de norte [roto] al arroyo que llaman de la Balsa; linda por otra parte con el camino real que va para la Nueva ciudad de la Veracruz hasta llegar a la mojonera que está en dicho camino, a embestir con dicho arroyo corriendo para el norte.
Sans titreDon Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento al Cabo de Escuadra Ignacio Díaz de Aday Perdomo, vecino de la villa de Córdoba, 2 caballerías de tierra que pertenecen a este cabildo, en el monte que llaman de Totutla, legua y media de esta villa, las cuales lindan por la parte del oriente con tierras que este cabildo tiene arrendadas a Melchora de los Reyes, viuda de Domingo Martín y hoy mujer legítima de Diego Antonio de Villegas; por el poniente linda con otras tierras de dicho cabildo; por el sur con el camino real; y por el norte río Seco. Las arrienda por nueve años y precio de [roto].
Sans titreLorenzo de Guzmán, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Domingo Martín, vecino de esta villa, un solar de 50 varas de frente y 50 de fondo donde están labradas unas paredes de cal y canto enrazadas y un pozo con su brocal de cal y canto, el mismo que compró de Francisco Moreno Pimienta, vecino de esta villa. Dicho solar está en la Lagunilla y linda por una parte con solar de José Milián y por otra con el de Nicolás Montero; por el sur con casa y solar que fue de Bernabé de Castro, difunto, calle en medio. Lo vende en precio de 300 pesos de oro común, de los cuales 200 pesos pagará para fin de junio del año que viene de 1703.
Sans titreLorenzo de Guzmán, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a José Díaz de Haro, vecino de esta dicha villa, un solar de 50 varas de frente y 50 de fondo; y en él unos paredones labrados de cal y canto y un pozo con su brocal, que es en el barrio de la Lagunilla, que linda por una parte con solar que fue de Antonio Arévalo; por otra con José Milián; y hace frente, calle en medio, con casa y solar que fue Bernabé de Castro; que es el mismo que compró de Domingo Martín, vecinos de esta villa. Lo vende por libre de empeño, enajenación, hipoteca por precio [roto] pesos de oro común horros de alcabala, que confiesa haberlos recibido en reales de contado.
Sans titreSebastián Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba y natural de ella, hijo legítimo de Francisco Rodríguez y de Sebastiana Hernández Laboracha [sic], difunta, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con María de Pineda, vecina de esta villa, durante su matrimonio procrearon por sus hijos legítimos a Juan Rodríguez de dieciocho años, a Francisco de quince, a Marcos de doce, a José de diez, a Rafaela de doce, a Antonia de nueve, a Sebastiana de cinco, a Bartolomé Rodríguez de dos años y al póstumo de que se halla preñada. Declara que debe a las siguientes personas: Benito Rendón, Gaspar Rendón, Isabel de Rojas, Licenciado don Diego García Calvo, a los bienes de Blas Francisco de Oropeza, a Dionisio Núñez, Andrés Manito, Domingo Martín, Juan Antonio Ibello, Antonio Borria, Antonio Milián, Antonio de Pineda, Juan Rodríguez, don Tomás, Juan de Acosta, a San José, al Santo Cristo de Otatitlán, José González Moreno, a los propios de esta villa. Nombra albaceas testamentarios a su padre Francisco Rodríguez, a su mujer María de Pineda y a Juan Rodríguez su hijo. Nombra herederos a todos sus hijos.
Francisco Rodríguez y María de Pineda, vecinos de esta villa de Córdoba, en nombre de Sebastián Rodríguez, hijo del primero y esposo de la segunda compareciente, vecino y natural que fue de esta villa, en virtud de su poder para hacer testamento lo otorgan como sigue: Declaran que les comunicó que pagaran de sus bienes las cantidades de pesos a las personas siguientes: a Benito Rendón, al Licenciado don Diego García Calvo, a Gaspar Rendón e Isabel de Rojas, al colector que cobra los diezmos de esta jurisdicción, a los bienes de Blas Francisco de Oropeza, a Dionisio Núñez, Andrés Manito, Domingo Martín y a Juan Antonio Ibello, al Capitán Antonio Borria, a Antonio Millán Quijada, Juan Hernández y Antonio de Pineda, a los mozos que han servido en el trapiche nombrado San Sebastián, a Juan Rodríguez Calado, Tomás, Juan de Acosta y José González Moreno, a los propios de esta villa y al Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos. Ítem, les comunicó que den al Santo Cristo de Otatitlán dos velas y una miza rezada. Ítem, declaró el dicho su parte que fue casado con la susodicha María de Pineda, vecina de esta villa, durante su matrimonio tuvieron por hijos legítimos a Juan Rodríguez de edad de dieciocho años, a Francisco de quince, a Marcos de doce, a José de diez, a Rafaela [roto], a Antonio de nueve, a Sebastiana de cinco, a Bartolomé de dos y al póstumo o póstuma de que se halla preñada la citada María de Pineda. Y en virtud del poder los nombró por sus albaceas y tenedores de bienes. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes nombró por sus universales herederos a todos sus hijos, y debido a que son menores de edad nombró a dicho Francisco Rodríguez por tutor y curador ad bona de las personas y bienes de los menores.
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