Mostrando 21 resultados

Descripción archivística
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0036 · Unidad documental simple · 1718/06/14
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa y natural de la ciudad de Sevilla en los reinos de Castilla, hijo de don Andrés Pibot de Ávila y de doña Inés María de Herrera y Tapia Ovalle y Molina, difuntos; y doña Josefa María del Castillo de Altra, su mujer, natural de esta villa e hija de don Hipólito del Castillo de Altra, natural de la puebla de los Ángeles, y de doña Nicolasa del Monge y Mendoza, natural de la ciudad de Tehuacán, difunta. Ambos de mancomún y lo que a cada uno toca, otorgan su testamento en la manera siguiente: Mandan que sus cuerpos sean sepultados en el convento del Señor San Antonio de Descalzos del Señor San Francisco sita en esta villa, delante o al pie del altar de Nuestra Señora de los Dolores y para ello tienen patente del Reverendo Padre Fray Antonio Gamón, de la provincia de San Diego de esta Nueva España. Declaran son patronos del convento de Nuestra Señora de la Merced Redención de Cautivos y de ello tienen patente para que se les sepulte en el convento, con mortaja del hábito y cuerda del Señor San Francisco. Señalan estar casados y a cuyo matrimonio don Francisco Pibot llevó por propio caudal la cantidad de 7 000 pesos en esclavos, reales, frutos y dependencias de caudal del que no hizo inventario, y doña Josefa María del Castillo de Altra llevó por bienes dotales 2 758 pesos que fue lo que le tocó de la parte materna, y el dicho su marido la dotó en cantidad de 1 500 pesos; y de dicho matrimonio han procreado a Joaquín Antonio Francisco Pibot Tapia del Castillo y Monge. Declaran tienen una memoria que consta de 40 fojas, mandan que se ejecuten las cláusulas ahí contenidas como si fueren insertas a la letra en este testamento. Francisco, declaró que en la ciudad de Sevilla tiene distintos derechos y acciones de lo que tiene escrita algunas cartas y enviado poder y hecho otras diligencias, especialmente en el testamento de doña Agustina de Tapia y Galarza, su abuela, que constan en papeles en los que manda a sus albaceas y herederos hagan las diligencias pertinentes hasta que se les paguen dichos derechos. Ambos declaran que son esclavos de la Virgen María y en señal de su esclavitud tienen su cadena en el brazo derecho, y es su voluntad que los entierren con ellas. Nombran por sus albaceas para lo tocante en esta villa y fuera de ella al Reverendo Padre Predicador Fray Pedro Prieto, al Licenciado Nicolás de la Torre y Mena, a don Gaspar Rendón, a don Juan del Castilllo de Altra, su hermano; y para las del pueblo de Cosamaluapam [Cosamaloapan] y tierra caliente a don Francisco de los Santos, y asimismo, ambos Francisco Pibot y doña Josefa María del Castillo, mutuamente se dan poder y facultad para que el que quedare vivo ejecute lo que a cada uno corresponda. Mandan que sus bienes se vendan en almoneda, sin pedir licencia a los jueces para que no se pierda tiempo y no se devalúen. Nombran por heredero al citado Joaquín Antonio Francisco Pibot y Tapia Castillo y Monge y en caso de que llegase a morir en la edad pupilar, pasaría a ser heredera Josefa María del Castillo, y por su falta al síndico que es o fuere del convento del Señor San Antonio de esta villa de Córdoba para que adorne la iglesia del convento, y de lo que sobrare se aplique en la fábrica de terceros para la fábrica de su colateral. Y Josefa, nombró por heredero a su hijo y por su muerte a Hipólito del Castillo de Altra, dejando en la parte del tercio a don Francisco de Pibot y en caso de que fallezca Hipólito antes que ella, entonces su parte pasaría a poder de Francisco Pibot, y por fallecimiento de éste, a su hijo. Manda que en caso de que llegase a sobrar algo de lo que a ella corresponde, se ponga a renta para la Orden Tercera de Penitencia sita en el convento del Señor San Antonio para que con sus réditos se repartan limosnas a los pobres vergonzantes. Usando de la patria potestad, ambos se nombran por tutor, curador y administrador de su hijo, y revocan y anulan cualquier testamento, poder y otras disposiciones.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0121 · Unidad documental simple · 1703/08/09
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Hipólito del Castillo de Altra y doña Nicolasa del Monge y Mendoza, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, ella con licencia expresa de su marido para el otorgamiento de esta escritura, juntos de mancomún otorgan que venden a don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa, una hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrada San Francisco, en esta jurisdicción, que linda por el oriente con tierras del pueblo de Amatlán de los Reyes; por el norte con las del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda; por el poniente con tierras del trapiche del Capitán don Francisco de Meza y Mendoza; por el sur con las del trapiche que fue de don Francisco de Santa Ana. Dicha hacienda es la misma que el Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza y doña María Altamirano, padres doña Nicolasa del Monge, le dieron por dote al tiempo cuando contrajeron matrimonio. La venden con todas sus tierras, esclavos, aperos y demás bienes que se mencionan en esta escritura, en precio de 6 400 pesos de oro común, de los cuales 400 pesos que han de quedar cargados sobre sus tierras a censo redimible a favor de una capellanía que fundó Hernando Esteban Abad, difunto, y los 6 000 pesos restantes han de quedar cargados a censo sobre una hacienda hacer azúcar, propiedad de don Antonio de Leiva, en esta jurisdicción en el paraje que llaman Acatengo, nombrada Nuestra Señora de la Concepción, la cual tiene arrendada a Juan de los Santos Cubillos.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0056 · Unidad documental simple · 1709/04/10
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Nicolasa del Monge y Mendoza, vecina de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], hija legítima del Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza y de doña María Altamirano, difuntos, otorga poder a don Hipólito del Castillo de Altra, su marido, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Ordena ser sepultada con hábito y cuerda de San Francisco en el convento de San Antonio de esta villa. Manda se le den 100 pesos a doña Manuela de Altamirano, su tía, como manda graciosa por el amor que le tiene. Declara que hace diecinueve años contrajo nupcias con don Hipólito del Castillo de Altra, y que ella trajo al matrimonio como 6 000 pesos y después del fallecimiento de sus padres otra cantidad que consta en la hijuela de partición, y su marido trajo 8 000 pesos. Declara que durante su matrimonio han procreado a doña Gertrudis María del Castillo de Altra, mujer legítima del Alguacil Mayor don José de Carvajal y Contreras; a doña Josefa María del Castillo de Altra, de catorce años de edad; don Juan del Castillo de Altra, de doce años de edad; a don Hipólito del Castillo, de diez años; doña María Teresa, de siete años; doña Antonia del Castillo, de cinco años; doña Nicolasa del Castillo, de tres años; y doña Juana Águeda del Castillo, de año y medio. Nombra como albaceas testamentarias a don Hipólito del Castillo, a don Miguel José del Castillo de Altra, al Bachiller don Pedro de Montenegro, su compadre, y al Capitán don Pedro Fernández Ronderos, vecino de la ciudad de los Ángeles. Nombra como tenedor de bienes de sus menores hijos a su marido. Nombra como herederos universales a sus hijos. Nombra como tutor y curador ad bona de las personas y bienes de sus hijos menores a dicho su esposo.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0062 · Unidad documental simple · 1712/06/25
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don José de Carvajal y Contreras, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que hace seis años poco más o menos, contrajo matrimonio con doña Gertrudis María del Castillo de Altra, hija legítima de don Hipólito del Castillo de Altra y de doña Nicolasa del Monge y Mendoza, difunta, y cuando se efectuó dicho matrimonio recibió de su suegro como dote de su hija la cantidad de 2 607 pesos en bienes, joyas, esclavos y otras alhajas que se mencionan en esta escritura. Asimismo, dijo que por falta de tiempo no había otorgado esta carta, por lo cual, por la presente otorga recibo en forma y declara que dicha cantidad de 2 607 pesos más 4 000 pesos que tiene recibidos su mujer en arras propter nuptias en honra de su virginidad y limpieza hacen 6 607 pesos, que caben en la décima parte de sus bienes.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0005 · Unidad documental simple · 1707/07/15
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Amaro José Bocarando, registró una escritura de imposición de capellanía de 3 000 pesos de principal y 150 pesos de réditos en cada un año, que impuso sobre las tierras de la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, en esta jurisdicción, que posee don Hipólito del Castillo de Altra y doña Nicolasa del Monge y Mendoza. Nombró por capellán propietario al Bachiller Pablo José Bocarando y Espinosa, su hijo legítimo y de doña María de Espinosa de los Monteros, y por su falta a los demás sus hijos legítimos que lo son Pedro, Manuel y Luis Bocarando; y se nombró patrón de dicha capellanía y por su falta a doña María de Espinosa de los Monteros; nombró por capellán interino a don Ignacio Carrillo, Presbítero, con cargo de decir 25 misas rezadas por la limosna de 6 pesos cada una en cada un año en la parte y lugares que le pareciere: doce a los santos apóstoles, otra el día de San José, otra el día de Nuestra Señora de los Dolores, otra el día del Señor San Juan Bautista, otra el día del Señor San Nicolás Arzobispo de Mira, otra al Señor San Francisco Xavier, otra a San Ignacio de Loyola, otra a San Francisco de Asís, otra al de la Pura y Limpia Concepción, otra a la Virgen del Rosario, otra a la Virgen de Guadalupe y otra el día de los Desposorios del Señor San José. Dicha escritura pasó ante el presente escribano el 13 de este presente mes de julio y año, la cual quedó registrada.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0016 · Unidad documental simple · 1712/06/08
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Bachiller don Pedro de Montenegro, Presbítero, residente en esta villa, exhibió una escritura de imposición de capellanía de 2 000 pesos de principal y por ellos 150 pesos de réditos en cada un año, que situó y cargó sobre la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, alias Acatengo, que posee el Capitán Juan de los Santos Cubillos, dicha capellanía la fundó doña Nicolasa del Monge y Mendoza, difunta, mujer legítima que fue de Hipólito del Castillo de Altra, en donde nombró por capellán propietario a sus hijos, nietos y descendiente legítimos, asimismo nombró por capellán interino al presente otorgante don Pedro de Montenegro. En la escritura mandó que con la renta se digan veinticinco misas rezadas a Nuestra Señor de Tlaxcala, Señor San Antonio de Padua, San Francisco, San Miguel, San José, Santo Ángel Custodio, San Francisco Xavier, Nuestra Señora del Carmen, San Pedro, Nuestra Señora de la Caridad, Nuestra Señora de la Merced, San Ramón, San Vicente Ferrer, San Judas Tadeo, San Dimas y Santa Gertrudis. Nombró por patrón a don Hipólito del Castillo de Altra, la cual dicha escritura la exhibió para su registro en este libro del becerro. La escritura fue otorgada el 18 de diciembre de 1711.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0068 · Unidad documental simple · 1713/10/02
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el 24 de julio de 1712 contrajo matrimonio con doña Josefa María del Castillo de Altra, hija legítima del Capitán don Hipólito del Castillo de Altra y de doña Nicolasa del Monge y Mendoza, difunta, habiendo recibido de su suegro la dote de 2 756 pesos 2 reales, por lo cual otorga haber recibido dicha cantidad en una casa, dos esclavos y diferentes alhajas que se mencionan en esta escritura. Cuya cantidad junto con 1 500 pesos que manda a su mujer en arras propter nuptias en honra de su virginidad y limpieza, se obliga a tener en su poder en lo mejor parado de sus bienes, asimismo, se obliga a pagar los réditos de la capellanía que sobre dicha casa están cargados, cuyo principal es de 3 000 pesos y está a favor de los hijos y herederos de su suegro.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0054 · Unidad documental simple · 1719/06/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Juan del Castillo de Altra, vecino de esta villa, uno de los herederos de don Hipólito del Castillo de Altra y de Nicolasa del Monge y Mendoza, difuntos, dijo que el 20 de enero de 1707 su padre instituyó y fundó una capellanía de misas rezadas de 3 000 pesos de principal sobre la casa que fue de su morada, y lo nombró a él por primer capellán. Capellanía que mandó se fundase de los bienes de don Gaspar del Monge y Mendoza, su abuelo difunto, y porque el otorgante no seguirá en el estado eclesiástico por tener suficiente congrua con que mantenerse y sustentarse, por aquella vía que más halla a derecho otorga que renuncia al nombramiento de capellán propietario y al derecho que pudiera tener en la capellanía en don Hipólito del Castillo de Altra, su hermano, y pide al obispo de este obispado de la Puebla de los Ángeles le haga colación y canónica institución de ella.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0071 · Unidad documental simple · 1703/05/14
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Hipólito del Castillo de Altra, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes del Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza y de doña María Altamirano, sus difuntos suegros, nombrado por tal en el testamento que otorgaron; asimismo, tutor y curador ad bona de la persona y bienes del Bachiller don José del Monge y Mendoza, hijo de dichos difuntos, menor de veinticinco años y mayor de catorce; y marido y conjunta persona de doña Nicolasa del Monge y Mendoza, hija de los susodichos. Asimismo, dijo que como costa por autos que se siguieron ante la Real Justicia de esta villa, le fueron adjudicados los bienes que dichos difuntos poseían en esta villa, como también la hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, en esta jurisdicción, como otras dos de labor que están en la jurisdicción de Teguacan [Tehuacán]; por lo cual, se obligó a pagar a cada uno de los herederos lo que legítimamente le hubiere de haber por su herencia. Y como legítimo dueño de dichos bienes, otorga que da en arrendamiento a Ramón Coronel, vecino de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], una hacienda de labor nombrada San Marcos, que es de riego, que tiene en jurisdicción de dicha ciudad, con sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, aguas y lo demás. Dicho arrendamiento lo otorga por tiempo de dos años, que empiezan a contar a partir del 24 de junio de que viene de este presente año, por precio 200 pesos anuales.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0071 · Unidad documental simple · 1711/06/12
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Hipólito del Castillo de Altra, vecino de esta villa de Córdoba y Notario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, albacea y tenedor de bienes de doña Nicolasa del Monge y Mendoza, su difunta mujer, nombrado por tal en el testamento que otorgó en la ciudad de la Puebla de los Ángeles el 29 de julio de 1709, como principal; y los Capitanes don José de Carvajal y Contreras y don Diego de Altamirano, vecinos de esta villa y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, como sus fiadores y principales pagadores; otorgan se obligan a pagar a doña Josefa, don Juan, don Hipólito, doña María Teresa, doña Antonia María y a doña Nicolasa del Castillo de Altra, menores hijos y herederos de la dicha Nicolasa del Monge y del otorgante, la cantidad de pesos que se les aplique a cada uno de los susodichos en la hijuela de partición de los bienes que quedaron por muerte de dicha su madre, con sus réditos de 5 por ciento anual, cuya cantidad se obligan a pagar luego que tengan edad competente de veinticinco años o que tomen estado.