Gaspar Rendón, mercader y vecino de esta villa, otorga poder especial al Capitán Juan Guillén del Castillo, vecino de la ciudad de los Ángeles, para en su nombre le pueda obligar y le obligue como fiador y principal pagador de Antonio Millán Quijada, mercader y vecino de esta villa, en la cantidad de pesos que importaren los diezmos que recaudase y cobrase en esta dicha villa y jurisdicción en el tiempo de cinco años, que ha de correr con ellos en administración obligándose como tal fiador.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan de Piña, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto habrá tiempo de tres años que se huyó un mulato esclavo nombrado Benito, que es el mismo que compró de Luis de León, vecino del pueblo de Missanta [Misantla], en nombre y con poder del Bachiller don José de Heredia, Cura Beneficiado de dicho partido de Misantla; el cual dicho esclavo ha tenido noticia de que se haya en la jurisdicción de la Huasteca o Papantla, y para que haya persona que recaude dicho esclavo, por la presente, otorga poder a José de Peralta, vecino del pueblo de Xalpantepeque [Xalpantepec], para que en su nombre lo saque del poder de la persona o personas que lo hubieren aprehendido, otorgando recibo en forma. Y teniéndolo en poder, halle comprador para dicho esclavo, dé noticia al Capitán Juan Guillén del Castillo, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en virtud del poder, otorgue la escritura a favor de la persona que lo hubiere de comprar, en la cantidad de pesos que ajustasen y de no haber comprador lo remita a dicha ciudad y si en razón de lo referido fuere necesario parecer en juicio lo haga ante cualesquier señores, jueces y justicias de Su Majestad que con derecho deba, que haga los pedimentos, requerimientos y citaciones y todo lo que se requiera.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALJuan Ortiz de Rosas, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que da su poder general al Capitán Juan Guillén del Castillo, residente en esta villa, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su representación lo obligue en la cantidad de 5 000 pesos, que son y regulan por la limosna de la Bula de la Santa Cruzada de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, en favor del tesorero general de este obispado o de la persona a cuya cargo fuere la distribución de ella, otorgando en razón de ello las escrituras de obligación que le fueren pedidas, obligándolo a que pagará en la manera siguiente: 2 500 pesos para el día fin de mayo de 1706 y los otros 2 500 pesos dentro de un año que han de empezar a correr desde el día primero de junio de 1706.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Juan Guillén, Subdiácono, residente en esta villa y vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que por cuanto en la ciudad de los Ángeles el 15 de mayo pasado, su madre doña María Velázquez, viuda de Juan Guillén del Castillo, le otorgó poder para cobranzas y pleitos, por la presente sustituye dicho poder en lo que toca a dichos pleitos, en el Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, vecino de esta villa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Antonio Fernández de Obregón, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz y residente en esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes, único y universal heredero del Capitán Domingo Mucio, difunto; dijo que por cuanto el 26 de junio pasado, ante el presente escribano, el dicho Capitán Domingo Mucio otorgó escritura de obligación a favor del convento de señoras religiosas de la Santísima Trinidad de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, por la cantidad de 1 470 pesos para pagar dentro de un año con sus rédito corridos, los cuales se habían de pagar al tiempo de la profesión de doña Josefa de Origuela, niña doncella novicia de dicho convento, por mano de doña María Velázquez, vecina de dicha ciudad de los Ángeles, viuda del Capitán Juan Guillén del Castillo, encomendero de dicho difunto, y con hipoteca de la hacienda de trapiche hacer azúcar nombrada Señor San José [alias Panzacola]. Y como tal albacea y heredero, revalida en todo dicha escritura y otorga se obliga a pagar a dicho convento los 1 470 pesos de oro común en reales, cuya cantidad es la misma que el Capitán Mucio le debía al Capitán don Lope Antonio de Iribas, como parte de mayor cantidad, y a su vez el Capitán Iribas tenía otorgada escritura de obligación por dicha cantidad a favor del Señor Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de ella, con fecha de 5 de agosto de 1709 en esta villa, para la dote de dicha Josefa de Origuela. Cuya cantidad se obliga a pagar el próximo 26 de junio de 1711, solventando sus réditos antes y al tiempo de que dicha monja profese, además, hipoteca la mencionada hacienda de trapiche como seguro de la deuda.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Gaspar Ramírez de Carvajal [Benavente], Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición y Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba, y doña Gertrudis Jaimes Navarro, su mujer; otorgan poder especial a Juan Guillén del Castillo, vecino de la ciudad de los Ángeles, su encomendero, para que en sus nombres pida a cualesquier conventos, capellanías, obras pías, u otras personas particulares hasta cantidad de 4 000 pesos de oro común y hallándolos los imponga a censo redimible sobre un hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción [Palmillas], que poseen en esta jurisdicción, sujeta y gravada con 1 000 pesos en favor de Nuestra Señora de Ocotlán de la ciudad de Tlaxcala.
MIGUEL VALERO GRAJEDA, JUEZ RECEPTOR