Juan Vázquez y Teresa de Cala, su legítima mujer y vecinos de esta villa de Córdoba, la susodicha con licencia otorgada por su marido, dijeron que renuncian al derecho que puedan tener a algunos bienes que quedaron por fin y muerte de Bartolomé de Cala, padre de la referida, y que hubieren entrado en poder del segundo matrimonio efectuado de Agustín de Alcalá y de María Cano, madre de la susodicha.
BERNARDINO FELICES, ESCRIBANO REALJuan Vázquez, vecino de esta villa de Córdoba y natural de Villagarcía en el reino de Galicia, dijo que tiene contraído matrimonio con doña Teresa de Cala, hija legítima de Bartolomé de Cala, difunto, y de María Cano, vecinos de esta villa, y para ayuda de las cargas de dicho matrimonio, recibió de Agustín de Alcalá, marido que hoy es de la susodicha María Cano, y de las propia María, un medio solar en 50 pesos, con un pedazo de pared de cal y canto de doce varas de largo y media de alto que está formada en él, asimismo, algunos bienes muebles como lo son una caja de cedro 10 pesos, una caja de nogal en 3 pesos, otra pequeña en 1 peso, entre otros, que suman e importan la cantidad de 259 pesos y 3 reales, de cuyo monto se le rebajaron 41 pesos y 3 reales que el presente otorgante le entregó en diferentes géneros a Agustín de Alcalá, quedando la cantidad de 218 pesos que dijo haber recibido. Por su parte, el otorgante le dio en dote 100 pesos que es la décima parte del caudal que tiene y posee; más otros 100 pesos que será el caudal que genere la décima parte de lo que obtendrá, que finalmente suman e importan 418 pesos, los cuales se obliga a observar y cumplir en la forma que menciona el acta.
BERNARDINO FELICES, ESCRIBANO REAL