Doña Manuela de Altamirano, vecina de esta villa de Córdoba, mujer que fue de Pedro García de Meza, quién le otorgó poder para testar y de cuya disposición falleció; y usando de dicho cargo, otorga su testamento con las cláusulas, legados y mandas que le comunicó en la manera siguiente: Declaró dicho su marido, que fue casado con la presente otorgante Manuela de Altamirano, durante su matrimonio tuvieron por hijos a doña Gertrudis García de Meza, viuda de Cristóbal Suárez; doña Juana García de Meza, doncella; Antonio García; y Rafael García. Ítem, declara que su marido dejó comunicado que fue casado en primeras nupcias con doña Rosa María Cabrera, difunta, con quien procreó a una hija nombrada Rosa María García de Meza, casada. Ítem, declara que su marido le comunicó que era deudor de varias personas y le ordenó que se pagaran de sus bienes: 2 450 pesos al Capitán don Lucas de Acosta del importe de unas piezas de esclavos; 3 970 pesos y 2 reales a Juan Bautista Sierra Valle y Río Seco, vecino de la ciudad de los Ángeles; 40 pesos a Juan Ruiz, maestro cerero; 236 pesos a los Santos Lugares de Jerusalén, los cuales eran de su cargo por haber entrado en su poder; 18 pesos a Lorenzo de Guzmán; 560 pesos a Pedro Trillo de Figueroa; 53 pesos 6 y medio reales a don Francisco de Pissa Guerrero, maestro boticario, de géneros de medicamento y botica; 246 pesos y 5 reales al convento de San Antonio, entre otros adeudos que se mencionan en la escritura. Ítem, declara que su marido le comunicó que le eran deudores las personas siguientes: Carlos de Peñarrieta, la viuda de Miguel de Prado, la viuda de don Diego Dávila Barrientos, Antonio de Vega, Pedro de la Cruz, indio, entre otros que se mencionan en el acta. Ítem en su nombre declara por bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar, en esta jurisdicción; una casa de piedra y madera, muebles de casa, además señala que su marido nombró por albaceas testamentarios a ella y a Diego de Altamirano, su yerno; y como tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos menores también a ella. Por último, nombró como únicos y universales herederos a todos sus hijos del primer y segundo matrimonio.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto posee en esta dicha villa un solar de 56 varas de frente y 50 de fondo que hace frente, calle en medio, con casa de Benito Rendón; por el oriente linda con casa y solar de don Pedro Fernández de Ves y Segura; y por el poniente con solar de Domingo Merodio; el cual lo hubo y compró de Blas de Vilchis, vecino de la ciudad Nueva de la Veracruz, como apoderado de Ignacio María de la Carrera, vecino de la ciudad de los Ángeles. Asimismo, dijo que en el dicho solar se hayan labrados una sala y dos cuartos de cal y canto, corredor de madera cubierto de teja, con los suelos de argamasa y enladrillados, con puertas y ventanas de madera de cedro, y en los patios caballerizas, pozo y pila de cal y canto, cocina de madera cubierta de zacate, y cinco cuartos de tablas cubiertos de teja, que sirven de mesón. Dicho solar tenía dispuesto venderlo para que con lo procedido buscar con que sustentar sus obligaciones, por hallarse puesto en estado con doña Juana de San Pedro García de Meza, hija de Pedro García de Meza, ya difunto, y de doña Manuela de Altamirano. Y habiéndose enterado su suegra, de la intención de la venta, le rogó que le supliera lo procedido de la venta del mesón, para darlo a cuenta de lo que quedó debiendo su difunto marido a doña María Jiménez, viuda mujer que fue de Juan Bautista Sierra Valle y Rio Seco, que son 3 751 pesos y 4 reales. Y atendiendo a ser justo lo que su suegra le pidió y para no ocasionarle costos y gastos y con ello se desembargue la hacienda de trapiche y demás bienes que dejó su suegro, acordó con don Manuel Romeo, vecino de la ciudad de México, apoderado del Reverendo Padre Fray Baltazar Romeo, de la Orden de Predicadores, Rector del Colegio de San Luis de la ciudad de los Ángeles, albacea testamentario de Juan Bautista de Sierra Valle y Rio Seco; la venta de dicho mesón por cuenta de lo que dicho su suegro le estaba debiendo a doña María Jiménez. Por lo cual, otorga que vende a doña María Jiménez, el dicho mesón con todas sus oficinas, solar y menudencias de dicho mesón, en precio de 3 480 pesos de oro común, a cuenta de los 3 751 pesos y 4 reales que quedó debiendo su suegro, asimismo cancelan la escritura de obligación que se había otorgado por dicha cantidad.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Nicolasa del Monge y Mendoza, vecina de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], hija legítima del Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza y de doña María Altamirano, difuntos, otorga poder a don Hipólito del Castillo de Altra, su marido, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Ordena ser sepultada con hábito y cuerda de San Francisco en el convento de San Antonio de esta villa. Manda se le den 100 pesos a doña Manuela de Altamirano, su tía, como manda graciosa por el amor que le tiene. Declara que hace diecinueve años contrajo nupcias con don Hipólito del Castillo de Altra, y que ella trajo al matrimonio como 6 000 pesos y después del fallecimiento de sus padres otra cantidad que consta en la hijuela de partición, y su marido trajo 8 000 pesos. Declara que durante su matrimonio han procreado a doña Gertrudis María del Castillo de Altra, mujer legítima del Alguacil Mayor don José de Carvajal y Contreras; a doña Josefa María del Castillo de Altra, de catorce años de edad; don Juan del Castillo de Altra, de doce años de edad; a don Hipólito del Castillo, de diez años; doña María Teresa, de siete años; doña Antonia del Castillo, de cinco años; doña Nicolasa del Castillo, de tres años; y doña Juana Águeda del Castillo, de año y medio. Nombra como albaceas testamentarias a don Hipólito del Castillo, a don Miguel José del Castillo de Altra, al Bachiller don Pedro de Montenegro, su compadre, y al Capitán don Pedro Fernández Ronderos, vecino de la ciudad de los Ángeles. Nombra como tenedor de bienes de sus menores hijos a su marido. Nombra como herederos universales a sus hijos. Nombra como tutor y curador ad bona de las personas y bienes de sus hijos menores a dicho su esposo.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de la Redondela en el reino de Galicia, hijo legítimo de Lucas de Rivas y Estremadoyro y de María Giraldez, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara le deben las siguientes personas: de los bienes del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, difunto, le debe 202 pesos 2 reales, de los cuales pagó el otorgante 100 pesos como fiador que fue del susodicho a don Cristóbal de Medinilla y Benavides, y los 102 pesos 2 reales que dio al susodicho en diferentes cargas de azúcar y panelas para Oaxaca; Andrés de Mañas, vecino de Coscatlan [Coxcatlán], 107 pesos, 50 de ellos que pagó por el susodicho a Felipa Martínez Carenzo y el resto que le dio en azúcar; Juan José Cubano, vecino del ingenio del Conde, 5 pesos; doña María Jiménez, viuda del Alférez don Miguel Jerónimo Maldonado, 26 pesos que le dio en azúcar para su tienda; Juan de Aragón, maestro de herrero, vecino de esta villa, 9 pesos; el Fluriel [Furriel] don Bartolomé de Estrada, 50 pesos; de los bienes de Andrés de Leiva, difunto, maestro de herrero, 9 pesos; Nicolás Velázquez, maestro de carpintero, 18 pesos; Nicolás, maestro de zapatero, 12 pesos; entre otras personas que se mencionan. Declara que hace ocho meses que remitió a don Manuel Ortiz Landero, vecino de la ciudad de Tascala [Tlaxcala], su encomendero, 816 arrobas y media de azúcar, de cuyo procedido le ha enviado algunos reales, manda a sus albaceas cobren lo que el susodicho diga deberle por la satisfacción que le tiene en su buen obrar. Declara que hace once años contrajo matrimonio con doña Juana de San Pedro García de Meza, hija legítima de Pedro García de Meza y de Manuela de Altamirano, con quien ha procreado a Pedro, José Antonio, Juan, Miguel Máximo, todos menores de edad, y al póstumo o póstuma de que se halla encinta. Declara por bienes la casa de su morada y un trapiche de hacer azúcar nombrado San Joseph [José], en esta jurisdicción, que compró en Real Almoneda de los bienes de don Pedro García de Meza, con el cargo de pagar todas las dependencias del susodicho, que pasaron de 15 000 pesos estando valuada dicha hacienda en 11 000 pesos. Declara que sobre dicha hacienda están cargados 1 000 pesos a favor de la Madre Catalina de San José, Religiosa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, asimismo, declara que dicha hacienda no tiene cargado ningún otro censo. Ruega y suplica a su padre y señor, el Capitán Antonio Burela, vecino del pueblo de Taliscoya [Tlalixcoyan], jurisdicción de la Nueva ciudad de la Veracruz, que para dejar libre la dicha hacienda de dicha pensión, después de su fallecimiento solicite por mano de su encomendero el que se rediman los dichos 1 000 pesos, y que su esposa, hija y nietos se los vayan pagando en frutos de la dicha hacienda o como le pareciere, procurando se cancele una escritura que tiene hecha por la dicha cantidad a favor del Capitán don Juan Gómez Dávila. Nombra albacea a su esposa, al Capitán don Diego de Altamirano y a don Antonio Burela, su señor; y por tenedora de bienes a su esposa. Nombra herederos a sus hijos y como tutora y curadora ad bona de ellos a dicha su esposa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOPedro García de Meza, vecino de esta villa de Córdoba, Profeso de la Orden Tercera de San Francisco, hijo de Toribio García de Meza y Ana de Leiva, sus padres difuntos, dijo que por la gravedad de la enfermedad no le da lugar para hacer su testamento, por ello otorga poder para testar a doña Manuela de Altamirano, su legítima mujer, para que en su nombre pueda disponer, hacer y otorgar su testamento en la forma que le tiene comunicado. Declara que fue casado de primer matrimonio con doña Rosa María de Cabrera, durante el cual procrearon como hija legítima a Rosa María García de Meza, casada con Diego de Altamirano. Declara que al presente es casado con la citada doña Manuela de Altamirano, y procrearon como hijos legítimos a doña Gertrudis, casada, doña Juana de diecisiete años, Antonio de quince años y Rafael de diez años. Declara que paran en su poder 200 pesos que le pertenecen 100 pesos a cada una de sus hijas casadas, Gertrudis y Juana. Finalmente, para pagar y cumplir este testamento nombró por albacea testamentaria a Manuela de Altamirano y a Diego de Altamirano, su mujer y yerno, y nombró como únicos y universales herederos a sus hijos antes mencionados. Y por única tutora y curadora de los bienes de sus hijos menores a doña Manuela de Altamirano.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Manuela de Altamirano, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Pedro García de Meza, su albacea testamentaria y tenedora de bienes, otorga que debe y se obliga a pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 466 pesos de oro común, que lo importaron los diezmos causados en la hacienda de beneficio de hacer azúcar que quedó por bienes de dicho su marido, de los años 1699, 1700 y 1701, cuya paga hará en la siguiente manera: 233 pesos para el día fin de enero y el resto para el día fin de julio del año venidero de 1703, una paga tras otra en la parte y lugar que fuere.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Manuel Romeo, residente en esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de doña María Jiménez, viuda de Juan Bautista Sierra Valle y Rio Seco, y del Reverendo Padre Fray Baltazar Romeo, de la Orden de Predicadores, Rector del Colegio Real de San Luis de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, albaceas testamentarios y fideicomisarios de Juan Bautista de Sierra Valle y Rio Seco, y la susodicha tutora y curadora de sus hijos menores; usando de dicho poder, otorga que ha recibido de doña Manuela de Altamirano, viuda mujer que fue de Pedro García de Meza, por mano de su yerno Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa, 3 751 pesos y 4 reales de oro común, que son los mismos que dicho difunto Pedro García, estaba debiendo al dicho Juan Bautista Sierra Valle, de acuerdo a escritura de obligación que otorgó en esta villa con fecha de 25 de mayo de 1701, por lo cual otorga recibo en forma y da por libre y quito de la obligación al dicho Pedro García de Meza, a sus bienes y herederos.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Manuela de Altamirano, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Pedro García de Meza, difunto, albacea testamentaria y tenedora de bienes de dicho difunto nombrada por tal en el poder que para testar otorgó; usando de dicho cargo, otorga que vende al Capitán Juan Jiménez, Escribano de Su Majestad, vecino de esta villa, un solar de 50 varas en cuadro en esta villa, en esquina que por el oriente linda con solares del barrio que llaman de San Juan de Tetitlan [Tetitlán], calle en medio; por el poniente, con casa y solar de Antonio de Olivera, calle en medio; por el sur, con casa y solar de los herederos de Alonso Franco de Guzmán; y por el norte con casa y solar de Nicolás Hernández; y es en la calle de atraviesa para dicho barrio de San Juan. Cuyo solar es el mismo que el Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, le dieron en propiedad e hicieron merced al dicho Pedro García de Meza, con fecha del 19 de abril de 1691. Lo vende en precio de 94 pesos de oro común.
SEBASTIÁN PÉREZ PADRÓN, JUEZ RECEPTORDiego de Altamirano y Juan Álvarez de Rivera, vecinos de esta villa de Córdoba, juntos de mancomún, dijeron que Pedro García de Meza, vecino que fue de esta villa, compró en el último armazón de negros al Capitán don Lucas de Acosta, Factor apoderado de dicho asiento, nueve esclavos que importando la cantidad de 2 450 pesos, por lo cual otorgó escritura de venta y obligación, su fecha en esta villa a los 10 de noviembre de 1700; y cumplidos los plazos que se estipularon en la escritura, Pedro García de Meza no pudo pagar dicha cantidad, por lo cual, recayó la obligación en su viuda doña Manuela de Altamirano, su albacea testamentaria, pero tampoco ésta ha podido pagar dicha cantidad. Y habiendo tenido noticia de que el Alférez don Antonio González Candelas, residente en esta villa, en virtud de la comisión que tiene para cobrar y recaudar las cantidades de pesos que se deben de lo procedido de los esclavos que vendió dicho Capitán don Lucas de Acosta, ha solicitado la paga a doña Manuela de Altamirano, y dado que la susodicha se halla imposibilitada de poderlo hacer, habiendo convenido los otorgantes con dicho alférez que lo más conveniente era obligarse ambos para cubrir el adeudo; por lo cual, se obligan por la presente de dar y pagar al dicho alférez los 2 450 pesos en los plazos y condiciones que se mencionan. Y para la mayor seguridad de la paga y el cumplimiento de esta escritura, el dicho Juan Álvarez de Rivera hipoteca los esclavos que tiene y posee por tales en el servicio de la hacienda de beneficio de hacer azúcar que quedó de los bienes de su suegro, Pedro García de Meza, y que posee por suya propia; y Diego de Altamirano hipoteca la hacienda que tiene de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción nombrada San José.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Manuela de Altamirano, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Pedro García de Meza, difunto, su albacea testamentaria y tenedora de bienes, tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos menores; dijo que por cuanto según los libros de cuentas de su marido y por cláusulas de su testamento, consta que le son deudores: Antonio de Vega, vecino de la provincia de Tepeaca, 170 pesos; Carlos de Peñarrieta 100 pesos; y en el pueblo de Acasingo [Acatzingo] le deben los bienes y herederos de Matías Delgado, difunto. Y para que haya persona que haga las diligencias para su cobro, otorga poder a Pedro José de Moya, vecino de esta villa, para que en su nombre pueda pedir, demandar, recibir y cobrar de las personas expresadas en este poder, de los bienes y herederos y de quién en derecho pueda y deba, las cantidades que le están debiendo a dicho difunto.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO