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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0198 · Stuk · 1768/03/08
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Pedro Ignacio de Andrade, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro y en él se manifiesta que en la ciudad de los Ángeles en 16 de marzo de 1767, el Licenciado don José Miguel de Figueroa, Presbítero de este obispado, otorgó escritura de obligación a favor del Licenciado don Manuel Mariano de Loaiza, Presbítero y Sacristán Mayor del convento de señoras religiosas de la Purísima Concepción de Nuestra Señora de dicha ciudad, de 300 pesos que por hacerle favor le suplieron en reales de contado, cuya paga hará dentro de cinco año y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento, y para seguridad del pago hipotecó una casa de alto y bajo, que por suya propia posee en esta villa de Córdoba en la calle que sale de la plaza Pública a los ejidos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0165 · Stuk · 1756/03/05
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Pedro Ignacio de Andrade, vecino de esta villa, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de él consta haberla otorgado el día de ayer, confesando en ella haber recibido de don Bernardo de Ceballos, Alcalde Ordinario, actual mayordomo de la archicofradía del Santísimo Sacramento del Altar sita en la iglesia parroquial de esta villa, 1 000 pesos de oro común, pertenecientes a dicha cofradía, los cuales se dio por entregado y los impuso por vía de depósito irregular sobre una casa de cal y canto que posee en esta villa; dicha cantidad se obligó a pagarla dentro de nueve años con sus réditos de 5 por ciento y para seguro del pago y réditos hipotecó la enunciada casa.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0170 · Stuk · 1756/12/22
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Pedro Ignacio de Andrade, vecino de ella, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió cuatro testimonios de una misma escritura otorgada en la ciudad de la Puebla de los Ángeles a 14 del presente mes y año, y de ellos consta, que el Licenciado don Manuel de Rosas, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado, como principal; y don Gabriel de Segura y Ceballos, su fiador y principal pagador, por sí y en nombre de su madre doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro; dijeron que por escritura de 1754 doña Gertrudis se obligó a pagar a dicho licenciado 22 000 pesos procedentes del principal de la venta que le hizo de una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cosamaloapan, que poseía dicho licenciado en jurisdicción de esta villa, obligándose la susodicha a pagar en tiempo de nueve años, con hipoteca de la referida hacienda; de cuya cantidad de 22 000 pesos tiene cedida la de 12 000 pesos en favor de distintos interesados, por cuya razón se le restan 10 000 pesos, y que, para subvenir a sus urgencias, presentó memorial ante el ilustrísimo señor obispo, suplicando que de los depósitos se le entreguen 5 000 pesos, ofreciendo subrogar otros tantos en los expresados 10 000 pesos. Y por decreto de su señoría ilustrísima mandó a los señores comisarios del cofre de la santa iglesia Catedral de la Puebla despacharan libramiento a favor del Licenciado don Manuel de Rosas de la citada cantidad de 5 000 pesos, los cuales pertenecen a cuatro capellanías. Y cumpliendo con su tenor dicho licenciado subrogó y traspasó en favor de las cuatro capellanías los 5 000 pesos de oro común, que como parte de los 10 000 que así les restan de la relacionada obligación le tocan del valor de dicha hacienda. Y el expresado don Gabriel de Segura y Ceballos en nombre y poder de la mencionada doña Gertrudis, su madre, otorgó que acepta dicha cesión, y en su consecuencia reconoció sobre la suscitada hacienda y todo lo que le pertenece los 5 000 pesos de principal de la cesión mencionada, los cuales pagará en el plazo de nueve años y, asimismo, se constituye como fiador y principal pagador de dicho Licenciado don Manuel de Rosas, y que en su conformidad la citada doña Gertrudis, su madre, los pagará con sus réditos en el modo y al paso que va asentado; y para seguridad del pago hipotecó una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joaquín, que le pertenece en propiedad en esta jurisdicción.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0164 · Stuk · 1755/12/11
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Pedro Ignacio de Andrade, vecino de esta villa, exhibió un testimonio de una escritura otorgada por doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda de don José de Segura y Ceballos, vecina de ella, dueño de hacienda, a fin de que se registre en este libro, y de él consta que la expresada doña Gertrudis recibió la cantidad de 8 000 pesos de oro común, los 3 000 de ellos pertenecientes al convento de Santa Teresa y los otros 5 000 pesos al convento de San Jerónimo; obligándose a pagar en tiempo de nueve años, con sus respectivos réditos de 5 por ciento y expresa hipoteca de la hacienda de fabricar azúcar titulada Nuestra Señora de Cosamaloapan.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0182 · Stuk · 1763/02/01
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Pedro Ignacio de Andrade, vecino de esta villa, en nombre del Capitán José Antonio Moreno, vecino del pueblo de Orizaba, hizo manifestación para efecto de que se registre copia de una escritura de censo, de cantidad de 7 000 pesos otorgada por el Licenciado don Pablo de Sandoval y Zapata, Clérigo Diácono de este obispado y Familiar de Honor del Ilustrísimo Señor Arzobispo, en nombre y en virtud de poder de doña Bernarda Antonia de Riascos, viuda de don Francisco Mazuelos, Alguacil Mayor que fue del Santo Tribunal de la Inquisición, y asimismo, en nombre de dicho Capitán de Caballos Corazas don José Antonio Moreno y de doña Josefa Mazuelos su mujer, vecinos del pueblo de Orizaba, en cuya virtud dicho Licenciado don Pablo obligó a los nominados sus partes en la referida cantidad de 7 000 pesos en favor: los 1 500 de ellos de la capellanía que fundó Isabel Bejarano; 1 500 pesos a la que fundó Inés Barbas; 1 000 a la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio; y los 3 000 restantes a la capellanía que fundó el Licenciado don Bartolomé Priego; de cuya cantidad se obligó a pagar en tiempo de tres años. Y en nombre de sus partes hipotecó un trapiche de hacer azúcar nombrado San Francisco de Paula, alias la Peñuela, que posee el citado Moreno; asimismo, hipotecó dos casas pertenecientes a la citada Bernarda, dichas casas también están afectas a otros principales.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0192 · Stuk · 1765/09/06
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Pedro Ignacio de Andrade, de esta vecindad, apoderado del Capitán don Nicolás de Carvajal y Contreras, de esta propia vecindad, hizo testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que el citado Capitán don Nicolás de Carvajal se obligó a pagar a doña Ana Eusebia de Avilés, mujer legítima de don Gregorio Lili, vecino y del comercio de la Nueva ciudad de la Veracruz; a don Juan de Avilés y a doña María de Avilés, viuda del Teniente don Pedro Jiménez, como hijos legítimos y herederos de don Luis de Avilés y doña María Teresa de Vargas, difuntos, vecinos que fueron de la citada ciudad; la cantidad de 1 046 pesos 1 y medio real de líquido del suplemento de mayor cantidad que le hizo dicho difunto don Luis de Avilés a don Miguel Navarro, vecino que fue de esta, como marido y conjunta persona de doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda de primeras nupcias del Capitán don José de Carvajal y Contreras, su padre, y que por hacerle buena obra le prestó con obligación de réditos para el avío de la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que al presente posee el citado don Nicolás de Carvajal. Y para mayor seguro del principal el expresado don Nicolás hipotecó su hacienda con todo lo que le pertenece.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0157 · Stuk · 1754/05/27
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Pedro Ignacio de Andrade, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió testimonio de escritura para que se registre en este libro, y de él consta que don Nicolás Rengel, vecino del pueblo de Orizaba, su data en la ciudad de la Puebla a 22 de mayo del presente, instituyó y fundó una capellanía de misas rezadas por su alma, la de sus padres y las demás de su intención, con el principal de 3 000 pesos de oro común, que le tocan y pertenecen en una casa de cal y canto fundada en solar propio, y la mencionada capellanía que dotó dicho don Nicolás la instituyó para poder ordenarse a su título; mediante lo cual se nombró como primer capellán propietario interino y por su primer patrono.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0162 · Stuk · 1755/05/13
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Pedro Ignacio de Andrade, vecino de ella, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, de él consta que don Domingo Isasi de esta propia vecindad y comercio, el día 10 de este presente mes, confesó haber recibido del Licenciado don Juan Gómez Dávila, Clérigo Presbítero de este obispado, vecino de ella, la cantidad de 1 000 pesos de oro común, y los impuso y situó sobre una casa que tiene en esta villa; cuya imposición hizo en favor de la capellanía de misas rezadas que con el relacionado principal se fundase por dicho Licenciado don Juan Gómez, y se obligó hacer el desembolso de la expresada cantidad en la Secretaría de Cámara y Gobierno de este obispado dentro nueve años corrientes con sus respectivos réditos de 5 por ciento. Y en consecuencia de ello, dicho Licenciado don Juan Gómez Dávila hizo institución y fundación de dicha capellanía de misas rezadas para las Benditas Ánimas del Purgatorio, y nombró como primer capellán al Bachiller don Antonio Merodio de Estrada, Clérigo de menores órdenes de este obispado y por su muerte a los hijos legítimos de don Antonio Pibot y Tapia.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0172 · Stuk · 1759/01/16
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Pedro Ignacio de Andrade, vecino de esta villa, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, entregó un testimonio de una escritura otorgada en la ciudad de la Puebla de los Ángeles en 10 de este mismo mes y año, en la cual don Lucas Antonio de Vargas, Procurador de los Juzgados Eclesiásticos de dicha ciudad, en virtud de poderes de don Marcos José [Hería] y de don Pedro de Hería, su padre, ambos vecinos de esta villa, recibió 2 000 pesos de oro común de las arcas de capellanía y obras pías, y se obligó a pagar los 1 000 de ellos a favor de la capellanía que con la dote de 2 000 pesos fundó Juan Bautista de Priego, y los otros 1 000 a la obra pía que fundó don Diego de Padilla Ocampo, y para asegurar el pago hipotecó una casa principal de cal y canto cubierta de madera y teja, perteneciente a don Marcos José.

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MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0053 · Stuk · 1701/08/05
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don José Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, dijo que compró de Juan de Alfaro en virtud de poder de doña Josefa de Atienza Palacios, viuda del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, un sitio de ganado mayor nombrado el Novillero, en esta jurisdicción, en cantidad de 1 500 pesos, los 300 pesos que dio de contado y el resto de 1 200 se obligó a pagar en tiempo de cuatro años. Asimismo, dijo que al presente se están celebrando autos y diligencias para la cobranza de los 1 200 por don Anastasio Rendón Palomino, Juez Comisionario, de orden del Licenciado don Francisco Saraza, del Consejo de su Majestad, su Alcalde del Crimen, Juez Superintendente y Administrador General de la Real Fábrica de Naipes de este reino, debido a que la cantidad le pertenece a Pedro Ignacio de Andrade, vecino de la ciudad de los Ángeles, por una escritura de cesión que a su favor le hizo el Alférez don Pedro de Trujillo. Igualmente, dijo que, el cobro de los 1 200 pesos los hace el juez comisionario, debido a que Pedro de Andrade tiene deudas con su Majestad, por lo que para cubrirlas también otorgó escritura de cesión y traspaso de la dicha cobranza a favor de su Majestad. Por tanto, en razón de dichos autos, al presente otorgante le fue reconocido y mandado que se obligara a pagar los 1 200 a su Majestad, por cuya razón y para dar cumplimiento con dichas diligencias, otorga que se obliga de dar y pagar a favor de su Majestad y en su real nombre al citado Francisco Saraza, los 900 pesos de resto de lo procedido del valor de la venta del sitio de ganado nombrado el Novillero, y los 300 pesos los paga de contado al citado don Anastasio Rendón Palomino.

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