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MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0087 · Item · 1719/08/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

María Milián [Perdomo], vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Tecamachalco, hija de Juan López Martín y de Catalina Milián Perdomo, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de la Tercera Orden, de la que ella es hermana de hábito, y sepultada en la iglesia de esta villa, delante de la pila de agua bendita y la forma de entierro que les pareciere a sus albaceas. Declara debe a don Pedro Fernández y a Felipa Lorenzo, asimismo, declara a ella le debe Juan Hernández, de la venta de un horno de cal. Señala habrá tiempo de veintiséis años fue casada con Juan Antonio Suárez, difunto, con quien procreó a Francisca Milián Perdomo, mujer del Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura; a Inés Milián Perdomo, mujer actual de José Miguel de Rivera; a Josefa, doncella; y a Teresa Milián, difunta mujer que fue de [Francisco Moreno] Pimienta, que tuvo una hija llamada Brígida Francisca Milián Perdomo, su nieta, que tiene en su casa y compañía. Declara por sus bienes una casa de su morada de cal y canto en su solar y el menaje de ella y otro solar eriazo, libres de censo. Declara tiene en su casa y compañía a Josefa Nicolasa y a María Teresa, doncellas, a las que ha criado como si fueran sus hijas. Manda se le dé a Josefa un cuarterón de solar y el otro cuarterón se le dé a María Teresa, para cuando tenga la edad competente. Debe a don Juan Cayetano lo que éste dijere por lo que debía Juan José, su hijo difunto. Manda se den limosnas al Señor San Miguel de barrio nuevo. Nombra por albacea a don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa, al Teniente don Esteban [roto] y a José de Rivera, y por tenedor de bienes a este último. Nombra por herederos a sus hijas y nietas.

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MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0025 · Item · 1720/03/16
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a doña Sebastiana de Madrid, viuda de Juan Hernández y vecina de esta villa, un tercio de caballería de tierra perteneciente a los propios de esta villa, sobrante de las dos suertes que posee la susodicha y de cuatro solares que compró de los herederos de doña María Milián Perdomo, que lindan por el norte con la barranca que llaman de río Seco; por el sur con camino real que va de esta villa a San Lorenzo; por el oriente con el cerrillo que llaman de la Peñuela; y por el poniente con tierras del trapiche de Alonso Gómez Dávila. Lo arrienda por nueve años que corren desde hoy día de la fecha en precio de [roto] y bajo las condiciones que se mencionan.

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MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0104 · Item · 1707/07/18
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Nicolás Ruiz, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a José Cano, vecino de esta villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, ubicado en el barrio de San Sebastián, que linda por una parte y hace frente calle en medio con solar que fue de Juan de Molina y por otra linda con solar de María [roto] que es a la parte del sur; por el poniente con casa de Andrea Pérez y por el fondo linda con casa de María Milián Perdomo; dicho solar es el mismo que hubo y compró de Pedro de Guemez y [María Cid]. Lo vende en precio de 40 pesos de oro común.

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MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0140 · Item · 1700/12/31
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Benito Caravallo, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que hace tiempo le hurtaron a María Milián Perdomo, vecina de esta villa y suegra del otorgante, una mula de carga caricoyota [sic] de su rancho, con el hierro que está al margen. Y a pesar que hizo muchas diligencias en su búsqueda, no la pudo encontrar, hasta que, por el mes de octubre del presente año, la conoció entre otras mulas de la recua de Juan de Leiva, vecino de Tecamachalco, que iba cargo de Francisco Gómez, su mayordomo; y queriendo pedir dicha mula judicialmente, convinieron en entregársela para excusar pleitos y litigios, con tal que le otorgara carta de lasto. Por lo cual, otorga que ha recibido de Francisco Gómez la dicha mula y le otorga poder y lasto para que cobre judicial o extrajudicialmente a la persona a quien le compró dicha mula.

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MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0033 · Item · 1709/02/25
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Alférez don Pedro Fernández de Ves y Segura, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Villarrodrigo, arzobispado de Toledo, en los reinos de Castilla, hijo legítimo de don Juan Fernández de Ves Torrecillas y de doña Lucía Sánchez de Segura, difuntos; y doña Francisca Milián Perdomo, su legítima mujer, vecina y natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de Juan Antonio Juárez, difunto, y de doña María Milián Perdomo, vecina de esta villa; se otorgan el uno al otro poder para que puedan otorgar el testamento de uno y del otro. Declaran estar casados y cuando contrajeron matrimonio doña Francisca Milián llevó por dote medio solar eriazo, en el cual, don Pedro de Ves construyó la casa de su morada. [roto] don Pedro Fernández de Ves y Segura tenía [de principal] hasta 4 500 pesos en reales y en mercaderías de Castilla y de la tierra en una tienda; y un negro nombrado Antonio, de 20 años de edad. Declaran que durante el matrimonio no han tenido hijos. Se nombran, el uno al otro, albacea y tenedor de bienes. Don Pedro de Ves y Segura nombra como heredera a su mujer, y doña Francisca Milián Perdomo nombra como heredera a su madre, doña María Milián Perdomo, y en caso de que ésta falleciera antes, nombra como heredero a su marido.

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MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0047 · Item · 1704/07/11
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Pedro de Guemez y María Cid, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, la susodicha con licencia otorgada por su marido, juntos de mancomún, otorgan que venden realmente a Nicolás Ruiz, mestizo, vecino de esta dicha villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, que es el barrio de San Sebastián, que linda por una parte y hace frente, calle en medio, con casa de Juan de Molina; por la parte del sur linda con solar de María González; por el poniente con casa de Diego de la Cruz; y por el fondo con solar de María Millán Perdomo. Dicho solar es el mismo que cuando contrajo matrimonio la otorgante con Pedro de Guemez, le fue donado por su padre Diego Cid de Lara. Por lo tanto, lo venden libre de censo, empeño, hipoteca, enajenación ni otro gravamen que no lo tiene, en precio de 40 pesos de oro común.

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MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0122 · Item · 1720/11/14
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, dijo que los bienes del Capitán don Manuel Gómez Dávila, difunto, vecino que fue de esta villa, le están debiendo 1 240 pesos de que se halla opuesto a sus bienes como uno de sus acreedores en el juicio que se sigue ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, habiendo reconocido la deuda el Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, albacea del dicho capitán; y ahora con ocasión de haber tenido litis con los albaceas y herederos de doña María Milián Perdomo, su difunta suegra, sobre la parte que a la susodicha difunta le toca de herencia en los bienes de su hija doña Francisca Milián Perdomo, difunta esposa del otorgante, habiéndose ajustado que los bienes de su mujer, doña Francisca, quedaron condenados en 2 600 pesos, cuyas pagas fueron en ropa, reales y 693 pesos 3 reales que les había de traspasar en los 1 240 pesos que le deben los bienes de dicho Capitán Gómez Dávila. Por lo cual, otorga que cede, renuncia y traspasa a los herederos, hijos y nietos de la dicha difunta, los 693 pesos 3 reales para que los cobren de los bienes del Capitán don Manuel Gómez Dávila, cuyos herederos a sazón son los siguientes: doña Inés Milián Perdomo, hija del otorgante y mujer legítima de José Miguel de Rivera; doña Josefa Milián Perdomo, su hija, doncella; Estefanía Milián Perdomo, mujer legítima de Juan Francisco Sánchez; doña Brígida Francisca Milián Perdomo, doncella; doña Catalina Milián Perdomo, mujer legítima de Juan Mitre; doña María Josefa Milián Perdomo, mujer legítima de Juan de Barrios; doña Francisca Caravallo, mujer legítima de Joaquín Montaño; Gabriel José Suárez y su hermana Jerónima Suárez, nietos de la dicha difunta, en representación de sus padres y madres hijos legítimos que fueron de la susodicha.

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MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0110 · Item · 1719/10/30
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña María Milián Perdomo, viuda y heredera del remanente que quedó por bienes de doña Francisca Milián Perdomo, su difunta hija; y el Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, albacea y tenedor de bienes que es de la susodicha, su mujer. Ambos otorgantes dijeron que el día 25 del presente mes y año se procedió a hacer inventario y avalúo de bienes que quedaron de la difunta. Doña María Milián, señaló que el caudal que dejó su hija ha sido ganado durante su matrimonio de lo que quedó más que medio [solar] de tierra eriazo que le dio en dote de 25 varas de frente y 50 de fondo, y el dicho [roto] llevó al matrimonio 4 500 pesos [roto] de casa y un esclavo nombrado Antonio de Segura. Le consta que el caudal de [roto] pasaban de 8 000 pesos como parece del libro de sus cuentas, la mayor parte de él son débitos incobrables como cobrables que lleva mucho tiempo para apercibirlos, como asimismo otros gastos precisos e inexcusables que se puedan ofrecer. Situación por la cual, ambas partes han convenido y ajustado transacción en esta escritura, para que la parte que tocare de herencia [roto] se pueda distribuir en la forma y manera siguiente: primero doña María, declara haber recibido del capitán la ropa de color y blanca de la difunta su hija, alguna plata labrada, un par de sarcillos de oro grandes, dos pares de aretes de oro, dos sortijas de oro, una cama de grana, un rodastrato de pinturas nuevo, tres cojines de raso encarnados, seis sillas de baquetas labradas nuevas, unas colcha camera nueva de Tecamachalco, un colchón camero y otras menudencias del uso de su hija y algunos reales que le había dado [roto], que de uno y otro se da por entregado a su voluntad, por lo que entrega carta de pago y recibo en forma. Asimismo, durante los días de su vida y hasta donde cubriere la cantidad que le tocare de su legítima, le halla de dar el capitán para sus alimentos, todos los sábados 4 pesos y de quince en quince días 4 libras de cacao y dos onzas de canela y la azúcar correspondiente a cada molienda. Asimismo, se encargará de techar la casa de su morada que se compone de la sala de 12 varas de tejas, la madera y clavos que necesitare y haya de pagar los operarios. Asimismo, en el caso de que llegase su fallecimiento, sobreviviendo don Pedro Fernández, se encargará de enterrarla en donde fuere su voluntad sin que se entrometa ninguno de sus herederos. Tanto el uno y el otro se remiten y perdonan los alcances y se dan por finiquito y apartan los derechos y acciones. La susodicha aparta a sus herederos para que no pidan ni demanden cosa alguna al Capitán don Pedro Fernández, por estar satisfecha la herencia y él pueda disponer de sus bienes, y ella se obliga a las calidades y condiciones que se mencionan en esta escritura.

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MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0005 · Item · 1720/01/07
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de doña Francisca Milián Perdomo, su legítima mujer, en virtud del poder para testar que le otorgó en esta villa de Córdoba, bajo el cual falleció, otorga por la presente su testamento según y cómo se lo dejó comunicado. Declara que su mujer fue sepultada en la santa iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de Nuestra Señora del Rosario. Declara que fue voluntad de su mujer que cuando muera el otorgante sean liberados dos esclavos nombrados María y Miguel, hermanos, de seis y dos años de edad. Declara que cuando contrajeron matrimonio, doña Francisca Milián llevó por dote medio solar eriazo, en el cual, don Pedro de Ves construyó la casa de su morada, y don Pedro tenía de capital más de 8 000 pesos en reales y en géneros de Castilla y de la tierra en una tienda, y un negro nombrado Antonio, con el demás menaje de su casa. Se nombra albacea y tenedor de bienes de la difunta. Nombra heredera a doña María Milián Perdomo, madre de su difunta esposa.

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MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0124 · Item · 1720/11/16
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

De una parte, el Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes de doña Francisca Milián Perdomo, su difunta mujer. Y de la otra parte, José Miguel de Rivera, albacea, tenedor de bienes de doña María Milián Perdomo, suegra de Ves y Segura, y marido de doña Inés Milián Perdomo; Juan de Barrios como marido de doña María Josefa Caravallo; Joaquín Montaño como marido de doña Francisca Caravallo; Juan Francisco Nebrija como marido de doña Estefanía Milián Perdomo; Juan Mitre como marido de doña Catalina Milián Perdomo; Miguel de Salcedo, curador ad litem de doña Josefa Milián Perdomo por estar dementada; doña Brígida Francisca Milián Perdomo, mayor de veinticinco años; Gabriel José Suárez, de veinte años, y Jerónima Suárez, de dieciocho años de edad, hermanos, hijos legítimos de Miguel Antonio Suárez y de Ángela de Brito, difuntos, menores con asistencia de Miguel de Salcedo, su curador; todos hijos, nietos y herederos de los bienes que quedaron por muerte de doña María Milián Perdomo. Dijeron que el día 20 de septiembre de 1719 falleció doña Francisca Milián y en el poder para testar que otorgó, dejó por su heredera de los bienes gananciales que hubiera a su madre, doña María Milián Perdomo. Y habiendo fallecido doña María Milián Perdomo, recayó el derecho de dicha herencia en sus hijos y nietos, y estando los autos para que se vendiera una casa y demás bienes, reconociendo los gastos de los pleitos, por bien de paz y concordia y con la intervención de hombres temerosos de Dios y doctos, todos juntos se han convenido y concertado en que el Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura ha de entregar, como ha entregado ya, la cantidad de 2 600 pesos, en esta forma: 1 000 pesos en reales rebajando 482 pesos que gastó en la manutención de doña María Milián, entierro, misas y funeral, asimismo, en la manutención de un año de doña Josefa y doña Brígida Francisca Milián; 508 pesos duros; 907 pesos en diferentes alhajas de plata y oro, ropa y géneros de tienda; y los 693 pesos restantes en una deuda perdida; con lo que se cumplen los 2 600 pesos. Cuya cantidad tiene recibida José Miguel de Rivera, albacea y tenedor de bienes de doña María Milián. Con lo cual, albacea y herederos, se desisten de cualquier derecho por la dicha herencia y dan por libres y desembarazados la casa y demás bienes de dicho Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura.

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