El Señor Licenciado don Pedro Molina Pérez, Presbítero, Cura Coadjutor, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa, exhibió un testimonio signado y firmado al parecer de Pedro Ibáñez Cabellos, Escribano Real y Público de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de una escritura [roto] por el Capitán don Antonio de los Reyes [Ladrón de Guevara], vecino y mercader de dicha ciudad, [roto] don Alonso Gómez del Corro, su data en la ciudad de los Ángeles a 24 de julio de este presente año, por la cual se obligó en nombre de su parte a exhibir en la Secretaría de Gobierno de este obispado 2 000 pesos de principal de una capellanía procedidos de la venta de la casa que le hizo el Alférez Mayor don Juan Valero Grajeda a su parte, cuya exhibición se obligó a hacer de la fecha de la escritura en cuatro años a don Francisco de Oliván, capellán propietario interino de dicha capellanía, para mayor seguridad de dicho principal y réditos obligó en nombre de su parte e hipotecó la dicha casa; y para que conste la registra en el presente libro del becerro.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Gregorio Rendón, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, exhibió un testimonio de escritura de obligación fecha en la ciudad de los Ángeles a primero del corriente mes y año, cuyo testimonio al parecer se halla firmado del susodicho, por lo que pidió ante el escribano se registre en este libro de censos, y según se percibe parece haberse obligado dicho regidor como fiador de doña Josefa Gómez Dávila, vecina de dicha ciudad, viuda del Capitán don Antonio de los Reyes Ladrón de Guevara, asimismo, el Capitán don Manuel de los Reyes Ladrón de Guevara, vecino de dicha ciudad de los Ángeles, al seguro de 6 000 pesos común que por hacerle buena obra se le suplieron y prestaron en reales de contado a la dicha doña Josefa, de la obra pía de casar huérfanas que mandó fundar don Jorge Cerón Zapata, con obligación de réditos de 5 por ciento, y los tres juntos de mancomún se obligaron de pagar dicha cantidad de 6 000 pesos a la dicha obra pía y en su nombre al Licenciado don Gregorio Solano su administrador que al presente es y al que en adelante lo fuere; para mayor seguridad del principal y réditos doña Josefa hipotecó unas casas que posee en dicha ciudad de los Ángeles [roto] y don Gregorio Rendón hipotecó una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Nicolás Obispo, alias Cuichapa, fundada en 27 caballerías de tierras, lindadas por el poniente con tierras de los naturales del pueblo del Naranjal, por el poniente con tierras de la hacienda de Guadalupe pertenecientes a don Lope Antonio de Iribas, por el norte con las serranías de Posquautla [Poscuautla] y por el sur con río Blanco; y para que conste el registro de dicha escritura se asentó en este libro.
BERNARDINO DE TOVAR Y SOTELO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOAntonio de los Reyes Ladrón de Guevara, residente en esta villa de Córdoba, otorga que vende a Esteban Naval, vecino de esta villa, un negrito esclavo nombrado Esteban, de doce años de edad poco más o menos, el mismo que compró en la ciudad de la Nueva Veracruz del Capitán don Lucas de Acosta, Factor de Asiento de Negros que se introdujeron en las Indias y del Capitán don Damián Pereira de Araujo, que también lo fue de dicho asiento. Lo vende por esclavo cautivo, sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre por libre de empeño, enajenación e hipoteca, al precio de 100 pesos de oro común, que ya tiene recibidos.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALDon Juan Antonio Carrillo Cisneros, Procurador de Causa de esta Audiencia Ordinaria, exhibió cuatro copias de una misma escritura, su data en la ciudad de los Ángeles en 23 de diciembre de 1746, y pidió se registre en los libros de censo, en ella se percibe que el Licenciado don Manuel José Rodríguez de Abouza y Meza, Presbítero, en nombre y en virtud de poder del Regidor don Gregorio Rendón, vecino de esta villa, hizo ocurso al ilustrísimo señor arzobispo con memorial, en que suplicó le diera a 5 por ciento 10 000 pesos de los principales de capellanía que se hallan exhibidos en las arcas, los 6 000 para exhibir como pertenecientes a la obra pía de huérfanos que fundó don Jorge Cerón Zapata, por otros tantos en que dicho Regidor don Gregorio Rendón fio [a] doña Josefa Gómez Dávila, viuda de Antonio de los Reyes Ladrón de Guevara, y con ella los réditos que son a su cargo por estar cumplida la escritura de dicho principal e insolvente la deudora; y la restante cantidad para refacción de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Nicolás Obispo (alias Cuichapa) que en jurisdicción de esta villa posee su parte, y que dicha cantidad se le diese por tiempo de cinco años con obligación de réditos. Asimismo, se percibe que por decreto de dicho señor ilustrísimo mandó remitir su pretensión al señor juez de testamento y capellanías de este obispado para que informara sobre ella, quien lo consintió y por decreto le hizo gracia de otorgar escritura, a la que concurriese el administrador de la obra pía de dicho don Jorge Cerón para la subrogación que ha de hacer de su principal en favor de la misa de los Dolores y capellanía de Sebastián Rodríguez, por cuya razón el apoderado del citado Regidor don Gregorio Rendón, reduciendo su contexto al tenor de la citada escritura, y en nombre de su parte se obligó a pagar de dichas obras pías y capellanías la cantidad de 10 000 pesos.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco Estévez, mercader y vecino de esta villa, otorga poder especial a don Antonio de los Reyes Ladrón de Guevara, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en nombre y en representación de su persona ponga por aprendiz del arte de boticario a Miguel del Carmen, su ahijado, que ha criado en su casa y compañía, por el tiempo regular que pareciere al maestro, en razón de ello, le otorgue escritura que convenga, según los usos y costumbres, penas, circunstancias y renunciaciones, que por falta de poder no deje de hacer todo cuanto se ofrezca, por lo que se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Diego de Altamirano y don Francisco José Bayro, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan poder general a don Antonio de los Reyes Ladrón de Guevara, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que obligue a don Diego de Altamirano como principal y a don Francisco José Bayro como su fiador, a favor de doña Juana María y doña María Teresa Gómez Dávila, doncellas, hijas legítimas y herederas del Regidor don José Gómez Dávila, difunto, por la cantidad de 2 000 pesos resto del valor de la casa y medio solar que quedó por bienes de dicho difunto, y que se remató por la Real Justicia de esta villa en pública almoneda a don Diego de Altamirano, en 3 000 pesos, de los cuales 500 pesos dio de contado para el vestuario de las susodichas a don José de Olaso y Salgado, su apoderado; 500 pesos que tiene pagados por mano de don Antonio Ladrón de Guevara a las susodichas; y los 2 000 pesos restantes que pagará de la siguiente manera: 1 000 pesos para fines de agosto de 1721 y los otros 1 000 pesos para fines de agosto de 1722, con sus réditos correspondientes de 5 por ciento en cada año.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOFrancisco Fernández de la Lastra, vecino de esta villa de Córdoba y natural de las montañas de Burgos en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Pedro Fernández de la Lastra y de Susana González de Cueto, difuntos, dijo que por cuanto esta para salir a la ciudad de la Puebla de los Ángeles a buscar curación de los achaques que padece, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que tiene por bienes la mitad de los géneros de que se compone una tienda que gobierna y rige Esteban de Naval y Pintos en esta villa, su compañero, quien los tiene aparcería y compañía entre los dos y a quien deja a su cuidado su corto caudal y cuando muera entregue cuentas de lo que le pertenece a sus albaceas. Nombra como albaceas testamentarios a Juan Álvarez de Rivera y Antonio de los Reyes Ladrón de Guevara, vecinos de esta villa, y solo como tenedor de bienes al dicho Juan Álvarez. Finalmente, como no tiene herederos ascendentes ni descendentes, nombra como herederas universales a las Ánimas del Purgatorio, para que todo el remanente de sus bienes se aplique y se convierta en misas.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO