Sebastiana de Madrid, mujer legítima de Juan Hernández, vecina de esta villa de Córdoba, con licencia expresa de su marido; y su hermana, María de Madrid, doncella, mayor de veinte años; dijeron que por hallarse los bienes que legítimamente les tocan por herencia de Tomás de Madrid, su difunto padre, que se hallan en el pueblo de Orizaba, inclusos en el valor de una casa que hoy posee Teresa de Madrid, mujer legítima de Pedro Pérez Franco, vecinos de dicho pueblo, quienes están obligado a pagar a las otorgantes lo que les toca por herencia de su padre, como hijo y heredero que fue de Benito de Madrid y Agustina Ramírez, difuntos abuelos de las otorgantes. Y para que haya persona que pida, recaude, cobre y administre la parte que les toca de herencia, María de Madrid nombra a Juan Hernández como tutor y curador ad bona, y ambas hermanas le otorgan poder para que en sus nombres siga, prosiga, fenezca y acabe el juicio divisorio de dichos abuelos y padre, y para que pida y tome cuentas a cualesquiera albaceas y tenedores de bienes de los susodichos.
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MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0064
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1700/08/13
Parte de Archivo Notarial de Córdoba