Doña Ana de Pedraza, natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de Antonio de Pedraza y de doña Ana [García] de Meza, difuntos, viuda del Alférez Antonio Muñoz de Anaya; otorga poder al Capitán don Juan de Meza y Ascanio, marido de su hija doña Catalina Muñoz de Pedraza, y a José Muñoz de Anaya, también su hijo, para que en su nombre hagan y ordenen su testamento como se los tiene comunicado. Declara haber contraído matrimonio con el Alférez Antonio Muñoz de Anaya, difunto, con quien procreó a Catalina Muñoz, de treinta años; al Padre Antonio Muñoz, de la Compañía de Jesús, de veintiocho años; a José Muñoz, de más de veinte años; a doña Polonia, de dieciséis años; y a Alonso, de quince años. Nombra albaceas testamentarios al Capitán don Juan de Meza y Ascanio y a José Muñoz de Anaya, sus hijos. Nombra herederos sus hijos y como tutor y curador ad bona de los menores a dicho don Juan de Meza y Ascanio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Licenciado José Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Jerónimo Rodríguez de la Peña y de María Rodríguez Abello, sus padres difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser capellán, propietario y patrono de una capellanía de 4 000 pesos que fundaron por sus almas Pedro Calderón y doña María de Ratia, para que a su título se ordenase de sacerdote Jacinto Calderón, su hijo; y usando la facultad como tal patrono, nombra a Miguel de Guzmán para que después de sus días quede como capellán propietario de la capellanía. Declara que también es capellán de una capellanía de 42 pesos de renta en cada un año que fundó el capitán Juan de Vertiz, vecino de la ciudad de la Veracruz, de que le está debiendo según su libro de cuenta, manda se cobre. Ítem, declara que paran en poder del Depositario General don Baltazar Gómez de la Velilla Blanco, vecino de esta villa, 400 pesos de oro común en que paga de rédito a razón de 5 por ciento, los cuales pertenecen al alma de María de la Concepción, difunta, vecina que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, manda a sus albaceas hagan cuenta. Ítem, declara por sus bienes, el menaje de su casa, esclavos que compró del Capitán Lucas de Acosta. Declara que fue mayordomo de la fábrica espiritual de la iglesia parroquial de la ciudad de la Nueva Veracruz, manda a sus albaceas ajusten cuentas. Ítem, declara que tiene por sus bienes dos esclavos pardos, uno nombrado Juan y la otra Petrona, que están en su casa y servicio [roto] a los cuales les da libertad para que gocen de ella, con declaración de que si faltare alguna cantidad de pesos para dar entero cumplimento a las pagas y legados de este testamento, se habrán de vender dichos esclavos, con la condición de que el comprador de dichos esclavos se obligue a darles la libertad. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán Manuel Gómez Dávila y a Lorenzo de Guzmán, vecinos de esta villa y por su tenedor de bienes al Capitán Manuel Gómez Dávila y en el remanente que quedare de sus bienes, al no contar con sucesores, nombra por su único y universal heredero a Miguel de Guzmán, hijo legítimo de Lorenzo de Guzmán.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Regidor José de Leiva, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de fabricar azúcar en su jurisdicción, albacea testamentario, tenedor de bienes y heredero del Capitán José de Leiva Esparragosa, su hijo difunto, vecino que fue de esta villa, otorga poder especial al Capitán Juan de Meza y Ascanio, vecino de la nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre, haga, demande, reciba y cobre de Roque de Aguilera, vecino de dicha ciudad, 712 pesos de oro común en reales que el susodicho le está debiendo a los bienes de dicho su hijo, procedidos de diferentes partidas de azúcar que le dio, como consta del libro de cuentas.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Francisco Cruzado, Provincial de la Santa Hermandad de la ciudad de la Nueva Veracruz y Regidor Perpetuo en ella por Su Majestad, otorga que recibió de don Nicolás de Olivera, vecino que fue esta villa de Córdoba, la cantidad de 5 317 pesos y 4 reales de oro común, que son los mismos que le había prestado y se obligó a pagar al otorgante, como también don Miguel de Leiva Esparragosa, por poder de doña Josefa García de Miranda, ya difunta. Dicha cantidad la recibió de la manera siguiente: 1 317 pesos y 4 reales por mano de Juan de Meza y Ascanio, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, a quién le dio carta de lasto, y la cantidad restante en diferentes libramientos que le hizo don Nicolás de Olivera en la ciudad de los Ángeles como en otras partes. Por consiguiente, da por rota, nula, cancelada y de ningún valor, ni efecto la dicha escritura de obligación.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Juan de Meza y Ascanio, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Alférez don Ambrosio Vidal, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre como tutor y curador ad bona de sus hijos menores y de doña Juliana de Villar y Estrada, su difunta mujer, cancele la escritura de obligación que a favor de dicho don Juan de Meza otorgó doña María Margarita de Villar y Estrada, viuda de don Juan Vidal Saavedra, de la venta de la hacienda de ganado mayor nombrada del Paso del Toro por la parte que le tocó al otorgante, que quedó por bienes del Capitán Juan Domingo de Villar y doña María Díez de Estrada, sus difuntos padres, por la cantidad de 4 000 pesos resto de 10 000 pesos, de lo cual otorgue recibo, carta de pago, finiquito y cancelación.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán Juan de Meza y Ascanio, vecino de esta villa de Córdoba y [Alcalde Mayor] por Su Majestad de la Veracruz, otorga poder especial a don José de Aguirre [roto] para que en nombre y en representación de su persona [roto] para su dependiente se le da éste con libre y general administración [roto].
MANUEL DE ROSAS, JUEZ RECEPTORDon Miguel García de Monzaval, don Joaquín José, don Alonso Gómez Dávila y doña Josefa de Pedraza, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre del Capitán don Juan Gómez Dávila, difunto, en virtud del poder para testar que les otorgó, el cual usan para señalar su testamento en la forma siguiente: Declaran fue sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco. Mandó se diesen 50 pesos de sus bienes para que se repartan entre las cofradías de esta villa, que son: el Santísimo Sacramento, Nuestra Señora de la Concepción, Señor San José, el Santo Cristo, Jesús Nazareno, Nuestra Señora de la Soledad, Nuestra Señora de Guadalupe, Tercera Orden de Penitencia y Nuestra Señora del Rosario. También, les comunicó el difunto que habiendo otros hermanos que apoyen y se fervoricen a hacer algún altar al Señor San Joaquín y Santa [roto] Ana en la parroquia de esta villa, se saque de sus bienes la cantidad que faltare para el cumplimiento de dicho altar, y en él pidió y suplicó se coloque la imagen del Señor San Nicolás, donde permanezca perpetuamente. Mandó se le den 500 pesos a doña Gertrudis Gómez Dávila, su sobrina, hija de su hermano Alonso Gómez Dávila, mismos que están prontos a entregarle por haber contraído matrimonio con don Miguel García de Monzaval. Ordenó que del remanente de sus bienes se impusiese una capellanía de 3 000 pesos de principal y como capellanes a Alonso, a Ventura José y a Nicolás Gómez Dávila y a falta de estos a los parientes más cercanos, y nombró por patrona de la capellanía a doña Josefa de Pedraza, por capellán interino al Bachiller don Juan Gómez Dávila, Presbítero, su sobrino, y en caso de que en el quinto de sus bienes no quepan los 3 000 pesos, se saquen 150 pesos y con ellos se compren hasta donde alcanzare unos mantos, y que éstos se [repartan] entre pobres de esta villa. Mandó se den 100 pesos para que se le entreguen a Josefa hija de Clemente José Hidalgo, difunto, en el ínterin que no tome estado se les entreguen a sus albaceas, cantidad que es en cuenta de 1 000 pesos que le habían ofrecido a Francisca Gómez, su madre, a quien ya le había entregado 900 pesos. El difunto mandó se paguen 50 pesos a Juan de Orantes por concepto de un solar que le compró hace 10 años. Dicho difunto tenía deudas con el Bachiller don Esteban Lambert, Nicolás de Leiva, el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís y otros más que se mencionan en esta escritura, las cuales mandó se paguen de sus bienes; y a él le debían don Lope Antonio de Iribas, Nicolás Campos y Pedro Zacarías, manda se les cobre. También, les comunicó fue albacea del Regidor don José Gómez Dávila y dentro de sus bienes quedó un negro nombrado José, Congo, que vendió al Capitán Manuel de Rosas en cantidad de 300 pesos, mismos que mandó se entreguen a sus hijos don Diego y don Ciprian; y estando en dicho cargo algunos vecinos le quedaron debiendo cantidades de pesos que constan por autos e inventarios, y de las diligencias que hizo entregó algunos pesos a los herederos del regidor, y aunque se había hecho cargo de todo el caudal en las aplicaciones y partes que les tocaba a los susodichos, les comunicó que del caudal le debían 2 500 pesos [roto] que el Alférez José Gómez Dávila, su sobrino, a quien se le aplicaron en las casas de su morada, y habiéndolos necesitado el dicho su sobrino, él se los dio de su propio caudal, y los otros 1 500 pesos fueron por la venta que como tal albacea hizo con doña Micaela Ramos, del potrero que llaman El Novillero, pero salió que por el precio del novillero estaba mal vendido, y así Juan Gómez devolvió los 1 500 pesos de su propio caudal, mismos que manda se rebajen a los menores de dicho su hermano. El difunto les comunicó tenía poder para testar de doña Marina Gómez Dávila, su difunta hermana, cargo que usó para administrar todos sus bienes y especialmente la hacienda nombrada Señor San Joseph [José], que quedó por bienes del Capitán don Juan Rodríguez Durán, de lo cual ajustó y liquidó todas las cuentas y salió alcanzado [roto] por mano del Sargento Agustín de Villavicencio, quien ajustó y asistió a las cuentas, mismas que dejó en manos de la susodicha, y fue su voluntad se cobrase la cantidad de sus albaceas y herederos, rebajándosele un cofre pequeño viejo que tenía dado al Capitán Nicolás Rodríguez, que importó 150 pesos, asimismo, el valor de 80 arrobas de azúcar que de orden de dicho difunto remitió a la Nueva ciudad de la Veracruz, cuya venta fue a 11 reales arroba. El difunto señaló se debían 300 pesos de los bienes del Regidor don José Gómez Dávila a doña María de Olaso y Salgado. Asimismo, mandó se saquen de sus bienes 300 pesos, de los que hace manda a doña Catalina Muñoz de Pedraza, hija del Alférez Antonio Muñoz de Anaya y de doña Ana de Pedraza, y mujer de don Juan de [Meza] y Ascanio, Alcalde la Antigua Veracruz [roto]. El difunto tenía sobre la hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Santa Theresa [Teresa] [roto] de principal a favor de la Madre Catalina, hija del Regidor don Juan Gómez Dávila, reclusa en el convento de Santa Clara de la ciudad de la Puebla. También les comunicó, que el Regidor don José Gómez Dávila, difunto, fue albacea del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, y tutor y curador de sus menores hijos y herederos, cuyo cargo recayó en él, y entró en su poder unas tierras que están en el pago de Tlacomulco, cuyo valor Juan Gómez tiene satisfecho a los herederos de Juan de Soto, y después apareció otro dueño reclamando derechos sobre dichas tierras en virtud de títulos que él volvió a comprar, y mandó que la cantidad que tenía suplida a los herederos de Soto se cobre de sus bienes. Por bienes del difunto, los otorgantes declaran la hacienda nombrada Santa Theresa [Teresa] en el pago de Tlacomulco que se compone de 21 caballerías de tierra y sobre éstas un censo a favor del Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, vecino de la Puebla. Y usando del poder para testar, señalan que se constituyen albaceas. Del remanente de sus bienes nombran por herederos a Alonso, doña Ana María, Ventura José y Juan Gómez Dávila, sus hijos; y nombran a doña Josefa de Pedraza por tenedora de bienes, tutora y curadora de sus personas y bienes.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Juan de Meza y Ascanio, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a don Hipólito del Castillo de Altra, vecino de esta villa, un mulato esclavo nombrado Juan Gregorio Nicolás, de veinticinco años de edad, que hubo y compró de don Martín López de Ampuero; lo vende por esclavo sujeto a servidumbre, libre de empeño por precio y cantidad de 350 pesos de a 8 reales de oro común al contado.
FRANCISCO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTORJuan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, nombrada Nuestra Señora del Rosario, otorga poder especial a don Juan de Meza y Ascanio, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre pueda buscar créditos en la dicha ciudad o donde los halle hasta la cantidad de 3 500 pesos, con los intereses que él ajuste, otorgando para ello la escritura de obligación e hipotecando dicha hacienda para mayor seguridad.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Lucas de Contreras, vecino de esta villa de Córdoba, marido y conjunta persona de Josefa de Meza y Ascanio, hija y heredera de doña Juliana de Villar y Estrada; otorgan haber recibido de su padre, don Juan de Meza y Ascanio, vecino de esta villa, 2 706 pesos 5 reales y medio en una libranza sobre el Alférez don Ambrosio Vidal, a favor del otorgante, dada por el dicho don Juan de Meza y Ascanio, su fecha en la esta villa a 18 de agosto de 1713, cuya cantidad es la misma que le tocó a doña Josefa de Meza y Ascanio por legítima materna.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO