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Description archivistique
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MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0104 · Pièce · 1707/07/18
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Nicolás Ruiz, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a José Cano, vecino de esta villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, ubicado en el barrio de San Sebastián, que linda por una parte y hace frente calle en medio con solar que fue de Juan de Molina y por otra linda con solar de María [roto] que es a la parte del sur; por el poniente con casa de Andrea Pérez y por el fondo linda con casa de María Milián Perdomo; dicho solar es el mismo que hubo y compró de Pedro de Guemez y [María Cid]. Lo vende en precio de 40 pesos de oro común.

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MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0047 · Pièce · 1704/07/11
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Pedro de Guemez y María Cid, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, la susodicha con licencia otorgada por su marido, juntos de mancomún, otorgan que venden realmente a Nicolás Ruiz, mestizo, vecino de esta dicha villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, que es el barrio de San Sebastián, que linda por una parte y hace frente, calle en medio, con casa de Juan de Molina; por la parte del sur linda con solar de María González; por el poniente con casa de Diego de la Cruz; y por el fondo con solar de María Millán Perdomo. Dicho solar es el mismo que cuando contrajo matrimonio la otorgante con Pedro de Guemez, le fue donado por su padre Diego Cid de Lara. Por lo tanto, lo venden libre de censo, empeño, hipoteca, enajenación ni otro gravamen que no lo tiene, en precio de 40 pesos de oro común.

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MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0006 · Pièce · 1700/03/22
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Andrea Pérez, vecina de esta villa de Córdoba, hija legítima de Juan Pérez y de María Cid, difuntos, dijo ser mujer legítima de Nicolás Rosel, ausente desde hace dieciocho años, cuya ausencia aunada a su pobreza y pública necesidades que padece con sus hijas, y hallándose con un solar en esta villa, sin poder construir, solicitó licencia para vender y con su procedido remediar sus necesidades. Para lo cual, presentó escrito ante el Capitán don José Gómez Dávila, Alcalde Ordinario de esta villa, con información de la usencia de dicho su marido, su pobreza y utilidad de la venta que pretendía hacer, habiéndole éste concedido licencia para su venta. Y usando dicha licencia, por la presente otorga que vende a Francisco de la Cruz, vecino de esta villa, un cuarterón de solar que es la mitad del medio solar que contiene la relación del escrito que presentó. Dicho solar se compone de 12 varas y media de frente y 25 de fondo. Lo vende en precio de 50 pesos de oro común en reales de contado.

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