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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0147 · Unidad documental simple · 1703/10/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Catalina de Esparragosa, natural de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], hija legítima de Alonso Miguel de Esparragosa y de María Martínez, vecinos que fueron de dicha ciudad; dijo que por la gravedad de su achaque no le da lugar para otorgar su testamento, por lo tanto, otorga poder al Regidor José de Leiva, su marido, para que en su nombre haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Declara estar casada con dicho regidor y durante dicho matrimonio han procreado diferentes hijos, unos casados y otros ya difuntos. Instituye y nombra por albacea testamentario y tenedor de bienes a su marido. Nombra por sus únicos y universales herederos a Antonio de Leiva, su hijo legítimo; a los hijos de José Gómez Dávila y de doña María de Leiva Esparragosa, su difuntos hijos; y a los hijos del Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, su hijo, y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos; y a los hijos naturales del Capitán José de Leiva Esparragosa, su difunto hijo, que lo son Josefa de Leiva, María de Esparragosa y Juan José, niños.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0029 · Unidad documental simple · 1701/05/02
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Regidor José de Leiva, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de fabricar azúcar en su jurisdicción, albacea testamentario, tenedor de bienes y heredero del Capitán José de Leiva Esparragosa, su hijo difunto, vecino que fue de esta villa, otorga poder especial al Capitán Juan de Meza y Ascanio, vecino de la nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre, haga, demande, reciba y cobre de Roque de Aguilera, vecino de dicha ciudad, 712 pesos de oro común en reales que el susodicho le está debiendo a los bienes de dicho su hijo, procedidos de diferentes partidas de azúcar que le dio, como consta del libro de cuentas.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0017 · Unidad documental simple · 1711/02/04
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña María de Leiva Esparragosa, vecina y natural de esta villa de Córdoba, hija natural del Capitán don José de Leiva Esparragosa, difunto, vecino que fue de esta villa, otorga poder al Secretario Juan Morera de Silva, su marido, vecino de esta villa, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Declara estar casada con dicho Juan Morera de Silva, y cuando contrajeron matrimonio trajo de dote 1 200 y más pesos. Nombra como albacea testamentario, tenedor de bienes y heredero universal a su marido.

MIGUEL VALERO GRAJEDA, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0040 · Unidad documental simple · 1707/03/15
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Bachiller don José Mayorga Cervantes, Presbítero, Notario Público del Juzgado Eclesiástico en esta villa, en voz y en nombre del Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de ella, en virtud de su poder que le otorgó para cobrar las cantidades de pesos que se le quedaron debiendo al Regidor don José de Leiva, su padre, como su albacea y heredero, y usando de él otorga haber recibido del Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, 529 pesos y cuatro reales, los 329 pesos y cuatro reales de contado y los 200 restantes que antes tenía recibido el Capitán José de Leiva Esparragosa, hermano del dicho su parte.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0063 · Unidad documental simple · 1713/08/24
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan Morera de Silva, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Andrés Morera de Silva y de Pascuala Díaz, sus padres difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, dijo que cuando contrajo matrimonio con doña María Francisca de Leiva y Esparragosa, doncella natural de esta villa, el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa, tío y curador ad bona de la susodicha, le prometió por dote 2 300 pesos en la siguiente manera: 1 238 pesos que le cupieron a su mujer en su hijuela de partición de los bienes de que quedaron por muerte de su padre, el Capitán don José de Leiva Esparragosa; 762 pesos de réditos pupilares de dicha cantidad, del tiempo que estuvo en poder de don Antonio de Leiva dicha cantidad; y 300 pesos por los que hizo demanda a dicha su mujer doña Catalina de Esparragosa, su abuela. Y porque tiene recibida dicha cantidad, por la presente otorga recibo en forma, junto con 500 pesos que manda a la dicha su mujer en arras propter nuptias, que declara caben en la décima parte de sus bienes.

DIEGO VALERO GRAJEDA, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0085 · Unidad documental simple · 1700/10/17
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Miguel de Leiva Esparragosa, vecino y natural de la villa de Córdoba, Regidor perpetuo de ella por Su Majestad, hijo de José de Leiva y de doña Catalina de Esparragosa, vecinos dicha villa, ordena su testamento de la siguiente manera: Ordena se den 150 pesos al mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora de Cosamaluapa [Cosamaloapan], de los cuales, 50 pesos se ocupen para la fábrica material de la capilla de dicha santa imagen y 100 pesos en cera para alumbrar a dicha señora en su capilla. Manda se den 500 pesos a doña María Jaimes Ricardo, doncella de dieciséis años, en agradecimiento por acompañarlo en su enfermedad. Menciona que fue albacea de su hermano el Capitán José de Leiva Esparragosa, por lo cual pide a sus albaceas prosigan y fenezcan las diligencias del inventario, avalúos y juicio divisorio que se encuentran parados, y sus bienes en poder del Regidor José de Leiva, su padre. Para el descargo de su conciencia declara que dicho Capitán José de Leiva Esparragosa, tenía tres hijos naturales nombrados María, niña que se encuentra en casa y compañía del padre del otorgante, José de Leiva; Josefa, quien se encuentra con Ana de San Pedro, su madre; y otro que está en el pueblo de Orizaba en poder de Alejandro Pérez, su padrino. Impone 500 pesos a censo redimible para que con sus réditos se digan cincuenta misas rezadas en la ciudad de los Ángeles, todos los lunes en el altar del Santo Cristo en el convento de San Agustín, por las ánimas benditas del purgatorio. Dijo que el Capitán don Lope de Iribas, difunto, dejó a un hijo nombrado don Lope Antonio de Iribas, mayor de catorce años, el cual quedó sumamente desamparado, solo y en la pobreza, y en consideración al Capitán Iribas, el Capitán Nicolás Blanco, difunto, en su testamento le legó cierta cantidad de pesos; y haciéndole el bien, el otorgante le ayudó a aumentar un rancho que estaba principiando su padre en los asientos de Tlacomulco, y para que lo pusiera en el estado que hoy se halla le ha prestado diferentes cantidades de pesos, las cuales manda se le cobren. Declara por bienes un rancho nombrado San Diego, en el paraje del Ojo del Agua, en esta jurisdicción, en donde vive con su familia el Depositario General don Baltazar González de Velilla Blanco, su compadre, por hacerle bien y buena obra para su mantención y sustento. Y en atención al mucho amor y voluntad que le tiene a su comadre doña María Manuela Rodríguez de Sandoval, mujer legítima de dicho depositario, considerando su pobreza, es su voluntad que pagando la susodicha las cantidades de pesos que ha gastado en dicho rancho, se lo apliquen y entreguen por suyo propio. También declara tener 8 caballerías de tierra, que tiendan con las tierras de la hacienda de trapiche San José; la hacienda nombrada San Miguel que posee en arrendamiento hecho por su padre, a quien pertenece. Asimismo, posee una hacienda de trapiche de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción, en el paraje de Acatengo, la cual tiene convenido vender a su hermano Antonio de Leiva; un rancho de caña, en un sitio de ganado menor nombrado Señor San José; y diferentes casas que tiene en la villa de Córdoba. Declara estar casado con doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, con quien ha procreado a Gabriel, de ocho años de edad; Miguel, de seis años; Rafael, de tres años; y Diego, de dos años. Dijo que para el sufragio y bien que reciben las ánimas del purgatorio, convirtiéndose los bienes profanos y temporales en espirituales eclesiásticos, ordena se funde una capellanía de misas rezadas con el remanente del quinto de sus bienes, por su alma, la de sus padres, abuelos, su esposa y parientes, bajo las condiciones y nombramientos que se mencionan. Nombra por albaceas testamentarios al Capitán José Gómez Dávila, en primer lugar, y a Nicolás de Olivera y a Antonio de Leiva; y como tenedor de bienes y tutor y curador de las personas y bienes de dichos sus hijos al dicho capitán José Gómez Dávila y por su falta a Nicolás de Olivera, y por la de ambos a Antonio de Leiva Esparragosa; y como herederos universales a sus cuatro hijos.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0007 · Unidad documental simple · 1708/01/19
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Antonio de Leiva Esparragosa, Capitán de una de las Compañías Milicianas Españolas de esta villa, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar, otorga que debe y se obliga de dar y pagar a Ana de San Pedro, vecina de esta villa, parte legítima, a saber 785 pesos de oro común en reales de resto de mayor cantidad que le tocó a María de Leiva Esparragosa, su hija difunta, hija natural que fue su hermano el Capitán don José de Leiva Esparragosa.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0018 · Unidad documental simple · 1702/04/03
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga de pagar a Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], la cantidad de 2 800 pesos de oro común en reales, resto de 4 100 pesos que el Capitán don José de Leiva Esparragosa, hermano del otorgante, debía a doña Micaela Ramos, vecina de dicho pueblo y suegra de dicho Dionisio. Dicha cantidad procede de una casa que vendió doña Micaela al Capitán don José de Leiva Esparragosa, y cuyo monto de la venta se destinó como dote de doña Nicolasa Ramos, hija de doña Micaela y mujer de dicho Dionisio Serrano. Asimismo, dijo que por la muerte de dicho capitán recayó la obligación de pago en José de Leiva, padre del otorgante y de dicho capitán, como heredero que es. Y por cuanto, este día don Miguel de Leiva compró a su padre, José de Leiva, una hacienda de trapiche en esta jurisdicción, con la condición de pagar los 4 100 pesos a la dicha doña Micaela, de los cuales ya pagó a Dionisio Serrano 1 300 pesos restando los dichos 2 800 pesos, que se obliga a pagar en los plazos que se mencionan en esta escritura.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0022 · Unidad documental simple · 1702/04/19
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino y natural de esta villa de Córdoba, Regidor por Su Majestad, hijo legítimo de don José de Leiva y de doña Catalina de Esparragosa, vecinos de esta villa, ordena su testamento de la siguiente manera: Manda se den de sus bienes 500 pesos a doña María Jaimes Ricardo, doncella de dieciocho años, hija del Capitán José Álvarez Ricardo y de doña Isabel de Noroña, quien está en su casa y compañía asistiéndolo en sus achaques. Declara ser albacea testamentario de José de Leiva Esparragosa, su difunto hermano, por lo cual pide a sus albaceas continúen las diligencias del juicio divisorio. Ordena saquen de sus bienes 500 pesos y los pongan a censo para que sus réditos de 25 pesos se digan cincuenta misas cada año, en la ciudad de los Ángeles, los lunes en el altar del Santo Cristo de Burgos, que está en el convento de San Agustín de dicha ciudad, por las Ánimas Benditas del Purgatorio. Declara por bienes un rancho nombrado San Diego, en el paraje que llaman Ojo de Agua; dos haciendas de trapiche de beneficio de hacer azúcar, la primera nombrada San Miguel, que es la que tiene actualmente, y la otra nombrada San José que fundó desde sus principios; asimismo, dijo tener varias casas de cal y canto en esta villa y demás bienes que encarga sus albaceas realizar inventarios de ellos. Ítem declara estar casado con doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, durante dicho matrimonio, procrearon como hijos a Miguel José de ocho años y a Rafael José de cinco años, declara lo que recibió por dote y el caudal que él tenía. Ítem tiene comunicado a sus albaceas lo que debe y las personas que le deben. Declara ser albacea de don Nicolás de Olivera, difunto, vecino que fue de esta villa, y como tal procedió a la venta de su hacienda, nombrada San Francisco de las Mesillas, la cual compró don Gregorio Martínez de Solís en precio de 51 000 pesos de contado, 15 000 de ellos de contado y el resto como manda el contrato de venta, por lo cual, pide a sus albaceas continúen las diligencias de dicho albaceazgo. Ordena se instituya una capellanía de misas rezadas por su alma, la de sus padres, abuelos, esposa y demás parientes, con 3 000 pesos de principal que han de cargar y situar en una casa baja de cal y canto, cubierta de teja, que tiene en esta villa. Y en el remanente del quinto de sus bienes que quedare, manda que sus albaceas lo pongan a censo redimible en fincas ciertas y seguras; cuyos réditos le deben dar a la Madre Nicolasa Teresa de la Concepción y a la madre Gertrudis de San Miguel, sus hermanas religiosas, profesas del convento de Señora de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, bajo las cláusulas y condiciones que se mencionan en el acta. Nombra por sus albaceas testamentarios en primer lugar al Capitán Juan de los Santos Cubillos; en segundo al Capitán Juan Gómez Dávila; en tercer lugar a don Antonio de Leiva Esparragosa, su hermano y en cuarto lugar a doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, mujer del otorgante, en las condiciones que se expresan en la escritura. Y del remanente que quedare de sus bienes nombra por sus únicos y universales herederos a sus hijos legítimos, Miguel y Rafael de Leiva y a doña Agustina Jaimes Dávila. A esta última la nombra por tutora y curadora ad bona de las personas y bienes de sus hijos menores.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0120 · Unidad documental simple · 1703/08/09
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don José de Leiva, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que funda una capellanía de misas rezadas por su alma, la de doña Catalina de Esparragosa, su esposa, la de los padres de ambos y por las personas de su intención, dicha fundación la hace con el principal de 3 000 pesos de oro común que aplica, sitúa y carga a censo sobre una casa baja, edificada en un solar propio en esta villa, ubicada en la calle que atraviesa del convento de San Antonio para la santa iglesia parroquial, en esquina que hace frente, calle en medio, con solar de Nicolás Bolaños; dicha casa la heredó del Capitán José de Leiva Esparragosa, su difunto hijo. Nombra como primer capellán propietario al Bachiller don Lorenzo de Cabrera, Clérigo de menores ordenes, natural del pueblo de Quichula [Quechula], hijo del Capitán Simón de Cabrera y de doña Gertrudis de Villavicencio y Peñuelas. Se nombra a sí mismo como primer patrono de ella y por fallecimiento al dicho Bachiller don Lorenzo de Cabrera y por muerte de éste al señor cura que fuere de esta villa.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO