El Sargento Miguel de Salcedo, vecino de esta villa, dijo que el 19 de mayo del 1713 el Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa, le otorgó poder general para todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales con cualesquier personas, cargo que no puede desempeñar por hallarse en otras diligencias, por lo que se desiste y aparta de él para no hacer de su contenido.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña Baltazara de Mora y Medrano, mujer de don Nicolás Rodríguez Dávila, dueño de trapiche de hacer azúcar en jurisdicción de la villa [roto], con licencia del susodicho, otorga poder al Sargento don Miguel de Salcedo, vecino de esta villa de Córdoba, para que en nombre y en representación de su persona [parezca ante don José de Segura y Ceballos, Alcalde Ordinario de primer voto de dicha villa], y siga, prosiga, fenezca y acabe por todas las instancias, vías y sentencias la [oposición] que tiene hecha ante su merced, en los autos que se siguen contra su marido y ejecución a sus bienes por los menores hijos y herederos de Sebastián Rodríguez, difunto, por razón de su dote, arras y lo demás que parece en carta de dote que tiene presentada en dichos autos, pidiendo ser graduada en primer lugar, antes que otro acreedor.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODe una parte, el Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes de doña Francisca Milián Perdomo, su difunta mujer. Y de la otra parte, José Miguel de Rivera, albacea, tenedor de bienes de doña María Milián Perdomo, suegra de Ves y Segura, y marido de doña Inés Milián Perdomo; Juan de Barrios como marido de doña María Josefa Caravallo; Joaquín Montaño como marido de doña Francisca Caravallo; Juan Francisco Nebrija como marido de doña Estefanía Milián Perdomo; Juan Mitre como marido de doña Catalina Milián Perdomo; Miguel de Salcedo, curador ad litem de doña Josefa Milián Perdomo por estar dementada; doña Brígida Francisca Milián Perdomo, mayor de veinticinco años; Gabriel José Suárez, de veinte años, y Jerónima Suárez, de dieciocho años de edad, hermanos, hijos legítimos de Miguel Antonio Suárez y de Ángela de Brito, difuntos, menores con asistencia de Miguel de Salcedo, su curador; todos hijos, nietos y herederos de los bienes que quedaron por muerte de doña María Milián Perdomo. Dijeron que el día 20 de septiembre de 1719 falleció doña Francisca Milián y en el poder para testar que otorgó, dejó por su heredera de los bienes gananciales que hubiera a su madre, doña María Milián Perdomo. Y habiendo fallecido doña María Milián Perdomo, recayó el derecho de dicha herencia en sus hijos y nietos, y estando los autos para que se vendiera una casa y demás bienes, reconociendo los gastos de los pleitos, por bien de paz y concordia y con la intervención de hombres temerosos de Dios y doctos, todos juntos se han convenido y concertado en que el Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura ha de entregar, como ha entregado ya, la cantidad de 2 600 pesos, en esta forma: 1 000 pesos en reales rebajando 482 pesos que gastó en la manutención de doña María Milián, entierro, misas y funeral, asimismo, en la manutención de un año de doña Josefa y doña Brígida Francisca Milián; 508 pesos duros; 907 pesos en diferentes alhajas de plata y oro, ropa y géneros de tienda; y los 693 pesos restantes en una deuda perdida; con lo que se cumplen los 2 600 pesos. Cuya cantidad tiene recibida José Miguel de Rivera, albacea y tenedor de bienes de doña María Milián. Con lo cual, albacea y herederos, se desisten de cualquier derecho por la dicha herencia y dan por libres y desembarazados la casa y demás bienes de dicho Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOAntonio Miguel, maestro de cirujano, residente en esta villa de Córdoba, otorga que vende a Isabel Muñoz, vecina de esta villa, un solar de 50 varas de frente y 50 de fondo, en esta villa, en la calle que va de la Lagunilla para el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], que linda por una parte con casa del Cabo de [Escuadra] Miguel de Salcedo, y hace frente con calle en medio con casa que fue del Capitán Gaspar del Monge y Mendoza, vecino que fue de esta villa. Dicho solar es el mismo que compró en remate público ante la Real Justicia de esta villa, de los bienes que quedaron del Regidor don José de Leiva, vecino que fue de esta villa, el 27 de agosto de 1704; dicho solar lo vende en cantidad de 60 pesos de oro común, que declara haberlos recibido en reales de contado.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALMiguel de Salcedo, vecino de esta villa de Córdoba, marido de María de Aguilar, hija legítima del Alférez Juan de Aguilar y de María Rodríguez [Palomino], difuntos, dijo que dicho matrimonio tuvo efecto el día 30 de agosto de este presente año y por cuanto la susodicha se encuentra con diferentes bienes que heredó de sus padres, que importan 1 427 pesos 4 reales, y le ha pedido la susodicha le otorgue escritura de recibo y dote a su favor, por la presente recibe de María de Aguilar los dichos 1 427 pesos 4 reales en los géneros y precios que se mencionan en esta escritura, los cuales se obliga a tener por dote y propio caudal de su mujer sobre lo mejor y más bien parado de sus bienes, y a no obligarlos ni hipotecarlos a deuda alguna, y en caso de ser disuelto el matrimonio a devolverlos a su mujer.
JUAN DE LA BEGUELLINA Y SANDOVAL, JUEZ RECEPTORDiego de Rojas e Isabel Álvarez de la Oliva, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan que fundan una capellanía que sirva a la Divina Majestad de Dios Nuestro Señor y al aumento de su divino culto, con la dote, número de [misas], capellanes, propietarios e interinos, patronos y con las calidades y condiciones siguientes: Dotan la capellanía con 2 000 pesos de oro común que sitúan en el valor de la casa de su morada, ubicada en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa para el río, en esquina; la cual linda por el sur con casa del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; por el poniente con la del Capitán don Hipólito del Castillo de Altra; por el norte, calle en medio, con casa del Cabo de Escuadra Miguel de Salcedo y solar del Sargento Miguel Díaz de Aguilar; por el oriente, calle en medio, con casa del Bachiller don José López de Sagade Bugueiro. Se obligan a pagar al capellán 200 pesos de rédito anual por los 2 000 pesos que sitúan y cargan a censo redimible sobre dicha casa, cuya paga harán por tercios cada cuatro meses. Nombran capellán propietario a Manuel Rodríguez de Aguilar, de más de treinta años de edad, quien se halla estudiando en la ciudad de los Ángeles, para que a su título pueda ordenarse ascendiendo al sacro presbiterato. Nombran por capellán interino al Bachiller don José Mayorga Cervantes, Presbítero Domiciliario de este obispado. Dichos capellanes tienen la obligación de decir una misa rezada todos los domingos y días de fiesta a las ocho de la mañana en la iglesia parroquial de esta villa por las almas de los fundadores. Asimismo, se nombran ellos mismos primero patronos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que el 22 de febrero pasado otorgó poder general al Alférez don Francisco Fernández Navarrete, residente en esta villa, el cual revoca dejando al susodicho en su honor y buena fama, y lo otorga a Miguel de Salcedo, vecino de esta villa, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban, asimismo, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que revoca el poder general que le otorgó a Miguel de Salcedo, vecino de esta villa, el 23 de mayo pasado, y ahora lo otorga a don Juan Dávila Barrientos, también vecino de esta villa, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban, asimismo, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOMiguel de Salcedo, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el día de hoy el Capitán don Pedro Ignacio Rodríguez, vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en ella, por petición que presentó ante el Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad, hizo relación diciendo que entre los bienes de Diego de la Cruz, alias Diego Joaquín, difunto, vecino que fue del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], estaban dos bueyes herrados con el fierro de su hacienda, que con otros le había dado a amansar el Capitán Domingo Mucio, su causante en dicha hacienda, y pidió se le entregasen debajo de fianza que ofrecía. Por lo cual, otorga se constituye como fiador de dicho Capitán don Pedro Ignacio Rodríguez, en tal manera que si al susodicho se le mandara devolver dichos dos bueyes o su valor, lo hará luego de que se le mande o por su defecto el otorgante.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Luis Antonio de la Concha Rebollar y Ceballos, Caballero de la Orden de Santiago, residente en esta villa de Córdoba, heredero del General don Francisco Sigler del Rebollar, difunto, Alcalde Mayor que fue de esta villa; otorga poder especial al Sargento don Miguel de Salcedo, vecino de esta villa, para que en su nombre pida, demande reciba y cobre de don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, albacea que fue de dicho difunto, la cantidad de 480 pesos poco más o menos que cobró de los naturales de los pueblos de esta jurisdicción como alcalde mayor, pertenecientes al años de 1707 del gobierno de dicho difunto, que se les satisfacen por razón de la Visita General que concede hacer Su Majestad a los alcaldes mayores al principio de su gobierno.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO