Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre de don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino y Regidor en ella por Su Majestad, en virtud del poder general que le dio, y usando de dicho cargo, otorga que vende a don Francisco de Pissa Guerrero, maestro cirujano y boticario, vecino de esta villa, una negra esclava nombrada Tomasa, casta Conga de edad de treinta años más o menos, que es la misma que hubo y compró de doña Josefa de Aquiles Segura, vecina de la ciudad de la Veracruz, la cual la vende por esclava cautiva, sujeta servidumbre, libre de empeño, sin ningún vicio ni enfermedad secreta ni pública, en precio y cantidad de 200 pesos de oro común en reales de contado.
UntitledDon Francisco de Pissa Guerrero, vecino de esta villa de Córdoba y maestro de boticario en ella, dijo que el día del Apóstol San Bartolomé falleció en la ciudad de los Ángeles doña Gertrudis de Pissa Guerrero, su hermana, mujer que fue Miguel Flores Bernal, bajo testamento en el cual nombró al otorgante como albacea y tenedor de bienes, tutor y curador de las personas y bienes de Diego, Pedro y Juana, sus hijos menores, y de Juan de Anaya, su primer marido difunto; por tal razón otorga poder a Diego Martínez de Briones, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre acepte dichos cargos y en su virtud proceda hacer inventario de los bienes que dejó su hermana, avalúos y aprecios, recibiendo en su poder todos los bienes que quedaron y siendo necesario proceda a la venta de dichos bienes en publica almoneda.
UntitledDoña Manuela de Altamirano, vecina de esta villa de Córdoba, mujer que fue de Pedro García de Meza, quién le otorgó poder para testar y de cuya disposición falleció; y usando de dicho cargo, otorga su testamento con las cláusulas, legados y mandas que le comunicó en la manera siguiente: Declaró dicho su marido, que fue casado con la presente otorgante Manuela de Altamirano, durante su matrimonio tuvieron por hijos a doña Gertrudis García de Meza, viuda de Cristóbal Suárez; doña Juana García de Meza, doncella; Antonio García; y Rafael García. Ítem, declara que su marido dejó comunicado que fue casado en primeras nupcias con doña Rosa María Cabrera, difunta, con quien procreó a una hija nombrada Rosa María García de Meza, casada. Ítem, declara que su marido le comunicó que era deudor de varias personas y le ordenó que se pagaran de sus bienes: 2 450 pesos al Capitán don Lucas de Acosta del importe de unas piezas de esclavos; 3 970 pesos y 2 reales a Juan Bautista Sierra Valle y Río Seco, vecino de la ciudad de los Ángeles; 40 pesos a Juan Ruiz, maestro cerero; 236 pesos a los Santos Lugares de Jerusalén, los cuales eran de su cargo por haber entrado en su poder; 18 pesos a Lorenzo de Guzmán; 560 pesos a Pedro Trillo de Figueroa; 53 pesos 6 y medio reales a don Francisco de Pissa Guerrero, maestro boticario, de géneros de medicamento y botica; 246 pesos y 5 reales al convento de San Antonio, entre otros adeudos que se mencionan en la escritura. Ítem, declara que su marido le comunicó que le eran deudores las personas siguientes: Carlos de Peñarrieta, la viuda de Miguel de Prado, la viuda de don Diego Dávila Barrientos, Antonio de Vega, Pedro de la Cruz, indio, entre otros que se mencionan en el acta. Ítem en su nombre declara por bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar, en esta jurisdicción; una casa de piedra y madera, muebles de casa, además señala que su marido nombró por albaceas testamentarios a ella y a Diego de Altamirano, su yerno; y como tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos menores también a ella. Por último, nombró como únicos y universales herederos a todos sus hijos del primer y segundo matrimonio.
UntitledEl Licenciado don Francisco de la Vega y Ariza, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles y nativo de dicha ciudad, hijo de Francisco de Ariza Cruzado, difunto y de doña María Maldonado, que reside en el ingenio del Conde de Orizaba; otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que debe a Pedro Pablo Tamariz, su compadre, vecino de Orizaba, 115 pesos que le prestó para su curación; a María García le debe 32 pesos; a Francisco de Pissa Guerrero, maestro cirujano, quien le ha asistido con los medicamentos que han sido necesarios de su botica, que no ha pagado, manda que de sus bienes se pague. Manda que le den 100 pesos al Licenciado don Diego García Calvo, Teniente de Cura en esta villa, para que los distribuya en las obras que le tiene encomendado y sin que le pidan cuentas. Manda que se cobre a Miguel de Escalona 200 pesos, a José de Sandoval 50 pesos, ambos vecinos del pueblo de San Andrés Chalchicomula, al Capitán Manuel Gómez Dávila, por la administración de la hacienda de Tecamaluca; asimismo, manda se cobre de lo que se le está debiendo por su asistencia y administración en el ingenio del Conde de Orizaba. Manda que se den 25 pesos en reales a Josefa de Guadalupe, su ahijada que se encuentra en el convento de Santísima Trinidad de la ciudad de la Puebla. Ítem, declara que es capellán de una capellanía que instituyó Jerónimo [roto] persona que lo crió, a cuyo título fue ordenado de 3 000 pesos de principal, que fundó sobre sus haciendas de labor y casas que tiene en la ciudad de los Ángeles. Ítem, declara por sus bienes unas piezas de esclavos. Nombra albacea testamentario y tenedor de bienes al Licenciado don Diego García Calvo, Teniente de Cura de esta villa, para que, entre sus bienes, los cobre, venda o remate. Y al remanente que quedara de sus bienes; dejó e instituyó como universal y única heredera a su madre María Maldonado.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a don Francisco de Pissa Guerrero, maestro cirujano y boticario, vecino de esta villa, un negrito muleque calimbado con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Lo vende por esclavo cautivo, sujeto a servidumbre, libre de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, almas en boca huesos en costal, a uso de feria, con calidad de no poder alegar nulidad ni engaño, ni otra causa o razón, sino fuere por mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; por la cantidad de 125 pesos de oro común en reales de contado.
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