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Archivistische beschrijving
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MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0067 · Stuk · 1711/06/10
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Pedro Pablo Tamariz, residente en esta villa y vecino del pueblo de Orizaba, mayor que es de 25 años y casado en dicho pueblo, hijo y uno de los herederos de Tomasa de Herrera, difunta, otorga haber recibido del Capitán don José de Segura y Ceballos, vecino de esta villa, tutor y curador d bona que fue del susodicho, nombrado por tal en el testamento que otorgó la dicha Tomasa de Herrera, la cantidad de 587 pesos y real y medio, los mismos que le cupieron al otorgante en la hijuela de partición que se hizo de los bienes de la susodicha y sus réditos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0057 · Stuk · 1699/06/15
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder del Capitán don Joseph [José] de Segura [y] Seballos [Cevallos], vecino de esta villa y dueño del trapiche de fabricar azúcar en esta jurisdicción nombrado Nuestra Señora de la Candelaria, dijo que dicho capitán quedó como albacea testamentario y tenedor de bienes de Tomasa de Herrera, difunta, y también como tutor y curador de sus dos hijos menores, nombrados Pedro Pablo y Alejandro [de] Tamariz. Y en su conformidad, dicho su parte procedió a realizar inventarios, avalúos, almonedas y demás diligencias, tocándole a cada uno de herencia 587 pesos 1 tomín y 6 granos, cuya cantidad entró en su poder. En cuya atención y del nombramiento expresado de tal tutor de dichos menores para usar sus derechos, otorga que obliga a su parte a que tendrá las citadas cantidades en su poder y especialmente sobre dicho trapiche, hasta que los menores tengan la edad suficiente de administrar sus bienes.

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MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0081 · Stuk · 1701/10/31
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Licenciado don Francisco de la Vega y Ariza, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles y nativo de dicha ciudad, hijo de Francisco de Ariza Cruzado, difunto y de doña María Maldonado, que reside en el ingenio del Conde de Orizaba; otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que debe a Pedro Pablo Tamariz, su compadre, vecino de Orizaba, 115 pesos que le prestó para su curación; a María García le debe 32 pesos; a Francisco de Pissa Guerrero, maestro cirujano, quien le ha asistido con los medicamentos que han sido necesarios de su botica, que no ha pagado, manda que de sus bienes se pague. Manda que le den 100 pesos al Licenciado don Diego García Calvo, Teniente de Cura en esta villa, para que los distribuya en las obras que le tiene encomendado y sin que le pidan cuentas. Manda que se cobre a Miguel de Escalona 200 pesos, a José de Sandoval 50 pesos, ambos vecinos del pueblo de San Andrés Chalchicomula, al Capitán Manuel Gómez Dávila, por la administración de la hacienda de Tecamaluca; asimismo, manda se cobre de lo que se le está debiendo por su asistencia y administración en el ingenio del Conde de Orizaba. Manda que se den 25 pesos en reales a Josefa de Guadalupe, su ahijada que se encuentra en el convento de Santísima Trinidad de la ciudad de la Puebla. Ítem, declara que es capellán de una capellanía que instituyó Jerónimo [roto] persona que lo crió, a cuyo título fue ordenado de 3 000 pesos de principal, que fundó sobre sus haciendas de labor y casas que tiene en la ciudad de los Ángeles. Ítem, declara por sus bienes unas piezas de esclavos. Nombra albacea testamentario y tenedor de bienes al Licenciado don Diego García Calvo, Teniente de Cura de esta villa, para que, entre sus bienes, los cobre, venda o remate. Y al remanente que quedara de sus bienes; dejó e instituyó como universal y única heredera a su madre María Maldonado.

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MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0087 · Stuk · 1710/09/09
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Pedro Pablo Tamariz, residente en esta villa, otorga poder especial a Antonio de Acosta Padrón, vecino de esta villa de Córdoba, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente del Capitán don José de Segura y Ceballos, vecino de esta villa, 656 pesos un real, de los cuales 587 pesos un real para en su poder de principal que le tocaron al otorgante como heredero que fue de Tomasa de Herrera, difunta, de quien fue albacea el susodicho; y los 79 pesos restantes por sus réditos corridos.

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