Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de [roto], como principal y Antonio de Villavicencio, como su fiador, haciendo deuda ajena suya propia por no tener dinero doña María de León, viuda del Capitán Francisco de Brito [Lomelín], se obligan a pagar [de los ] bienes del difunto a María de Solís, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, la cantidad de 330 pesos de oro común, valor de un negro nombrado Andrés, de casta fula, que murió en el servicio de dicho capitán, como consta en escritura de obligación que otorgó en la ciudad de los Ángeles el 1 de septiembre de 1695 ante Francisco de Herrera Calderón, Escribano Público, cuya cantidad pagarán dentro de tres meses con la condición de que María de Solís otorgue lasto en forma a cualquiera de los dos que haga la paga, con el fin de cobrar dicha cantidad de los bienes que dejó el capitán.
Zonder titel
MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0019
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Stuk
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1698/03/05
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