Lope de Gainza, Alguacil Mayor de este partido, por la facultad que tiene concedida por su título, nombra por Alcaide de Cárcel y Alguacil Ejecutor a Francisco Carrasco, residente en este pueblo, para como tal tenga cuidado de recibir en ella a los presos que delinquieren y los asentará en el libro de entradas. Dicho Carrasco aceptó y dio por su fiador a Tomás Masín, vecino de este pueblo. \n
Lope de Gainza, Alguacil Mayor, dijo que el señor Corregidor don Francisco de las Casas y Orellana le dijo [como] Francisco Carrasco había dejado la vara de su voluntad y que no la quería, y le había entregado las llaves de la cárcel junto con un negro preso por huido de su amo, presentado Carrasco dijo ser así; y él se dio por contento y entregado de la dicha cárcel y preso en ella y dejó libre al dicho Francisco Carrasco para hacer el nombramiento a otra persona.
Francisco Díaz, dueño de sus carros y vecino de México, se obliga de pagar a Pedro Hernández, ventero de la Venta de Xilotepec, 70 pesos de oro común los cuales salió a pagar en nombre de Francisco Carrasco, vecino de Veracruz.
Feliciano de Santiago, natural de San Pedro Chiconquiaco, dio carta poder a Francisco Carrasco, correo, para que cobre del correo Guerra, un caballo con sus aparejos.
Diego de la Torre Arnate, vecino de Jalapa, como síndico del Convento de San Francisco de este pueblo de Jalapa, y con licencia del Ministro Provincial Fray Diego Trujillo, y haciendo uso de la cláusula testamentaria de Ana González de Astudillo, vende a Don Alonso Tirado, escribano público de la provincia de Jalacingo, una casa que dejó la susodicha a este convento, situada en la calle que sale de la Plaza Pública para el barrio de Santiago, linda con casa que dejó Ana González de Astudillo a María Pérez, negra, y a los demás sus hijos; y por otra parte, con casa y solar de Doña Aldonza Antonia de Neira Claver; por el fondo, con solar de Francisco Carrasco; y por su frente, con el cementerio del Convento de San Francisco, por el precio de 400 pesos de oro común a censo principal redimible, y 20 pesos de oro común, de réditos en cada un año.