Doña Micaela Ramos, vecina del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], viuda, albacea y tenedora de los bienes del Capitán Marcos Blanco, difunto; tutora y curadora adbona de sus menores hijos María, Nicolasa y Lorenzo [Antonio] Blanco; dijo que por ser mujer no puede personalmente asistir a sus negocios y a los de dicho albaceazgo, como tampoco hacer postura y pedir se le remate el abasto de carnicerías de este pueblo, sobre que se han dado los pregones en conformidad de postura que tiene hecha y para que se pueda continuar hasta conseguir su pretensión, como tal albacea y curadora otorga poder al Bachiller don Joseph [José] de Barros, Presbítero Domiciliario de este obispado de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre siga la postura que tiene hecha a dicho abasto, ofreciendo dar otra media libra más de dicha postura. Asimismo, para que cobre todos lo que le deban, para que pueda vender cualesquiera de sus esclavos, ganados y tierra; para que pueda comprar esclavos [roto]; y para que la pueda defenderla en todos sus pleitos, causas y negocios.
Sem títuloMarcos Zacarías, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Sacapuastla [Zacapoaxtla], hijo legítimo de Juan Zacarías y Nicolasa de Peralta, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se den dos libras de cera a Jesús el del Señor San José que está en la ciudad de los Ángeles. Ítem manda al Santuario de Nuestra Señora de Cosamaloapan otras dos libras de cera de que tiene hecha manda. Es su voluntad que sus albaceas saquen de sus bienes 20 pesos y se repartan entre las viudas pobres de esta villa. Declara debe: al cura del pueblo de San Pedro Ixhuatlán 48 pesos de diezmo del año pasado, asimismo el diezmo que se cause de este año; al Bachiller don Juan, capellán de la capilla del Capitán don Juan Gómez Dávila, 200 pesos de dos años de administración [roto]; a Juan Esteban 192 pesos; a don Manuel de Aguilar Osorio, vecino de la ciudad de Tlaxcala, 600 pesos; a la cofradía del Santo Christo [Cristo] de esta villa; a Francisco de Rocha, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], 150 pesos; a Francisco Porrúa y Peña, vecino del pueblo de San Juan, 30 pesos; a Lucas de Gorrostola 15 pesos. Ítem declara le adeudan: Juan de Piña 200 pesos; Antonio de Pedraza 30 pesos; Antonio Martín 68 pesos; Felipe Martín, su hijo, vecino de San Juan, 53 pesos; Miguel Blanco 21 pesos; Alonso Galván, vecino de esta villa, 60 pesos; doña María de Salas, vecina de la ciudad de los Ángeles, 56 pesos; don Juan Gómez Dávila 39 pesos; y Francisco Lorenzo 3 cargas de azúcar a razón de 18 reales arroba. Ítem declara que, en poder de Diego Jerónimo Leal, vecino de la ciudad de la Veracruz, paran 10 cargas de azúcar con 132 arrobas y 12 libras netas, manda se le cobre su líquido. Ítem declara que habrá tiempo de dieciocho años que contrajo matrimonio con Josefa de la Encarnación, difunta, durante el cual tuvieron por hijos legítimos a Gertrudis de la Encarnación que será de catorce años, a Francisco Zacarías de doce años; asimismo, declara que pasó a segundas nupcias con María Francisca Enríquez de Lara con quien procreó una hija nombrada María Antonia, de edad de cuatro años. Ítem declara por sus bienes una hacienda del beneficio de hacer azúcar y todo lo que le pertenece, sobre dicha hacienda están cargados 2 000 pesos a favor del Licenciado José de Barros. Y para cumplir y pagar este testamento nombra por sus bienes a don Juan Gómez Dávila, don Lope Antonio de Iribas y a María Francisca Enríquez de Lara, y por tenedor de sus bienes al citado Lope Antonio de Iribas. Finalmente, nombra como universales herederos a sus tres hijos.
Sem títuloEl Licenciado don José de Barros, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], residente en esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto compró 10 caballerías de tierra en jurisdicción de esta villa al Capitán Juan de Alfaro en virtud de poder de doña Josefa de Atienza Palacios, viuda del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, en el asiento que llaman Atlacomulco, que empiezan desde el puesto que llaman Tenescalco [Tenexcalco] para abajo, cogiendo las 5 caballerías de ellas desde la sierra que va de Tepatlaxco a la Punta para el norte por el mismo puesto de Tenescalco [Tenexcalco]; y las otras 5 caballerías, corren desde la dicha sierra para el norte, quedando dichas 10 caballerías de tierra cuadradas; en las cuales el otorgante pretende fabricar un trapiche de hacer azúcar y panelas, y para conseguirlo y que se le dé licencia por el virrey de Nueva España, otorga poder al Capitán Alonso Antonio de Sagade, Secretario del Santo Tribunal de la Inquisición de esta Nueva España y de la ciudad de México, para que en su nombre comparezca y pida ante el Excelentísimo Señor Conde Moctezuma Virrey y Capitán General de esta Nueva España, se sirva de mandarle despachar a este otorgante, su mandamiento, para hacer las diligencias que convengan con la finalidad de obtener licencia para la fundación de dicho trapiche.
Sem títuloEl Bachiller don José de Barros, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco], otorga que vende a doña Micaela Ramos, viuda del Capitán Marcos Blanco y vecina de dicho pueblo, una mulata esclava nombrada Jacinta, de diecinueve años de edad, que hubo y compró de Agustín Domínguez, vecino que fue de dicho pueblo. La vende libre de empeño, enajenación e hipoteca en precio de 350 pesos de oro común en reales de contado.
Sem títuloDoña Micaela Ramos, vecina del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], natural de la ciudad de [Tlaxcala], hija legítima de Francisco Ramos y de [Marina] [roto] [difuntos], dijo que por las muchas ocupaciones y embarazos en que se encuentra no le dan lugar a otorgar su testamento, por lo cual otorga poder al Bachiller don Joseph [José] de Barros, Presbítero Vicario de este pueblo, para que en su nombre haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado, rigiéndose con una memoria firmada de su nombre que hallará entre sus papeles. Declara haber estado casada con el Capitán Marcos Blanco [roto]. Nombra como albacea testamentario al Bachiller don Joseph [José] de Barros y por tenedor de sus bienes al Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de este partido y villa de Córdoba. Nombra como herederos a sus hijos: María Ramos, Nicolasa Ramos y Lorenzo [Antonio] Blanco.
Sem títuloEl Capitán Juan de Alfaro, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que el Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino y labrador que fue de San Andrés Chalchicomula provincia de Tepeaca, se hallaba con poder general de su esposa, doña Josefa de Atienza Palacios, su albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora de sus hijos; dicho poder fue sustituido por el Alférez Pedro de Trujillo en Juan de Alfaro y por fin y muerte del Alférez, doña Josefa de Atienza, revalidó y ratificó dicha sustitución; y usando de dicho poder, otorga que vende al Licenciado don José de Barros, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, Cura interino del pueblo y partido de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], 10 caballerías de tierras pertenecientes a una merced de un sitio de ganado mayor, en el asiento de Tlacomulco que empiezan desde el pueblo que llaman Tenexcalco para abajo cogiendo las cinco caballerías de ellas desde la sierra que va de Tepatlaxco a la punta para el norte por el mismo pueblo de Tenaxcalco y otras cinco desde la dicha sierra para el norte de manera que dichas 10 caballerías quedan cuadradas. Las vende libres de empeño y enajenación, por precio y cuantía de 1 200 pesos de oro común en reales de contado.
Sem títuloEl Licenciado don José de Barros, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], dijo que, como consta de escritura de obligación se obligó a pagar al Alférez Pedro Trujillo de Villavicencio, cierta cantidad de pesos, de la cual hizo algunos pagos y quedó debiendo un resto de la deuda. Asimismo, dijo que a esta villa llegó Anastasio Rendón Palomino, Juez Comisario de la Real Fábrica y Estanco de Naipes de este reino, por comisión del Licenciado don Francisco Saraza, del Consejo de su Majestad, su Alcalde del Crimen, Juez Superintendente y Administrador General de dicha Fábrica, a cobrar cierta cantidad de pesos, que debe a su Majestad don Pedro de Andrade, vecino de la ciudad de los Ángeles, causados de fianzas que hizo a favor de la Real Fábrica, por don Rodrigo de Rivera Maroto y don Alonso Galván; para lo cual trajo algunas escrituras que se le debían a dicho Pedro Ignacio de Andrade de cantidad de pesos. También, dijo que el citado Anastasio Rendón, hizo diligencia contra doña Josefa Atienza Palacios, viuda del Alférez Pedro de Trujillo, vecina de la provincia de San Andrés Chalchicomula, por cantidad de pesos de que era deudora la susodicha y su marido a Pedro de Andrade; en dicha diligencia, doña Josefa, por cuenta de su débito hizo cesión y traspaso de la cantidad que el presente otorgante le restaba debiendo a Pedro Trujillo, para que dicho comisionario recaudase lo que la susodicha y su marido debían a Pedro de Andrade. Por lo que, para su efecto, el presente otorgante otorga que se obliga de pagar a Su Majestad, y en su real nombre al Señor Licenciado don Francisco Saraza, 324 pesos [roto] como parte de la escritura de traspaso que hizo doña Josefa de Atienza.
Sem títuloLicenciado don José de Barros, Cura interino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] y su jurisdicción, otorga que debe y se obliga a pagar al Capitán Juan José Fernández, vecino de dicho pueblo, la cantidad de 900 pesos de oro común en reales de contado, que le ha prestado por hacerle amistad y buena obra, cuya cantidad deberá pagar dentro de un año y tres meses.
Sem títuloEl Bachiller don José de Barros, Presbítero Vicario del partido de este pueblo de San Juan Quescomatepeque [Coscomatepec], en virtud del poder general que le otorgó doña Micaela Ramos, vecina de este dicho pueblo y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], viuda, albacea y tenedora de bienes del Capitán Marcos Blanco, por la presente sustituye dicho poder en Fernando Fernández de Córdova [Córdoba], [Procurador del] Número de la Real Audiencia de esta Nueva España.
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