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MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0486 · Item · 16/02/1609
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Francisco de Orduña Loyando, vecino de la ciudad de Los Ángeles, dijo que habiéndose concertado el casamiento de su hijo Diego de Orduña Loyando con Ana del Castillo[Ana de Guadalajara y Castillo], se obligó a darle a su referido hijo 2 000 pesos de oro común, de renta en cada un año, a partir del día que tuviere efecto el dicho casamiento, por todos los días de su vida, para que se alimente y sustente conforme a la calidad de su persona.

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MX UV.USBIX ANX-P-0006-PX_0006_0380 · Item · 29/12/1644
Part of Archivo Notarial de Xalapa

El Capitán Don Diego de Orduña Loyando y Don Antonio de Orduña Loyando, su hijo, residentes en este ingenio, dieron su poder cumplido a Doña Ana de Guadalajara y Castilla[o], esposa del primero y madre del segundo, y a Marcos Bernal, vecino de la ciudad de Los Ángeles, para que en sus nombres impongan y carguen a censo redimible sobre sus bienes muebles y raíces, 4 000 pesos de oro común de principal, especialmente sobre la Estancia de ganado mayor, nombrada Espanta Judíos en la jurisdicción de la Antigua Veracruz, que tiene 12 sitios de ganado mayor, con los ganados, esclavos y demás bienes que hasta el día de hoy están libres de censo; asimismo, sobre unas casas y tiendas que Don Antonio de Orduña tiene en la ciudad de Los Ángeles, en la calle que va de la plaza pública al Colegio de San Luis, libres de censo, tributo y enajenación, y se obligaron a pagar 200 pesos de oro común anuales de rédito a la persona o personas que dieren dicha cantidad.

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MX UV.USBIX ANX-P-0011-PX_0011_0236 · Item · 05/05/1670
Part of Archivo Notarial de Xalapa

El Capitán Don Antonio de Orduña Loyando, hijo legítimo del Capitán Don Diego de Orduña Loyando y de Doña Ana de Guadalajara y Castillo, difuntos, como heredero de sus padres, le pertenece una hacienda de labor ubicada en términos del pueblo de Tlalnepantla, jurisdicción de Tacuba, a dos leguas poco más o menos de la ciudad de México, cuyos títulos paraban en poder de Bernardino Justiniano, vecino que fue de la ciudad de México, a quien su padre debía 200 pesos de oro común, los cuales hoy los tiene el Capitán Don Juan de Chavarría, vecino de dicha ciudad y heredero de Don Bernardino Justiniano, a quien se le han de pagar los pesos de la deuda. Dicha hacienda se despobló y otras personas se han servido de sus tierras, y en atención a ello, Don Antonio de Orduña dio su poder cumplido al Capitán Don Fernando Suárez de Sousa, vecino de México, para que arriende o venda dichas tierras, que son de su propiedad.

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MX UV.USBIX ANX-P-0006-PX_0006_0369 · Item · 21/10/1644
Part of Archivo Notarial de Xalapa

El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, y su hijo Don Antonio de Orduña Loyando, residente en este ingenio, jurisdicción de Jalapa, dieron su poder cumplido a Doña Ana de Guadalajara y Castillo, mujer legítima de Don Diego, madre de Don Antonio, para que en sus nombres y a su dita y crédito tome de la persona o personas que le quieran dar hasta en la cantidad de 4 000 pesos de oro común en plata,oro, joyas u otro cualquier género, y si le pareciere, se obligue de mancomún a la paga de la referida cantidad: o si hallare alguna persona que los quiera dar a censo redimible, a razón de 5 por ciento, conforme a la última premática de Su Majestad, y los sitúe sobre la estancia de Espanta Judíos, en la jurisdicción de La Antigua, y unas casas en la ciudad de Los Ángeles, libres de censos y otra enajenación.

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MX UV.USBIX ANX-P-0008-PX_0008_0130 · Item · 21/02/1647
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Don Antonio de Orduña Loyando, residenTe en este su ingenio, como único y universal heredero de sus padres, el Capitán Don Diego de Orduña Loyando y Doña Ana de Guadalajara y Castillo, cuya herencia tiene aceptada, dio su poder cumplido a Bartolomé Cano de Salazar, vecino de la ciudad de Los Angeles, para que en su nombre cobre todos los pesos de oro, joyas, esclavos y otros bienes que le deban, por lo que a él toca y como heredero de sus padres. Asimismo, para que pueda arrendar todas las casas que tiene en la ciudad de Los Angeles, y tomar a su dita y crédito, de cualquier persona o personas, hasta la cantidad de 12 000 pesos en reales, plata, oro u otros géneros.

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MX UV.USBIX ANX-P-0006-PX_0006_0328 · Item · 31/01/1644
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El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, vecino de la ciudad de Los Ángeles, residente en su ingenio nombrado San Pedro Buenvista, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a Doña Ana de Guadalajara y Castillo, su esposa, y a Don Antonio de Orduña Loyando, su hijo, para que de mancomún se obliguen con cualesquier persona que les quieran dar a su dita y crédito hasta la cantidad de 10 000 pesos de oro común en reales, plata, oro o joyas , y le puedan obligar a la paga correspondiente.

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MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0484 · Item · 09/08/1629
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El Capitán Diego de Orduña Loyando, residente en su ingenio de azúcar en esta provincia, hijo de Francisco de Orduña Loyando, declaró que su padre otorgó en su favor cierta escritura de promesa en la cantidad de 2 000 pesos de oro común anuales, durante todos los días de su vida, en conformidad del contrato de casamiento con Doña Ana del Castillo y Guadalajara[Ana de Guadalajara y Castillo], y como la dicha escritura está muy deteriorada, le pidió al Capitán Juan Romero, Alcalde Mayor de esta provincia, que sea registrada por el escribano público de este pueblo, y le den los traslados que le convengan.

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MX UV.USBIX ANX-P-0012-PX_0012_0267 · Item · 16/11/1689
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Testamento del Capitán Don Antonio de Orduña Loyando, hijo legítimo del Capitán Don Diego de Orduña Loyando y de Doña Ana de Guadalajara y Castillo, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles.

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MX UV.USBIX ANX-P-0006-PX_0006_0329 · Item · 16/02/1644
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El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, vecino de la ciudad de Los Ángeles, dio su poder cumplido a su hijo Don Antonio de Orduña Loyando, y permiso a Doña Ana de Guadalajara y Castillo, su esposa, para que puedan encargar la administración de los azúcares de su ingenio a Antonio Gómez de Paz, Tesorero de la Santa Cruzada de este Obispado, por el tiempo, con el estipendio y condiciones que le pareciere, obligándose dicho tesorero a suplir para avíos hasta en cantidad de 8 000 pesos, capitulando las demás calidades, obligaciones, cláusulas, hipotecas, relevaciones de prueba, advertencias y declaraciones que se les pidan.

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MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0518 · Item · 27/03/1631
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El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, residente en su ingenio de San Pedro Buenavista, en esta provincia, y Antonio de Guadalajara y Orduña, su hijo legítimo y de Doña Ana de Guadalajara[Ana de Guadalajara y Castillo], el primero como actual poseedor del mayorazgo y el segundo como heredero del mismo, dieron su poder cumplido a Amador Gutiérrez, a Pedro Matienzo y a Juan Martínez, Procuradores en la Real Audiencia de México, para que los obliguen por escritura de censo en favor de Don Francisco de Luna y Arellano, de Don Carlos, Don Diego, Doña Agustina y Doña Alvara, sobrinos del referido Diego de Orduña, a pagar 2 000 pesos de oro común de renta en cada un año y 40 000 pesos de principal, el cual censo se imponga sobre el ingenio de San Pedro Buenavista, casas, esclavos, tierras, ganados, y otros bienes del mayorazgo.